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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 493712
Creación, composición y periodicidad de la Comisión Informativa General y de Cuentas del Consejo Insular de Mallorca

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Texto

El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en sesión extraordinaria de día 19 de julio de 2023, aprobó el siguiente Acuerdo:

“El 7 de agosto de 2022 entró en vigor la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. Esta norma establece a su Capítulo I las reglas específicas de funcionamiento del pleno y de las comisiones de pleno.

Ante esta nueva normativa se hace necesaria la adaptación de las disposiciones reglamentarías del Consejo Insular a la misma. La disposición final primera de la Ley de consejos ordena que se tendrá que hacer en el plazo de 18 meses a contar de la entrada en vigor de la Ley, sin embargo, la disposición transitoria cuarta posibilita que, de manera supletoria y en aquello que no contradiga el contenido de esta ley, estará vigente el reglamento orgánico válido a la entrada en vigor de esta norma. Esta disposición transitoria cuarta también dispone que mientras el Consejo Insular no apruebe el reglamento orgánico que tiene que desarrollar aquello que dispone esta ley, regirán las disposiciones de esta como si no se refirieran a la aprobación del reglamento orgánico.

Teniendo en cuenta que a fecha de hoy todavía no se ha aprobado la adaptación de los reglamentos al contenido de la Ley de consejos, en todo aquello que no contradiga esta norma, sigue en vigor el Reglamento orgánico del Consejo Insular de Mallorca publicado al BOIB n.º 89, de 19 de julio de 2018.

Para determinar la existencia de contradicciones entre ambas normativas se ha analizado el contenido de las reglas de funcionamiento del pleno y de las comisiones de pleno de la nueva ley y la estructura y funcionamiento de estos órganos regulada al reglamento orgánico y se puede determinar que este no contradice la ley por los motivos seguidamente expuestos.

Si bien la denominación de la comisión informativa no se encuentra expresamente prevista en el artículo 18.3.a), b) y d) de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, este artículo regula las comisiones de pleno y a estas se los atribuye, entre otros, funciones de estudio, informe o consulta de los asuntos que tengan que ser sometidos a la decisión del pleno, el seguimiento de la gestión del presidente, del Consejo Ejecutivo y de sus miembros, sin perjuicio del control que corresponde al pleno, así como, en el caso de la comisión especial de cuentas, le atribuye las funciones que prevé la legislación de haciendas locales. Analizando la regulación de las comisiones informativas determinada en el artículo 23.2 del reglamento orgánico así como las atribuciones fijadas en el artículo 56.1 son equiparables y no contradicen las previstas en el artículo 18.3.a), b) y d) de la Ley de consejos.

Por lo tanto, se mantiene la denominación y atribuciones de la Comisión Informativa General y de Cuentas dando por sentado que se trata de una comisión de pleno de las reguladas en el artículo 18.3.a), b) y d) de la Ley de consejos.

Por eso, en conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 del reglamento orgánico, propongo al Pleno:

1. Crear la Comisión Informativa General y de Cuentas, a la cual corresponde estudiar, informar o consultar los asuntos que se tienen que someter a la decisión del Pleno, de la Comisión de Gobierno y del Consejo Ejecutivo, cuando estos actúan por delegación del Pleno, salvo los casos declarados urgentes, y también informar y examinar las cuentas generales de la corporación.

2. Formar la mencionada comisión con los miembros, titulares y suplentes, que nombren los grupos políticos que integran la corporación de la manera siguiente, designados mediante escrito de los portavoces correspondientes dirigido a la Presidencia de la corporación, de la cual cosa se tiene que dar cuenta al Pleno del Consejo Insular:

  • 4 del Grupo Partido Popular
  • 3 del Grupo Socialista del Consejo de Mallorca
  • 2 del Grupo Vox-Mallorca
  • 1 del Grupo Más por Mallorca
  • 1 del Grupo El Pino-Propuesta por las Islas

3. Establecer la periodicidad de reuniones ordinarias de la comisión se mensual.

 

4. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.”

 

Palma, en la fecha de firma electrónica (28 de julio de 2023)

El presidente del Consejo Insular de Mallorca Llorenç S. Galmés Verger