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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 496371
Resolución del Director Gerente del Hospital Comarcal de Inca de 25 de julio de 2023, por la que se convoca, por el sistema de libre designación, al Jefe de Servicio de Servicios Generales del Hospital Comarcal de Inca

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Texto

Vista la necesidad de cubrir el cargo de Jefe de Servicio de Servicios Generales , correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Comarcal d ́Inca.

De conformidad con el Acuerdo de Consejo de gobierno de 30 de mayo de 2022, que ratifica el acuerdo de la mesa sectorial de sanidad de 13 de mayo de 2022 que regula el sistema de provisión de puestos de trabajo de personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB nº 70 de 31/05/2022).

"De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas para la capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública, los aspirantes que participen en este proceso selectivo deben disponer y acreditar los conocimientos de lengua catalana establecidos en las bases que rigen esta convocatoria.

No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, cuando la prestación asistencial pueda resultar afectada por la carencia o insuficiencia de profesionales interesados, podrá eximirse del requisito de catalán legalmente exigible, en los términos establecidos por la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril. "

En virtud de las consideraciones anteriores y de acuerdo con la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad (BOIB núm. 31 de 4 de marzo de 2021), por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares, y la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 11 de marzo de 2021, de delegación de firma de la convocatoria, tramitación y resolución de los procedimientos de movilidad del personal estatutario fijo del Servicio de Salud, dicto la siguiente

Resuelvo

 Aprobar la convocatoria para cubrir, por el procedimiento de libre designación, el puesto de Jefe de Servicio de Servicios Generales de la plantilla autorizada del Hospital Comarcal d ́Inca, según las bases que se publican en el Anexo I de esta resolución.

 

Inca, 25 de julio de 2023

El director gerente del Hospital Comarcal de Inca  Francisco Ferrer Sancho

 

ANEXO I Bases de la convocatoria

 1) Lugar objeto de la convocatoria

La denominación de la jefatura: Jefe de Serviciode Servicios Generales .

2) Características generales

El régimen jurídico de la jefatura es el establecido en el Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre y demás disposiciones aplicables.

 

3) Funciones para desarrollar

- Planificación y gestión de los recursos asignados a los Servicios Generales del hospital.

-  Realización, ejecución y seguimiento de todos los servicios generales del Hospital.

-  Coordinación y seguimiento de la iniciación, licitación y ejecución de los pliegos técnicos necesarios.

-  Atención y seguimiento de las incidencias.

-  Asesorar a la Gerencia y a cualquier otra unidad administrativa o asistencial.

-  Representar a la Gerencia y a la Dirección de Gestión, ante los órganos de la Administración, en aquellas materias que le compitan.

-  Elaborar y redactar informes relacionados con sus competencias.

- Realización o seguimiento de cualquier otro acto administrativo que tenga relación con los servicios generales del Hospital Comarcal de Inca.

- Asistir y participar en las comisiones, reuniones o grupos de trabajo relacionados con la propia materia competencial y para los cuales haya sido designado como miembro.

- Cualquier otra función que le sea encomendada en el ámbito de sus competencias.

4) Requisitos para los solicitantes

Podrá participar en esta convocatoria el personal fijo de gestión y servicios del subgrupo A1 o A2, que en la fecha de la publicación, esté en la situación de servicio activo o en la situación de reserva de plaza en instituciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud. También puede participar el personal funcionario de cualquier administración pública correspondientes a los subgrupos A1 o A2 siempre que se cumplan los requisitos en la convocatoria.

4.1.Requisitos generales.

a) Poseer la nacionalidad de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, o español, o bien tener el derecho a la libre circulación de trabajadores bajo el tratado de la Unión Europea u otros ratificada por España o tener reconocido este derecho por ley.

b) Estar en posesión del título correspondiente oficial que habilite para el ejercicio profesional.

c) Poseer la capacidad funcional necesaria para la realización de funciones que se derivan del correspondiente nombramiento.

d) Haber cumplido dieciséis años y no exceder la edad de jubilación forzosa...

e) No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario en cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria ni encontrarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni en su caso, para la correspondiente función.

f) En el caso de los nacionales de los demás Estados mencionados en el párrafo a) no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional ni para el acceso a funciones o servicios públicos en un estado miembro, ni haber sido separados, por sanción disciplinaria, de algunas de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

g) Acreditar el nivel de conocimientos B2 (nivel avanzado) de lengua catalana. No obstante, cuando la prestación asistencial pueda resultar afectada por la falta o insuficiencia de profesionales interesados, se podrá eximir del requisito de catalán legalmente exigible, en los términos establecidos en la disposición transitoria segunda de la Ley 4/2016, de 6 de abril.  

4.2 Requisitos de acreditación

Los requisitos deberán cumplirse el día de la publicación de la convocatoria y mantenerse hasta la toma de posesión. La acreditación se llevará a cabo en el momento de presentación de la solicitud, excepto la capacidad funcional que deberá acreditarse antes de la toma de posesión. 

5) Valoración

Para la resolución de la convocatoria la comisión evaluará los aspectos descritos en el apartado 11.3 del Acuerdo.

6) Publicación

Esta convocatoria se publica en el portal corporativo del Servicio de Salud de las Islas Baleares y en el Boletín oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 5.1 del Acuerdo.

7) Solicitudes

Quien quiera participar en la convocatoria deberá aportar la solicitud de acuerdo con el modelo que aparece como Anexo II.

Las solicitudes deberán ser dirigidas al  Director Gerente del Hospital Comarcal de Inca y se presentarán en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Las solicitudes se presentarán en el registro del Hospital Comarcal de Inca o en cualquiera de los lugares y en las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,haciendo constar de forma expresa y concreta la jefatura a la que se opta.

8) Documentos que hay que aportar con la solicitud

Acompañando a la solicitud, los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

a) Fotocopia cotejada del documento nacional de identidad o, en su caso, NIE.

b) Un currículum profesional.

c) Grado de carrera profesional.

d) Un proyecto de gestión y organización relacionado con el ámbito de actuación del lugar convocado.

e) Estudios académicos relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo.

9) Resolución de la convocatoria

Una vez finalizada la valoración de todas las solicitudes, la comisión de valoración debe elevar al órgano competente una relación nominal de aspirantes que reúnan los requisitos y superen las especificaciones exigidas en la convocatoria. Se puede proponer que se declare desierta, por acuerdo motivado, cuando no concurran candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria o no concurran candidatos idóneos para su cumplimiento. El órgano competente, oído la Comisión de Valoración, nombrará a la persona que considere más adecuada para el cargo. Las personas titulares de los cargos provistos por este procedimiento pueden ser removidas discrecionalmente, por medio de una resolución motivada, por el órgano que las haya nombrado o por el que lo sustituya en el ejercicio de la competencia.

El órgano competente para resolver puede declarar desierta la convocatoria, por medio de una resolución motivada, cuando no concurran aspirantes idóneos para ocupar el cargo convocado. Esta resolución debe publicarse en el portal corporativo del Servicio de Salud y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Es aplicable lo que disponen los puntos 10.4, 10.5 y 10.6. del Acuerdo relativos a la toma de posesión.

10) Efectos

La persona designada obtiene un nombramiento para ocupar el cargo convocado y su situación es la siguiente:

a) Si resulta nombrado para el cargo un estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares que tiene la plaza estatutaria fija en el mismo centro, sigue ocupando la plaza como personal estatutario fijo de su categoría en el propio centro.

b) Si resulta nombrado para el cargo un estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares que tiene la plaza estatutaria fija en otro centro, pasa a ocupar directamente el cargo en el centro de destino y queda en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria fija.

c) Si resulta nombrado para el cargo un estatutario fijo de otro Servicio de Salud, pasa a ocupar directamente el cargo en el centro de destino y queda en la situación administrativa que le corresponda según la legislación que le resulte aplicable.

d) Si resulta nombrado para el cargo un funcionario de carrera que tiene la plaza fija en otra administración pública, pasa a ocupar directamente el cargo en el centro de destino y queda en la situación administrativa que le corresponda según la legislación que le resulte aplicable.

11) Recursos

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos sean dictados en su ejecución, puede ser impugnados por los interesados mediante la interposición de un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o en su caso, directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso - Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con el artículo 46 de la Ley; sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere procedente para defender mejor su interés.

 

 

ANEXO II Modelo de Solicitud

 DATOS PERSONALES

DNI / NIE:

APELLIDOS Y NOMBRE:

Fecha de nacimiento:

NACIONALIDAD:

TELÉFONO:

DIRECCIÓN:

MUNICIPIO: CÓDIGO POSTAL:

DATOS PROFESIONALES

TITULACIÓN:

NOMBRE DE LA CATEGORÍA:

CENTRO QUE OFRECE SERVICIOS DE:

PROVINCIA:

Expongo:

Que reúno todos los requisitos necesarios para participar en la convocatoria.

Solicito

Que se admita la presente solicitud para optar a la Jefatura de Jefe de Servicio de Servicios Generales de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Comarcal de Inca, junto con los documentos exigidos en las bases.

 

Lugar, fecha y firma