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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 502404
Bases reguladoras de los Premis Vuit d’Agost 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Primera. Justificación

El artículo 44.1 de la Constitución española dispone que los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura.

El Consell Insular d'Eivissa (CIE), a través de su Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en virtud de lo que establece el artículo 70.18 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears (EAIB), aprobado por Ley orgánica 2/1983, de 25 de febrero, modificado por Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía, tiene competencias propias en materia de cultura y de promoción y animación cultural, de actividades artísticas y culturales, de fomento y de difusión de la creación y producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas, que ejerce desde que fue transferida la competencia mediante la Ley 6/1994, de 13 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de patrimonio histórico, de promoción sociocultural, de animación sociocultural, de depósito legal de libros y de deportes (BOCAIB nº 159, de 29-12-94). Además, el artículo 73 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears le atribuye el ejercicio de la actividad de fomento, sin perjuicio de la actividad que corresponde a la Comunidad Autónoma, en las materias que este Estatuto le atribuye como competencia propia.

En este sentido, el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, de conformidad con el apartado tercero 6.a del Decreto de Presidencia nº 2023000467, de estructura del gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de departamentos, y del artículo 28.1.m de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares que establece que es competencia del Consejo Ejecutivo aprobar las convocatorias de ayudas y subvenciones.

Visto lo cual, el Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa, quiere impulsar la creatividad cultural en el ámbito de la investigación, la pintura, la artesanía, la fotografía, el diseño gráfico y la música, a través de la convocatoria de estos premios, los cuales están previstos en el Presupuesto general del Consell Insular d'Eivissa para el año 2023 (BOIB nº 3, de 7-01-2023) y en el Plan estratégico de subvenciones 2023-2025, aprobado por acuerdo de Consejo Executivo en fecha 23 de enero de 2023 y publicado en el BOIB nº 12, de 26-01-2023.

En 1997, el entonces denominado Consell Insular d'Eivissa i Formentera convocó la primera edición del Premi Vuit d'Agost d'Investigació.

Con el mismo nombre, se le sumaron posteriormente, en 2014, el Premi Vuit d'Agost de Pintura, para menores de treinta años y que, anteriormente, con las mismas características, había recibido el nombre de Premi de Pintura Jove Sant Miquel de Balansat entre 2000 y 2002, y posteriormente Premi de Tardor de Pintura Jove entre 2003 y 2010. Desde 2017 no está limitado a ninguna edad, por voluntad del Departamento y siguiendo la sugerencia del jurado de la edición de 2016.

El mismo 2014, el Premi d'Artesania del Fang Joan Daifa, creado en 2005 y que se convocó hasta 2010, pasó a denominarse Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang.

Por su parte, en 2016 se sumó una nueva categoría: el Premi Vuit d'Agost de Fotografia Amateur, que, por recomendación del jurado de la edición de 2020, pasó a denominarse Premi Vuit d'Agost de Fotografia y que se abre así también a profesionales de la fotografía.

En 2017 se incorporó a estos premios el Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic.

Finalmente, para este año 2023 se incorpora una sexta categoría artística: el Premi Vuit d'Agost de Música, en dos modalidades, que de algún modo viene a ampliar el abanico de artistas de Eivissa que pueden optar a estos premios.

Segunda. Objeto

El objeto de los Premios Vuit d'Agost 2023 es seleccionar y premiar mediante la concesión de una cantidad económica los mejores trabajos de investigación sobre la isla de Eivissa, en los diversos ámbitos científicos, y la creación artística en la isla de Eivissa.

Tercera. Modalitades

Los Premios Vuit d'Agost 2023 se dividen en las siguientes seis modalidades:

a) Premi Vuit d'Agost d'Investigació

b) Premi Vuit d'Agost de Pintura

c) Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

d) Premi Vuit d'Agost de Fotografia

e) Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

f) Premi Vuit d'Agost de Música. Esta categoría se divide en dos modalidades:

 

f.a) Premi de Música Clàssica: obras compuestas para: orquesta sinfónica, agrupaciones de cámara, instrumento solista (piano, guitarra, órgano...), para voz o agrupación coral (con o sin acompañamiento) y para banda sinfónica.

f.b) Premi de Música Moderna: obras compuestas para ser interpretadas con instruments eléctricos por banda de rock, jazz, folk y/o cantautores/as.

Cuarta. Participantes

Podrán participar en los Premis Vuit d'Agost todas las personas físicas nacidas en Eivissa o que residan en la isla al menos desde hace tres años, excepto en el Premi d'Investigació en el cual se podrán presentar investigadores/as, que no hayan nacido ni residan en la isla, pero que hayan hecho su investigación sobre Eivissa.

El hecho de participar en estos premios significa la aceptación plena de sus bases reguladoras, de manera que quedarán excluidos los y las participantes que no cumplan los requisitos que se establecen en ellas.

Cada artista participante o grupo de investigadores podrá presentar una sola obra a concurso por modalidad.

Asimismo, la participación comporta la aceptación de las decisiones de la comisión evaluadora, que serán inapelables.

El procedimiento de concesión de estos premios se debe tramitar de acuerdo con los principios de publicidad, de objetividad, de transparencia, de igualdad y de no discriminación, mediante el sistema de concurrencia competitiva.

Quinta. Créditos presupuestarios y cuantía de los premios

El importe total de estos premios es de 20.000 euros, provenientes de la aplicación presupuestaria 3340 48100 de los presupuestos del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa para este año 2023.

El crédito presupuestario está distribuido de la manera siguiente entre las seis modalidades:

a) Premi Vuit d'Agost d'Investigació: 5.000 euros y la publicación del trabajo ganador

b) Premi Vuit d'Agost de Pintura: 2.500 euros

c) Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang: 2.500 euros

d) Premi Vuit d'Agost de Fotografia: 2.500 euros

e) Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic: 2.500 euros

f) Premi Vuit d'Agost de Música: 5.000 euros distribuidos en 2.500 euros para cada modalidad

Sexta. Plazo y lugar de presentación de los trabajos

Se establece un plazo máximo de 15 días, a contar desde el siguiente desde la publicación del extracto de las Bases en el BOIB para la presentación de los trabajos.

Los trabajos deben presentarse en la forma que se establece en la base octava de estas bases, para cada modalidad, en el Registro General del Consell Insular d'Eivissa, avda. de España, 49, 07800, Eivissa, o en las otras formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Séptima. Publicidad de la convocatoria

Una vez aprobadas las bases y publicadas en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, se remitirá la convocatoria y el extracto de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones que dará traslado al Butlletí Oficial de les Illes Balears del extracto para su publicación, tal y como establece la normativa vigente de subvenciones.

La eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación del extracto en el BOIB.

Octava. Forma de presentación de los trabajos

Teniendo en cuenta las diferentes modalidades de los premios, la presentación de los trabajos seguirá las siguientes indicaciones:

Modalidad A) Premi Vuit d'Agost d'Investigació

A.1. Características del trabajo: El trabajo deberá ser inédito, escrito en catalán y tener una extensión mínima de 100 páginas de texto (letra formato doce e interlineado sencillo) y un máximo de 250 páginas, ilustraciones aparte.

No se pueden presentar obras que hayan sido valoradas académicamente ni que sean fruto de trabajo remunerado, ni premiadas en otros concursos o certámenes. En los trabajos presentados deben constar agradecimientos de ningún tipo.

A.2. Forma de presentación de los trabajos:

- Las personas participantes deben presentar rellenado el Anexo 1 (solicitud de participación) que consta al final de estas bases.

- Si el registro se hace en la sede electrónica del Consell www.seu.conselldeivissa.es se debe adjuntar a esta solicitud el trabajo de investigación en un archivo en formato PDF.

- En caso de hacerse el registro presencial tiene que aportarse un lápiz de memoria con el trabajo en formato PDF, que se retornará una vez descargado este archivo en el registro de entrada.

En el Anexo 1 deberá constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte, su dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el mismo título del trabajo que se ha puesto en el archivo en PDF.

Modalidad B) Premi Vuit d'Agost de Pintura

B.1. Características de la obra: La temática de la obra y la técnica pictórica que se utilice es libre. Se entenderá que la manera como se presente la obra es la que el/la artista considera adecuada para su exposición.

La obra que presentará cada artista habrá de ser original, inédita y no haber sido premiada en ningún otro certamen. No se admitirán las obras que vayan firmadas por el autor o la autora.

Para ser admitida al concurso la obra no podrá superar los 150 cm en su lado más largo.

B.2. Forma de presentación de la obra: Las personas participantes en este concurso deberán presentar, juntamente con la obra, la siguiente documentación:

- El Anexo 1 (solicitud de participación) que consta al final de estas bases.

En el Anexo 1 deberá constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte (y un certificado de residencia en el caso de que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Eivissa), el domicilio, un teléfono y un correo electrónico de contacto. Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el título de la obra; además, se debe adjuntar una imagen en papel de esta, sin ninguna marca que la pueda hacer identificable.

Pegada en la parte posterior de la obra presentada, tiene que haber una etiqueta con el mismo título de la obra que consta en el Anexo 1.

Modalidad C) Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

C.1. Características de la obra: La temática de la obra de cerámica y la técnica que se utilice son libres. No se admitirán las obras de producción comercial ni industrial. En caso de haber otros materiales, el cerámico debe predominar claramente. Se entenderá que la manera como se presente la obra es la que el artista considera adecuada para su exposición (a este efecto, el autor o la autora pueden, si lo consideran conveniente, presentar en papel la forma preferente de exposición).

La obra presentada deberá ser original, inédita y no haber sido premiada en ningún otro certamen. No se admitirán las obras que vayan firmadas por el autor o la autora.

Para ser admitida al concurso, la obra no podrá superar los 80 cm entre sus puntos más alejados.

C.2. Forma de presentación de la obra. Las personas participantes en este concurso deberán presentar, juntamente con el trabajo, la siguiente documentación:

- El Anexo 1 (solicitud de participación) que consta al final de estas bases.

En el Anexo 1 deberá constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte (y un certificado de residencia en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Eivissa), el domicilio, un teléfono y un correo electrónico de contacto. Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el título de la obra, además de adjuntarse una imagen en papel de esta sin ninguna marca que la pueda hacer identificable.

Pegada a la obra presentada, deberá haber una etiqueta con el mismo título de la obra que se haya puesto en el Anexo 1.

Modalidad D) Premi Vuit d'Agost de Fotografia

D.1. Características de la obra: Las fotografías deberán abordar la visión del autor/a respecto a algún elemento relacionado con el patrimonio cultural material de la isla de Eivissa. Es decir, todo lo que haga referencia a la realidad cultural propia de la isla de Eivissa que tenga un especial interés histórico, artístico, etnográfico, arquitectónico, arqueológico y natural.

Las fotografías entregadas deben ser inéditas, no haberse presentado en otros concursos ni públicamente en exposiciones, ni en redes sociales, ni en medios de comunicación.

Se debe presentar una colección de tres fotografías diferentes (pero que tengan relación entre sí en cuanto a la temática) por participante, realizadas con cualquier dispositivo fotográfico.

Deben tener una medida mínima de 20 cm y máxima de 45 cm por lado. Las fotos deben presentarse enmarcadas con un paspartú que sobrepasará en un mínimo de 5 cm las medidas de la fotografía; en el caso en que no se cumplan estos requisitos, no se valorarán las obras.

D.2. Forma de presentación de las fotografías. Las personas participantes en este concurso deberán presentar, juntamente con el trabajo, la siguiente documentación:

- El Anexo 1 (solicitud de participación) que consta al final de estas bases.

En el Anexo 1 deberá constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte (y un certificado de residencia en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Eivissa), el domicilio, un teléfono y un correo electrónico de contacto.

Asimismo, es imprescindible que en este Anexo 1 se haga constar el título del conjunto de fotografías, además de una imagen de estas impresa en A4, en baja resolución, a efectos administrativos, sin ninguna marca que las pueda hacer identificables.

Pegada a la parte posterior de las fotos originales presentadas, una etiqueta con el mismo título que aparece en el Anexo 1.

Modalidad E) Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

E.1. Características de la obra: El trabajo presentado a esta modalidad del Premi Vuit d'Agost consistirá en la elaboración de un cartel del Vuit d'Agost, fecha que conmemora la conquista catalana de Eivissa. El Consell Insular d'Eivissa, entre los objetivos de fomentar los valores y los principios que representa esta fiesta, así como para fomentar las actividades de cultura popular y tradicional que se celebran, utilizará el cartel ganador para la difusión de esta celebración y de los diversos actos que se prevean.

Debe presentarse el original en formato digital (v. apartado E.2) y también impreso en formato A3.

En el diseño del cartel debe aparecer el lema “Vuit d'Agost 2024” y debe permitirse su adaptación a formatos publicitarios verticales y horizontales: pantallas de televisión y móvil, adaptaciones de anuncios en prensa escrita, báners digitales, banderolas, opis...

No se admitirán los diseños que presenten cualquier tipo de marca que permitiera averiguar el nombre del autor/a.

E.2. Forma de presentación del diseño. Las personas participantes en este concurso deberán presentar, juntamente con el trabajo, la siguiente documentación:

- El Anexo 1 (solicitud de participación) que consta al final de estas bases.

En el Anexo 1 deberá constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte (y un certificado de residencia en el caso en el que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Eivissa), la dirección, un teléfono y un correo electrónico de contacto. Asimismo, es imprescindible que en el Anexo 1 se haga constar el mismo título de la obra, además de una imagen impresa en A4 en baja resolución del diseño, a efectos administrativos, sin ninguna marca que lo pueda hacer identificable.

Juntamente con este Anexo 1 se debe presentar el diseño en formato digital editable (lápiz de memoria o enlace de transferencia de archivos tipo Wetransfer, Dropbox...), para que la gráfica se pueda adaptar a los formatos adecuados para su difusión por parte del Servei de Disseny i Comunicació de este Consell.

El nombre del diseño original presentado debe llevar el mismo título que se ha puesto en el Anexo 1.

Asimismo, si el autor/a lo considera adecuado, también se puede presentar un texto en el cual explique su diseño a la comisión evaluadora en los términos que considere convenientes.

F) Premi Vuit d'Agost de Música

F.1. Características de la obra:

- El trabajo presentado deberá ser inédito y no haber sido difundido ni premiado anteriormente.

- Se podrá presentar una obra instrumental y/o vocal con una duración mínima de tres minutos en las dos categorías.

No se pueden presentar obras que hayan sido valoradas académicamente ni que sean fruto de trabajo remunerado. En los trabajos presentados no deben constar agradecimientos de ningún tipo.

F.2. Forma de presentación de los trabajos

Las personas participantes en este concurso deberán presentar, juntamente con el trabajo, la siguiente documentación para las dos modalidades establecidas:

- El Anexo 1 rellenado (solicitud de participación) que consta al final de estas bases. En el Anexo 1 deberá constar el nombre del autor/a, el DNI, NIE o pasaporte (y un certificado de residencia en el caso que en el documento de identidad no aparezca una dirección en la isla de Eivissa), el domicilio, un teléfono y un correo electrónico de contacte. En este Anexo debe aparecer el mismo nombre que se ha dado al archivo musical presentado a concurso.

a) En el caso de hacer un registro de entrada presencial en la Sede del Consell d'Eivissa, la composición musical, en las dos categorías, debe aportarse en un lápiz de memoria con la obra en un archivo en formato MP3, wave o wma con el mismo título del archivo que el que ha hecho constar a l'Annex 1, que se retornará una vegada descargado el archivo al Registre de Entrada

b) Si se hace un registro en la Sede Electrónica (www.seu.conselldeivissa.es) paralelamente se ha de presentar la composición en un archivo en formato MP3, wave o wma al correo electrónico vuitagostmusica@gmail.com, que se ha habilitado con esta finalidad, juntamente con el justificante de registro de entrada electrónico hecho previamente (Anexo 1).

Novena. Entrada y retirada de trabajos

La entrada y la retirada de los trabajos serán por cuenta de la persona concursante, así como el seguro del transporte de las obras, si corresponde, y no se podrá formular ninguna reclamación al Consell Insular d'Eivissa por posibles pérdidas o desperfectos que se puedan producir una vez que las obras estén en esta administración.

Una vez se resuelvan los premios habrá un plazo de 24 meses para retirar las obras presentadas no premiadas, presentando rellenado el anexo 3, el cual se deberá presentar al Registro General del Consell Insular d'Eivissa, avda. de España, 49, 07800, Eivissa. En caso que no se recojan en el Consell durante este plazo, se entenderá que han sido cedidas a esta administración.

Décima. Comisiones evaluadoras

10.1. La comisión evaluadora es el órgano colegiado al cual corresponden las funciones siguientes:

- Evaluar las obras presentadas, de acuerdo con los criterios establecidos en esta base.

- Emitir un acta con un informe que debe servir de base para elaborar la propuesta de resolución de concesión.

La comisión evaluadora puede declarar desierto el premio o, si lo considera conveniente, dividirlo entre dos o más premiados.

10.2. Las comisiones evaluadoras para cada una de las modalidades de los Premis Vuit d'Agost 2023 estarán formadas por un/a presidente/a, elegida entre personas de reconocido prestigio de cada una de las seis modalidades, tres vocales, elegidos también entre personas de reconocido prestigio en el ámbito de la cultura de la isla de Eivissa, y un/a secretario/a, que será personal del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio.

Para poder constituirse, la Comisión Evaluadora deberá contar con la asistencia del presidente/a, el/la secretario/a y de al menos dos vocales.

10.3. En todo lo no previsto expresamente en estas bases sobre el funcionamiento de la comisión, serán de aplicación las disposiciones de la subsección 1ª de la secció 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

 

10.4. Miembros de las comisiones evaluadoras

Modalidad A) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost d'Investigació

Presidenta: Sra. Francisca Tur Riera

Suplente: Sra. Ana Colomar Marí

Vocales:

1. Sr. Francesc X. Torres Peters

2. Sr. Marcus Heinrich Hermanns

3. Sr. Pere Vilás Gil

Suplentes:

1a: Sra. Maria Neus Torres Roig

2a: Sra Maria Rosa Ribas Marí

3r. Sr Antoni Marí Marí

Secretario/a:

Sra Margarita Planells Torres

Suplente: Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Modalidad B) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost de Pintura

Presidente: Sr. Josep Marí Marí

Suplente: Sr. Carles Guasch Guasch

Vocales:

1. Sr. Carles Fabregat Sans

2. Sr. Dieter Sroka

3. Sra. Aida Miró Vicente

Suplentes:

1a. Sra. Josefa Torres Riera

2n. Sr. Josep Rosales Torres

3r. Sr. Vicent Boïl Mut

Secretario/a:

Sra. Margarita Planells Torres,

Suplente: Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Modalidad C) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

Presidente: Sr. Antoni Ribas Costa, Toniet

Suplente: Sr. Miguel Martínez Pérez

Vocales:

1. Sr. Adrián Ribas Escandell

2. Sr. Alberto Ribas Palerm

3. Sra. Carolina Boned Torres

Suplentes:

1a. Sra. Catalina Marí Tur

2a. Sra. Margarita Prats Ribas

3a. Sra. Laura Julve Martínez

Secretario/a:

Sra. Margarita Planells Torres

Suplente: Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Modalitat D) Comissió Evaluadora del Premi Vuit d'Agost de Fotografia

Presidente: Sr. Antoni Pomar Bofill

suplente: Sr. Vicent Marí Marí

Vocales:

1. Sr. Germán G. Lama

2. Sr. Sebastián Candela Martínez

3. Sr. José Antonio Porras Molina

suplentes:

1r. Sr. Antoni Planells Riera

2n. Sr. Rafael Domínguez Mulet

3a. Sra. Lourdes Grivé Roig

Secretario/a:

Sra Margarita Planells Torres

Suplent: Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Modalidad E) Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

Presidenta: Sra. Carme Boix Bonet

suplente: Sr. Álvaro Jiménez Oller

Vocales:

1a. Sra. Verónica Prats Marí

2n. Sr. Toni Colomar Noguera

3r. Sr. César Sánchez Fernández

Suplentes:

1a. Sra. Tamara Jiménez Planells

2n. Sr. Joan Antoni Marí Marí

3r. Sr. Antoni Pomar Bofill

Secretario/a:

Sra. Margarita Planells Torres

Suplente: Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

Modalidad F. Comisión Evaluadora del Premi Vuit d'Agost de Música

Presidente: Sr. Adolfo Villalonga Juan

Suplente: Sr. Bartomeu Tur Marí

Vocales:

1. Sr. Iván Mérgola Gómez

2. Sr. Joan Roig Torres, Barbé

3. Sr. Vicent Tur Ramón

Suplentes:

1a. Sra. María Nélida Boned Bufí

2n. Sr. Francisco Cogollos Martínez

3r. Sr. Pere Navarro Torres

Secretario/a:

Sra. Margarita Planells Torres

Suplente: Sra. Maria Jesús Adamuz Torres

10.5. Criterios de las comisiones evaluadoras

De manera general las comisiones evaluarán la creatividad, el proceso de elaboración u otros aspectos que se consideren adecuados y calificarán las obras presentadas con los criterios técnicos establecidos en las bases respecto a su presentación y teniendo en cuenta, entre otros, los criterios particulares que a continuación se mencionan para cada modalidad:

Modalidad A) Criterios para el Premi Vuit d'Agost d'Investigació

- Metodología científica en su elaboración

- Fuentes utilizadas

- Conclusiones de la investigación

- Aportación al corpus de trabajos de investigación respecto a la isla de Eivissa

Modalidad B) Criterios para el Premi Vuit d'Agost de Pintura

- Creatividad del autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, si corresponde, de los materiales utilizados

 

Modalidad C) Criterios para el Premi Vuit d'Agost d'Artesania del Fang

- Creatividad del autor/a

- Proceso de elaboración

- Técnicas utilizadas

- Adecuación y combinación, si corresponde, de los materiales utilizados

Modalidad D) Criterios para el Premi Vuit d'Agost de Fotografia

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad

- La adecuación a la temática (el patrimonio cultural material de Eivissa)

Modalidad E) Criterios per al Premi Vuit d'Agost de Disseny Gràfic

- La calidad técnica (composición, luz, equilibrio de color…)

- La originalidad de la propuesta

- La adecuación a la temática demandada

- Que sea adecuado para su adaptación a diferentes soportes publicitarios.

Modalitat F) Criterios para el Premi Vuit d'Agost de Música

- El nivel de calidad de la obra o canción

- El suficiente contenido y oficio según el criterio de la comisión evaluadora, teniendo en cuenta, entre otros:

- la originalidad

- la idea musical

- la instrumentación

Undécima. Obligaciones de las personas ganadoras

Una vez que la comisión evaluadora haya decidido los trabajos ganadores se comunicará el veredicto a la persona ganadora, que deberá presentar, en un plazo de tres días, al Consell Insular el anexo 2 rellenado y firmado.

Tendrá que presentar también la solicitud de alta o modificación como acreedor del Consell Insular a efectos económicos (hoja de domiciliación bancaria) a su nombre, debidamente rellenada, firmada y sellada por la entidad bancaria. Esta solicitud o modificación se puede hacer a través de la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es/Solicitud de alta o modificación como acreedor del Consell Insular a efectos económicos) y se dirigirá directamente a la Tesorería de este Consell. Solo deberá presentarse si no consta en el Consell o si se ha producido alguna modificación en la que ya consta en este.

La persona ganadora tendrá que cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiario previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación al artículo 10 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones. Además, deberá cumplir con las obligaciones de los beneficiarios previstas al artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en relación al artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears.

También deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y con el Estado español, con la Seguridad Social y con el propio Consell Insular d'Eivissa.

Las personas ganadoras de estos premios se responsabilizan totalmente que no existen derechos de terceros sobre los trabajos presentados y se hacen responsables de cualquier reclamación que pudiera surgir por derechos de imagen o cualquier otro derecho alegado por terceros. En tal caso, quedará sin efecto el acto de concesión del premio y, como consecuencia de la revocación, corresponderá reintegrar totalmente la cantidad recibida por la persona ganadora y, si corresponde, la exigencia de los intereses de demora, que se realizará per el procedimiento establecido en el título II de la Ley general de subvenciones, en el cual se debe garantizar la audiencia a las personas interesadas.

Duodécima. Instrucción y resolución

12.1. Órganos competentes para la ordenación, la instrucción y la resolución

El Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio del Consell Insular d'Eivissa es el competente para instruir el procedimiento de concesión de estas ayudas, de conformidad con lo establecido en el apartado tercero.6 del Decreto de Presidencia nº 2023000467, de estructura del gobierno del Consell Insular d'Eivissa y creación de departamentos (BOIB nº 88, de 29-06-2023). Dentro de este Departamento corresponde a la consellera executiva la ordenación del procedimiento, en virtud del artículo 33.2 a de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares y de conformidad con el artículo 72 e del Reglamento orgánico del Consell Insular d'Eivissa (publicado en el BOIB nº 136, de 18-09-10; corrección en el BOIB nº 148, de 14-10-10; modificación en el BOIB nº 48, de 16-04-16).

En relación a la competencia para aprobar estas bases y la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.1.m de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, es competencia del consejo ejecutivo aprobar las convocatorias de ayudas y de subvenciones.

En cuanto a la competencia para resolver la concesión de los Premis Vuit d'Agost 2023, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.2.k de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, es competencia de la consellera executiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio resolver las convocatorias de ayudas y subvenciones.

12.2. Con fundamento en las actas de las comisiones de evaluación y el informe técnico posterior correspondiente y de conformidad con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, el órgano instructor formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, que expresará la relación de personas para las cuales se proponen los premios y su cuantía. Los premios se concederán mediante resolución de la consellera executiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, en la cual, también, se expresará el nombre de las personas ganadoras así como el importe de los premios concedidos.

12.3. El órgano instructor podrá requerir, en cualquier momento de la tramitación del expediente, los documentos complementarios que se consideren necesarios a las personas que se presenten.

Cuando se deba hacer alguna notificación personalizada, se establecerá como preferente la notificación electrónica mediante el correo electrónico de la persona solicitante, siempre que esta lo haya indicado en su solicitud.

12.4. De acuerdo con el artículo 25.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, el plazo máximo para resolver y notificar el procedimiento no excederà los seis meses, contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

12.5. La resolución concediendo estos premios se hará pública en la página web del Consell www.seu.conselldeivissa.es/tablón de anuncios y edictos electrónicos, y, también, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se notificará a las personas ganadoras.

12.6. Una vez hecho público el veredicto de la comisión evaluadora y se haya concedido el premio, el/la artista ganador/a de cada una de las cinco categorías artísticas (modalidades b, c, d, e y f deberá firmar su obra, para que se pueda garantizar la autenticidad de su autoría. Estas obras desde aquel momento serán propiedad del Consell Insular.

Decimotercera. Entrega de los premios

El pago del premio a la persona ganadora se hará por transferencia bancaria al número de cuenta indicado en la hoja de transferencia prevista en la base undécima de estas bases reguladoras.

La percepción de los premios estará sujeta a las retenciones establecidas en la normativa fiscal vigente.

El Consell Insular d'Eivissa convocará un acto público, en el lugar y la fecha que se determinará con posterioridad, con las personas ganadoras de los premios, en el cual se les entregará un diploma acreditativo de haber sido ganador/a de los Premis Vuit d'Agost 2023.

Decimocuarta. Normativa aplicable

La convocatoria de estos premios se regirá por lo que disponen las presentes bases reguladoras, por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, por la Ley estatal 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en lo que le sea de aplicación.

Respecto a la protección y el tratamiento de datos de carácter personal para la realización de las actividades objeto de esta convocatoria se deben observar las prescripciones contenidas en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos y garantía de los derechos digitales, al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo de Europa, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en relación al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el cual se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DOUE 4.5.2016), y al resto de legislación vigente en materia de protección de datos personales que le sea de aplicación.

Decimoquinta. Derechos sobre los trabajos ganadores

Los autores y las autoras que ganen el premio en cualquiera de las seis modalidades mantienen su derecho de autoría sobre la obra ganadora.

En el Premi d'Investigació (modalidad a) el Consell Insular d'Eivissa tiene el derecho de publicación sobre la primera edición de la mencionada obra. Esta publicación será la del original entregado por la persona ganadora, y valorado por la comisión evaluadora, excepto que haya alguna sugerencia de dicha comisión o del Departamento convocante respecto de la estructura de la obra.

En las cinco modalidades restantes (b, c, d, e y f) la obra premiada, firmada por el/la autor/a, en la que la obra pasa a ser propiedad del Consell Insular d'Eivissa, esta Institución tendrá la potestad de reproducir-la y/o de exponerla, con la condición de que si el/la autor/a quiere hacer uso de ella para cualquier manifestación cultural debe informar al Consell y hacer constar que esta obra ha ganado el Premi Vuit d'Agost en la categoría correspondiente.

Si los y las miembros de la comisión evaluadora lo consideran adecuado y consta en el acta de dicha comisión, el Consell podrá organizar una exposición o la interpretación de la obra del /de la artista ganador/a (en el caso que este/a esté de acuerdo) en una sala de cultura de la isla siempre que la programación cultural del Consell lo permita.

Decimosexta. Régimen de recursos

Contra el acuerdo del Consejo Ejecutivo de aprobación de estas bases y contra las resoluciones de la consellera executiva del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio, dictadas por delegación del Consell Executiu, se podrá interponer ante el Pleno del Consell Insular d'Eivissa el recurso de alzada previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes des del siguiente a su notificación, todo ello en virtud de lo que dispone el apartado 1 de la disposición transitoria primera (Procedimientos y recursos) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. El recurso deberá resolverse en el plazo de tres meses, que una vez transcurridos sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá desestimado y quedará abierta la vía contencioso-administrativa.

 

Eivissa, 2 de agosto de 2023

El jefe de sección del Departament de Cultura, Educació i Patrimoni del Consell Insular de Eivissa ​​​​​​​José Vicente Garibo Redolat

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