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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 499441
Resolución de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación de 31 de julio de 2023 de delegación de firma en determinadas unidades administrativas

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29 de julio), se ha delegado en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación el ejercicio de determinadas competencias atribuidas originariamente a la persona titular de la Consejería, en materias, entre otras, de gestión de personal y de gestión y ejecución presupuestarias.

2. Esta delegación de competencias en la secretaria general no impide que, a su vez, este órgano delegue la firma de los actos inherentes a algunas de estas competencias en las unidades administrativas que considere adecuadas, a lo que puede añadirse la delegación de firma de otras funciones que corresponden a la persona titular de la Secretaría General de forma originaria, como, entre otras, los actos de inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos de la Comunidad Autónoma, la remisión al Boletín Oficial de las Illes Balears de los edictos que deben publicarse a instancia de las secretarías generales o la concesión de vacaciones.

3. De este modo, y al objeto de agilizar la tramitación de algunos procedimientos, se considera adecuado delegar la firma de diversas actuaciones que, originariamente o por delegación de competencias, según los casos, corresponden a la secretaria general de la Consejería en determinadas unidades administrativas integradas en la Secretaría General, y también delegar la firma de diversas actuaciones, en ejercicio de la suplencia por vacante de la persona titular de la Dirección General de Presupuestos y Financiación, en la unidad administrativa correspondiente al Departamento de Presupuestos de la mencionada Dirección General.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Los artículos 25, 31, 33.1 y 42.d) de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

4. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. El Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Delegar en la jefa del Servicio de Personal y en los jefes de Administración de Personal, de manera indistinta, la firma de todos los actos y documentos relativos a las siguientes facultades y actuaciones en materia de personal:

a) Las relativas a la tramitación y la concesión de permisos, vacaciones, licencias y reducciones de jornada previstos en la normativa vigente, y también de los permisos previstos en la normativa básica estatal que no estén incluidos en el Decreto 7/2020, de 31 de enero, por el que se regulan los permisos, licencias, vacaciones y otras medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

b) Las relativas a la formalización de las diligencias de toma de posesión y de incorporación del personal de la Consejería.

c) Las relativas a la tramitación de las convocatorias de las comisiones de servicios de carácter voluntario de los puestos de trabajo vacantes y dotados adscritos a la Consejería.

2. Delegar la firma de los documentos por los que se ordena la publicación de edictos en el Boletín Oficial de las Illes Balears a que se refiere el artículo 15.3.c) del Decreto 68/2012, de 27 de julio, por el que se regula el Boletín Oficial de las Illes Balears, de manera indistinta:

a) En el jefe del Departamento Jurídico y Administrativo.

b) En la jefa del Servicio de Normativa.

c) En la jefa del Servicio del Área Jurídica y Administrativa.

d) En el jefe del Servicio del Sector Público Instrumental.

e) En la secretaria de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

f) En la jefa del Servicio de Patrimonio.

3. Delegar en la jefa del Departamento de Gestión Económica y en el jefe del Servicio de Gestión Económico-administrativa, de manera indistinta, la firma de todos los actos y documentos siguientes:

a) Los actos y documentos administrativos relativos a propuestas de modificación de crédito, sin limitación de cuantía.

b) Los actos por los que se inste la inscripción y los actos de comunicación a que se refieren los artículos 4.1 y 6.1 del Decreto 49/2011, de 20 de mayo, por el que se regula el Registro de Convenios y Acuerdos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

c) Los actos por los que se inste la emisión de informes jurídicos a los servicios jurídicos de la Consejería, en relación con los expedientes y documentos que se tramiten en esta unidad.

4. Delegar en los jefes de las Unidades Administrativas de Contratación la firma de los siguientes actos y documentos:

a) Los actos y los documentos relativos a solicitudes y comunicaciones, en el ámbito propio de la Plataforma de Contratación y de los perfiles de contratante, de altas, modificaciones y bajas de inscripciones de los usuarios autorizados y de los órganos de contratación de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación o de las entidades instrumentales adscritas a la Consejería, y, en general, cualquier petición relacionada con esta materia que deba dirigirse a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

b) Los actos por los que se inste la emisión de informes jurídicos a los servicios jurídicos de la Consejería en relación con los expedientes y documentos que se tramiten en esta unidad administrativa.

5. Delegar en los jefes de los servicios de Asuntos Generales, de manera indistinta, la firma del otorgamiento de la conformidad a que se refiere el apartado 11 de la parte II de la Instrucción 3/2006, del viceinterventor general, de funcionamiento del SICODE, fiscalización de expedientes y documentos de gasto con imputación presupuestaria, documentos y expedientes de personal y documentos de contabilidad extrapresupuestaria.

6. Delegar en los jefes de los servicios de Asuntos Generales y en el jefe del Servicio de Administración Digital y Gestión Electrónica de Expedientes de Gasto, de manera indistinta, la firma de los actos por los que se insten altas de usuarios, cambios de grupo, permisos y, en general, cualquier petición relacionada con esta materia que deba dirigirse a la Dirección General de Simplificación Administrativa, Modernización y Administración Digital, así como también las solicitudes de los permisos del sistema corporativo de gestión económico-financiero de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

7. Delegar, en ejercicio de la suplencia por vacante de la persona titular de la Dirección General de Presupuestos y Financiación, en la jefa del Departamento de Presupuestos la firma de los actos administrativos y de los documentos contables y administrativos siguientes:

a) Los que corresponden a las funciones propias de la persona titular de la Dirección General de Presupuestos y Financiación.

b) Los actos que, de acuerdo con la legislación aplicable, corresponde dictar al consejero de Economía, Hacienda e Innovación en materia de autorización de imputación de gastos en ejercicios futuros y de modificación de las anualidades comprometidas, cuando no formen parte de la delegación a la que hace referencia el apartado 4.b) de la Resolución mencionada en el antecedente 1.

c) Los actos administrativos y los documentos contables y administrativos relativos a aprobaciones de modificaciones de crédito, así como a la creación de partidas presupuestarias a las que se refiere el artículo 41 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

d) Los actos de autorización de las modificaciones de los presupuestos de las entidades del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma a que se refiere el artículo 63 de la Ley 14/2014.

e) Los actos de autorización de los gastos estructurales a que se refiere el artículo 69 de la Ley 14/2014.

8. Disponer que todas las referencias a las jefaturas y a las secretarías contenidas en los apartados anteriores de esta Resolución deben entenderse hechas a los puestos de trabajo que en cada momento del tiempo ejerzan las funciones que tienen atribuidas las jefaturas y las secretarías mencionadas en la fecha de esta Resolución, con independencia de la denominación del puesto de trabajo y de su titular.

9. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

10. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde el día en que produjo efectos la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (31 de julio de 2023)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer