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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

PLENO, COMISIÓN DE GOBIERNO, CONSEJO EJECUTIVO Y PRESIDENCIA

Núm. 493235
Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca por el que se establecen las competencias de los departamentos del Consejo Insular de Mallorca

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Texto

Esta Presidencia, hoy, ha decretado:

"Por Decreto de la Presidencia de día 10 de julio de 2023, se ha resuelto crear los Departamentos en que ha quedado estructurado el Consejo Insular de Mallorca y es necesario concretar las competencias de los Departamentos del Consejo Insular de Mallorca de acuerdo con los artículos 21 y 31 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.

Por todo ello, dicto el siguiente

DECRETO

 1. Estructurar internamente las funciones de la actividad administrativa que corresponden a los diferentes departamentos que integran el Consejo Insular de Mallorca en los siguientes términos:

Departamento de Cultura y Patrimonio

Actividades artísticas y culturales; fomento y difusión de la creación y la producción teatral, musical, cinematográfica y audiovisual, literaria, de danza y de artes combinadas; museos, archivos y bibliotecas; conservatorios de música, servicios de bellas artes, hemerotecas e instituciones parecidas de ámbito insular; gestión del depósito legal de libros; gestión la colección museográfica propiedad del Consejo Insular. Patrimonio monumental, cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico y paisajístico; gestión del Registro Insular de bienes de interés cultural; gestión del catálogo insular del Patrimonio Histórico; administración y gestión de instalaciones de apoyo a las tareas de conservación, restauración, fomento e investigación de bienes que pertenecen al patrimonio histórico de Mallorca. Planificación y ejecución de programas de normalización y dinamización lingüística. Fomentar la competitividad, la capacitación y el desarrollo de las empresas artesanas y crear canales para comercializar la artesanía.

- Centros adscritos al Departamento:

o Museo Krekovic

o Centro Cultural la Misericordia

o Monasterio de Bellpuig

o Museo de Mallorca

Entidades adscritas al Departamento:

o Fundación Teatro Principal de Palma

o Fundación Mallorca Literaria

o Consorcio Museo Marítimo de Mallorca

También se encuentra adscrito al Departamento el Consejo Escolar de Mallorca

Departamento de Medio Ambiente, Medio Rural y Deportes

Fomento, administración y conservación del medio natural, rural y marino; planificación forestal relativa a las fincas del Consejo Insular; gestión del tratamiento del agua y de las aguas residuales en el ámbito de las competencias del Consejo Insular; gestión de los espacios naturales y fincas públicas del Consejo Insular; cogestión del Parque Natural de sa Dragonera; planificación y ejecución de programas de educación ambiental y voluntariado ambiental; proposición de medidas y actuaciones encaminadas al desarrollo sostenible al respeto hacia el medio ambiente; planificación y ejecución de los programas de formación y empleo en materia de medio ambiente; planificación, creación y gestión de las rutas senderistas y refugios de montaña; asistencia a los ayuntamientos de Mallorca en materia de catalogación de caminos; gestión de taller de maestros de azuela y las embarcaciones tradicionales de navegación a vela; ejecución de las actividades derivadas de la legislación de protección del medio nocturno de las Islas Baleares; coordinación de las actuaciones del Consejo Insular relacionadas con proyectos europeos así como la gestión de la Asociación Internacional de la Red Europea de la Piedra en Seco. Tramitación de los expedientes de expropiación forzosa. Ejercer las actuaciones derivadas del desarrollo de la Ley 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas. Planificación y gestión de residuos no peligrosos de Mallorca, de conformidad con los planes directores sectoriales en materia de residuos. Regulación, la vigilancia y el aprovechamiento de los recursos cinegéticos. Planificar, ordenar, coordinar y gestionar actuaciones en materia deportiva. Desarrollar una oferta general y específica de programas, servicios y recursos orientada a cubrir las necesidades deportivas; dar apoyo técnico a los municipios de Mallorca en materia deportiva; fomentar y promover las actividades deportivas; gestionar las competencias en materia de medicina deportiva.

- Quedan adscritos al Departamento:

o Parque Natural de sa Dragonera

o Las fincas públicas propias, así como las de gestión pública, excepto el Centro de Interpretación de la Serra de Tramuntana ubicado en Raixa, el cual queda adscrito al Departamento de Presidencia

o Los refugios de la Ruta de la Piedra en Seco

o Polideportivo Sant Ferran

o La Balear

Entidad adscrita al Departamento:

o Instituto del Deporte Hípico de Mallorca

Departamento de Presidencia

Implementación, impulso, coordinación ejecutiva y seguimiento de los planes y programas estratégicos del Consejo Insular de Mallorca así como de los proyectos que por su transversalidad interdepartamental o estratégica la Presidencia o el Consejo Ejecutivo encarguen expresamente al Departamento de Presidencia; coordinación interdepartamental; impulso de la aplicación del Reglamento de honores y distinciones; promoción, potenciación y coordinación de las conmemoraciones y los acontecimientos de ámbito insular que ayuden a crear tejido institucional y cohesionen la ciudadanía; promoción y gestión de las actuaciones relativas a la recuperación o rehabilitación del edificio es Sindicat de Felanitx. Relaciones generales entre el Consejo Insular y el resto de instituciones públicas de las Islas Baleares y del Estado español; implementar el conocimiento de la institución y el patrimonio de la máxima institución representativa y de gobierno de Mallorca; organizar y dar apoyo a determinadas actividades de carácter institucional. Coordinación de la política del Consejo Insular en materia de transparencia de su actividad pública; promoción e implantación de proyectos estratégicos de modernización y de innovación tecnológica y de transformación digital de la institución, y conectarlos en el marco transversal de Mallorca y proveer de aplicaciones informáticas a los departamentos; provisión del material informático necesario en las diversas áreas del Consejo Insular, excepto el que corresponda al servicio de asistencia técnica a los ayuntamientos. Gestión, dotación de la infraestructura de comunicaciones de voz y datos, excepto las relativas a las telecomunicaciones del centro de mando avanzado de Bomberos; apoyo a usuarios del sistema; coordinación de la implantación del Proyecto Smart Island Mallorca; coordinación de las políticas y acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales y del Esquema Nacional de Seguridad. Coordinación, diseño y análisis de la estrategia de comunicación del Consejo Insular de Mallorca; gestión y coordinación de la relación con los medios de comunicación. Contribución a la construcción de la identidad de la Institución mediante la organización de acciones comunicativas como actos y eventos; gestión y coordinación de la publicación de la información institucional en los medios de comunicación. Impulso de las políticas de igualdad para combatir las desigualdades, las discriminaciones y las violencias machistas; el impulso de las actuaciones dirigidas a conseguir la igualdad real entre mujeres y hombres y el respeto a la diversidad, desde una visión transversal y coordinada con el resto de departamentos del Consejo Insular; Desarrollo de la Ley 8/2016, para garantizar los derechos de lesbianas, gays, trans, bisexuales e intersexuales y para erradicar el LGTBI-fobia. Desarrollo de la Ley 11/2016 de Igualdad de mujeres y hombres para conseguir la igualdad real, prevenir las violencias machistas y garantizar los servicios de acompañamiento y recuperación para las mujeres que han sufrido violencias machistas; liderazgo con todos los ayuntamientos de la isla el impulso y desarrollo del Plan estratégico de igualdad de Mallorca. Promoción, organización y fomento de las actividades socioculturales relativas al sector de las personas mayores y al asociacionismo. Coordinación del desarrollo del programa Serra de Tramuntana Patrimonio Mundial. Dar apoyo a entidades locales en materia de juventud y asociaciones juveniles o prestadoras de servicios a la juventud; llevar a cabo la regulación, inspección y control de las escuelas de formación de tiempo libre infantil y juvenil, así como de las instalaciones, las entidades, los centros y los servicios para la juventud. Organizar actividades de ocio educativo para niños y jóvenes de Mallorca. Proponer la ordenación de políticas, planes y programas destinados a juventud. Ofrecer formación a los profesionales de juventud en la isla de Mallorca. Fomentar el asociacionismo, la implicación social y la participación ciudadana; fomentar la participación ciudadana para propiciar un modelo participativo de democracia dentro de la lógica representativa e impulsar planes, programas y proyectos de fomento de la participación ciudadana en la isla de Mallorca. Todo desde un punto de vista transversal con el fin de proteger tanto a las mujeres como a todo el ámbito familiar que se pueda ver afectado: hijos, padres y/o personas dependientes. Favorecer políticas de conciliación donde todos los miembros de los diferentes tipos de familias jueguen un papel protagonista de corresponsabilidad. Todas las otras materias que no estén atribuidas expresamente a otro departamento.

Quedan adscritos al Departamento:

o Centro Sociocultural de Manacor

o Centro Sociocultural de Inca

o Centro de Información de la Mujer

o Casal Ariadna

o  Centro Alcanada

o Centro de Interpretación de la Serra de Tramuntana ubicado en Raixa

o Es Sindicat de Felanitx

Entidad adscrita al Departamento

o Consorcio Serra Tramuntana Patrimonio Mundial

Departamento de Hacienda y Función Pública

Coordinación del proceso de preparación y formación de los presupuestos del Consejo Insular; coordinación de la ejecución y el control de los presupuestos del Consejo Insular; programación y gestión en el orden económico financiero de los recursos del Consejo Insular, que incluye la gestión, inspección, liquidación, recaudación y resolución de reclamaciones en relación con los ingresos públicos de la Administración insular, la elaboración de los informes económicos sobre la gestión financiera de la hacienda insular. Ordenar los pagos de la entidad. Autorizar la cesión de créditos. Constituir, cancelar total y parcialmente, y cualquier otra operación relativa a la consignación del Consejo Insular en la Caja General de Depósitos del Estado, a efectos de expropiaciones o cualquier otra finalidad, así como emitir cambio de titular o beneficiario de los depósitos que se cancelen. Servicios generales, proyectos de obras y eficiencia energética. Coordinación de la seguridad de todos los edificios e instalaciones del Consejo Insular, servicio de mayordomía, custodia y mensajería, y mantenimiento de los edificios y la maquinaria, y la limpieza de las instalaciones y las oficinas, así como la gestión de la contratación toda clase de seguros con relación a todos los bienes que forman parte del patrimonio del Consejo; inversiones y obras de reforma en todos los edificios, centros y dependencias propios. Gestión de los servicios generales del Consejo Insular no atribuidos expresamente a otro departamento. Impulso y ejecución de las políticas de eficiencia energética de los edificios e instalaciones del Consejo Insular; competencias en materia de patrimonio, excepto la gestión de la colección museográfica propiedad del Consejo Insular. Inicio, ordenación e instrucción de los expedientes de responsabilidad patrimonial, excepto los atribuidos específicamente a otro departamento. Planificación, dirección, coordinación y ejecución de la política de personal del Consejo Insular y gestión de la Escuela Mallorquina de Administración Pública (EMAP). Gestión de los servicios de protección civil, prevención y extinción de incendios y salvamento así como la dotación y gestión de las infraestructuras de telecomunicaciones del centro de mando avanzado de Bomberos.

- Queda adscrito al Departamento:

o  Parques de bomberos

Departamento de Bienestar Social

Coordinación de las actuaciones en materia de servicios socialesPlanificación, ordenación y gestión de las actuaciones en materia de servicios sociales; detección de las nuevas necesidades y proponer los recursos necesarios para poder abordarlas; desarrollo comunitario e integración. Desarrollo de las políticas de protección y atención a personas dependientes y a personas con discapacidad. Despliegue de una oferta general y específica de programas, servicios y recursos orientada a la cobertura de las necesidades sociales; desarrollo de políticas de atención a las personas y a los colectivos en situación de pobreza o necesidad social; complementos de la seguridad social no contributiva; voluntariado social; impulso y coordinación de todas las iniciativas, investigaciones y estudios de carácter social que puedan incidir en el bienestar de la población. Políticas de protección y atención a las personas menores. Apoyo técnico a los municipios de Mallorca en materia de actividades sociales

- Entidad adscrita al Departamento:

o Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales

Departamento de Territorio, Movilidad e Infraestructuras

Elaboración, impulso y tramitación de la formación, la modificación y la revisión de los instrumentos de planificación derivados que prevé (PRT, PMT y PE). Impulso de la publicación telemática e interoperable de los datos geográficos generados por el departamento así como asesorar los municipios en los aspectos relativos a la ejecución y adaptación del planeamiento municipal a los mencionados instrumentos de ordenación territorial (Oficina de Información Territorial); elaboración, impulso y tramitación de la formación, la modificación y la revisión de los planes directores sectoriales (PDS) y de sus instrumentos de despliegue. Esta elaboración e impulso se tiene que hacer en coordinación con los departamentos competentes por razón de la materia sectorial tratada cuando la tengan expresamente atribuida; elaboración, impulso y tramitación de los planes especiales de ordenación territorial (PEOT) en coordinación, si procede, con los departamentos relacionados con la materia; elaboración, impulso y tramitación de las normas territoriales cautelares (NTC); elaboración, impulso y tramitación de las instrucciones técnicas (IT) relativas a la ejecución, gestión y desarrollo de aspectos concretos de las determinaciones de los instrumentos de ordenación territorial previstos en la legislación vigente. Impulso y gestión de la política de paisaje del Consejo Insular en el marco del Convenio Europeo del Paisaje, de la normativa en la materia y de la Estrategia de Paisaje del Consejo Insular. Elaboración y ejecución de los proyectos de intervención paisajística promovidos por el Consejo; impulso del uso de los Sistemas de Información Geográfica para la generación y gestión de los datos de los instrumentos de ordenación territorial y sectorial, de la política de paisaje; elaboración de los informes previstos en la legislación de ordenación territorial y sectorial, y a los instrumentos de ordenación territorial, en conformidad con las previsiones que se contienen, en especial los de control de adecuación a Plan de aquellos instrumentos, programas o proyectos que se tramitan al amparo de los mencionados instrumentos de ordenación; elaboración, en coordinación con los departamentos relacionados con la materia, de los informes previstos en los planes directores sectoriales de Mallorca, en conformidad con las previsiones que se contienen, aprobados por el Consejo en especial los relativos a los servicios insulares en los términos previstos en la legislación sectorial; en general, gestión de las facultades administrativas contenidas en la legislación vigente que hagan referencia a la ordenación del territorio y el paisaje insular; las funciones del artículo 2 de la Ley autonómica 2/2001, de 7 de marzo, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de ordenación del territorio. Control de obras, instalaciones y actividades permitidas en la zona de servidumbre de protección prevista en la legislación de costas, siempre que se tengan que producir en terrenos clasificados de suelo urbano o de suelo urbanizable, o categoría equivalente; colaboración mediante convenios con los ayuntamientos en la redacción de instrumentos de planeamiento municipal así como efectuar los requerimientos que, si procede, se tienen que llevar a cabo para completar los expedientes de planeamiento urbanístico que el Consejo Insular tiene que resolver en trámite de aprobación definitiva, en los términos establecidos en la legislación y reglamentación urbanística aplicable; emitir los informes previstos en el artículo 36 de la Ley de suelo rústico de las Islas Baleares, en relación con la autorización de actividades relacionadas con el uso de la vivienda unifamiliar, y también los que la legislación y la reglamentación urbanística vigente prevén en relación con la autorización de usos u obras de carácter provisional. Otorgar las autorizaciones que se prevén en el artículo 20.2 de la Ley de suelo rústico de las Islas Baleares, en cuanto a inmuebles de especial protección; las autorizaciones previstas en la legislación urbanística relativas a actividades a ubicar en parcelas de más de un término municipal, y también las autorizaciones de declaración de interés general de dotaciones de servicios previstas en su artículo 30; efectuar las inscripciones que correspondan en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras del Consejo Insular en los términos previstos en la normativa aplicable; expedir cédulas de habitabilidad de edificios, viviendas y locales; ordenación de la ejecución de las obras de conservación o reforma cuando la legislación urbanística atribuya al Consejo Insular funciones en esta materia; atender las consultas que otras administraciones u organismos públicos formulen en relación con las materias propias del departamento, cuando esta atribución no esté asignada expresamente a otros órganos de la estructura del Consejo Insular, de acuerdo con el Reglamento orgánico o con la legislación sectorial. Iniciar, ordenar e instruir los expedientes de responsabilidad patrimonial del departamento. Gestión de las incidencias y emergencias relacionadas directamente con las carreteras; redacción y actualización del Plan Director Sectorial de Carreteras; planificación, emisión de informes y desarrollo de actuaciones relacionadas con la movilidad que afecten a la red viaria. Planificación y ejecución de obras de construcción, ampliación, explotación y mantenimiento de carreteras, aparcamientos públicos, viales cívicos y otras infraestructuras relacionadas directamente con las carreteras y caminos públicos, y también la administración y gestión de los que son de titularidad del Consejo Insular; tramitación de los expedientes de expropiación forzosa que afectan infraestructuras. Iniciar, ordenar e instruir los expedientes de responsabilidad patrimonial del departamento. Las relativas a la inspección técnica de vehículos e instalaciones, acceso y ejercicio de actividades.

• Queda adscrita al Departamento:

o Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca 

Departamento de Turismo

Información y promoción turística y apoyo a oficinas locales de información turística. Ordenación turística en los términos que se detallan en el Decreto de traspaso de las funciones y servicios inherentes a las competencias propias de este Consejo Insular que anteriormente ejercía la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Proyectos y actuaciones para el desarrollo de un turismo sostenible y de calidad. Mejora de la demanda y la hospitalidad.

Centros adscritos al Departamento:

o Oficinas de Información Turística del Consejo Insular

o Can Weyler

Entidades adscritas al Departamento:

o  Fundación Mallorca Turismo

o Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos

 Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local

Apoyo a los proyectos de promoción económica de los ayuntamientos y de las organizaciones y empresas locales e insulares, para el impulso del producto de proximidad; impulso de las líneas de ayuda y campañas para la modernización del comercio tradicional de proximidad y para el impulso de campañas de promoción del producto de proximidad; las relativas a la promoción económica y de apoyo, en cualquier ámbito y formato del comercio tradicional y de proximidad, del producto de proximidad. Tramitación de los expedientes de coordinación de los servicios municipales para garantizar la prestación integral y adecuada y para dar cumplimiento al mandato del artículo 26.2 de la Ley 7/1985; asistencia jurídica en los municipios de Mallorca y cooperar, y asistirlos técnicamente y proponerles los instrumentos para la cooperación económica; proponer la prestación de servicios de carácter supramunicipal y coordinar la prestación unificada de servicios municipales; proponer el ejercicio de las funciones de coordinación en los casos previstos en el artículo 116 bis de la Ley 7/1985; proponer los medios para la prestación de los servicios de recaudación y de apoyo en la gestión financiera en los municipios de menos de 20.000 habitantes; gestionar la prestación de los servicios de administración electrónica y de contratación centralizada en los municipios de menos de 20.000 habitantes; hacer el seguimiento de los costes efectivos de los servicios prestados por los municipios de la isla de Mallorca y proponer las medidas de colaboración correspondientes. Proponer la coordinación con la Comunidad Autónoma de la prestación del servicio de mantenimiento y limpieza de los consultorios médicos en los municipios con población inferior a 5.000 habitantes; elaborar el proyecto de Plan Insular de Obras y Servicios, planes especiales y otros instrumentos específicos de colaboración con los municipios. Apoyar a los municipios para tramitar ayudas europeas y la Agenda local 21. Asistir a los ayuntamientos en la transformación digital y la implantación de la administración electrónica; asesorar a las corporaciones locales para la adecuada gestión de las implantaciones de informática local; ofrecer servicios y aplicaciones informáticas de forma centralizada que mejoren la gestión municipal y reduzcan costes a los ayuntamientos. Impulsar medidas en materia telemática que posibiliten una mejor coordinación y conexión en el ámbito de la administración local. Prestar apoyo en la selección y formación del personal de los ayuntamientos. Apoyo a los ayuntamientos sobre aplicaciones y conceptos relacionados con el manejo de datos geográficos y realización de la encuesta de infraestructuras y equipamientos locales. 

2. Publicar este Decreto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, que entrará en vigor el mismo día en que se publique.

3. Publicar este Decreto en la Sede electrónica del Consejo Insular de Mallorca.

4. Derogar todas las disposiciones de rango igual o inferior que se opongan a lo establecido en este Decreto.

5. Dar cuenta al Pleno en la primera sesión que tenga lugar.

 

Palma, 28 de julio de 2023

El presidente del Consejo Insular de Mallorca Llorenç S. Galmés Verger