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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 484512
Convocatoria becas económicas para estudios postobligatorios curso 22/23

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobadas por la Junta de Gobierno Local 2023/29, en sesión ordinaria celebrada el día 14/07/2023, las Bases de la Convocatoria de las Becas para estudios postobligatorios curso 2022/2023, se hace pública la presente convocatoria:

"CONVOCATORIA BECAS PARA ESTUDIOS POSTOBLIGATORIOS CURSO 2022/2023

1.- OBJETO

El objeto de esta convocatoria es regular las ayudas que conceda el Ayuntamiento de Andratx a los estudiantes que cursan estudios postobligatorios (bachiller, ciclo formativo, estudios universitarios, estudios de régimen especial y/o estudios que conduzcan en un título oficial) durante el curso 2022/2023 con independencia del centro en el que estén matriculados para sufragar los gastos consistentes en escolarización, libros, alojamiento, material escolar, actividades de refuerzo y programas especiales de educación así como los gastos derivados del transporte de los alumnos en el centro educativo matriculados.

2.- REQUISITOS

- Estar matriculado en un curso postobligatorio (bachiller, ciclo formativo, universitario, estudios de régimen especial y/o estudios que conduzcan a la obtención de un título oficial).

- Estar empadronado en el municipio de Andratx.

- Estar al corriente de las obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores por cualquier otro concepto tributario. De no ser así, tendrán 10 días hábiles para resolver la deficiencia detectada.

- El simple hecho de presentar la solicitud de las becas 2022/2023 supone aceptarlas y en caso de falsedad u omisión total o parcial de la documentación presentada se incurrirá en responsabilidad.

- Se establece la compatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre y cuando la cuantía total de todas las ayudas no supere los gastos.

3.- DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR LA AYUDA.

Para solicitar esta ayuda se tendrá que presentar la solicitud (que se encuentra en la página www.andratx.cat) debidamente rellenada con la siguiente documentación:

- DNI del estudiante, y del padre y de la madre (o tutores) en caso de ser menores.

- Matrícula, o cualquier documento oficial que acredite estar cursando un estudio postobligatorio, curso 2022/2023 y donde figuren los créditos matriculados.

- Documento de transferencia bancaria a nombre de la persona que solicita la ayuda, facilitadadad por el Ayuntamiento de Andratx. (www.andratx.cat).

- Justificación según el apartado 8 de la presente convocatoria.

4.- PLAZO Y PRESENTACIÓN

Las solicitudes se podrán presentar de acuerdo con el que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas de las siguientes formas:

- TELEMÁTICAMENTE: a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx (https://andratx.sedelectronica.es/) por su trámite específico establecido. Para poder llevar a cabo un registro telemático hay que disponer de un certificado electrónico o DNI electrónico o Cl@ve pin. (obligatorio para los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con las administraciones por el artículo 14.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Islas Baleares, y opcional para las personas físicas).

- PRESENCIALMENTE (solo para personas físicas): en el SAC (Servicio de Atención a la Ciudadanía) del Ayuntamiento de Andratx obligatoriamente con cita previa que puede solicitar a www.andratx.cat (de 08:30 a 13:30 de lunes a viernes) o en cualquiera de las oficinas de registro de la Administración autonómica, de la Administración General del Estado, del resto de comunidades autónomas o de las entidades que integran la Administración local. Además, también podéis enviar la documentación por correo postal (solo para personas físicas). En este caso, tenéis que presentar los documentos dentro de un sobre abierto, a fin de que el personal de la oficina de Correos pueda indicar, mediante el sello oficial, el lugar, la fecha y la hora exacta en que se ha efectuado el registro. Estos datos también quedarán anotados en el resguardo justificativo de la presentación.

Los sujetos obligados según el artículo 14.2 y 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas son: las personas jurídicas, entidades sin personalidad jurídica, quienes realizan una actividad por la que se requiera colegiarse obligatoriamente para los trámites que realizan con las Administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles, quienes representan a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración y el personal funcionario de las Administraciones Públicas por los trámites y actuaciones que realicen en su condición de funcionarios-se.

El plazo de presentación de solicitudes será de día 1 de agosto a 31 de agosto de 2023.

5.- NATURALEZA DE LAS AYUDAS

Son de carácter voluntario y temporal; no serán citables como precedente y no se podrá exigir aumento o revisión de la cantidad asignada.

El importe de las subvenciones establecidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas otras Administraciones Públicas, u otros organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario (artículo 4.7 de la Ordenanza General de Subvenciones). De ser así, el interesado lo tendrá que poner en conocimiento del Ayuntamiento de Andratx a los efectos oportunos.

En caso de no hacerlo, se tendría que iniciar en contra del solicitante el oportuno procedimiento sancionador.

6.- CUANTÍAS

No podrá gastarse más del presupuestado para esta subvención.

ESTUDIOS

Importe máximo

Bachillerato y Ciclos Formativos en el Término Municipal de Andratx

250.-€

Bachillerato, Ciclos Formativos y estudios de régimen especial fuera del Término Municipal de Andratx

350.-€

Estudios universitarios en la isla de Mallorca: 8.-€ por crédito.

450.-€

Estudios universitarios (fuera de la isla de Mallorca): 12.-€ por crédito.

550.-€

Si en la hora de determinar las ayudas correspondientes a las solicitudes, el crédito presupuestario no fuera suficiente para concederlas todas, se reducirían proporcionalmente las cuantías resultantes hasta que no se supere el importe global de la concesión presupuestaria.

7.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

El procedimiento de concesión de la subvención es por concurrencia competitiva. Una vez acabe el plazo para presentar las solicitudes de subvención, se comprobará si estas reúnen los requisitos exigibles; en caso contrario, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles, resuelva la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación que, si así no lo hiciera se tendrá por desistida su petición, la cual se archivará previa resolución que tendrá que ser dictada en los términos del arte. 68 de la Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A continuación se estudiarán y comprobarán los requisitos generales de las solicitudes presentadas y será el órgano instructor, el regidor delegado del Área de Educación, quien formulará la propuesta de resolución debidamente motivada por la Junta de Gobierno Local.

Las ayudas concedidas serán objeto de publicación en el tablón de anuncios, en la página web de este Ayuntamiento, y a la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y no serán objeto de notificación individual. Por otra parte, las solicitudes resueltas negativamente, sí serán objeto de notificación individual. Contra la resolución de estas ayudas se podrá interponer un recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo organismo que lo ha resuelto, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

8.- JUSTIFICACIÓN

Justificación del gasto mediante factura o justificantes de gasto relacionado con el objeto de la beca consistentes en: escolarización, libros, material escolar, actividades de refuerzo y programas especiales de educación así como los gastos derivados del transporte de los alumnos en el centro educativo matriculados durante el mencionado curso. Junto con la factura tiene que estar el justificante correspondiente de pago donde quede claramente especificado o demostrado que la factura ha sido pagada, mediante transferencia o ticket que especifique claramente que está correctamente pagado.

9.- PAGO

La dotación económica total de la partida presupuestaria prevista a los presupuestos del Ayuntamiento de Andratx por las ayudas económicas en los estudios postobligatorios para el curso 2022/2023 es de 80.000,00.- € a cargo de la partida presupuestaria 326.48100.

10.- DERECHO SUPLETORIO

En todo aquello que no se prevé en esta convocatoria, será de aplicación la Ordenanza Municipal reguladora de la concesión de ayudas y subvenciones; la Ley 39/2015, de 1 de octubre 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y su Reglamento.

11.- PUBLICACIÓN

Publicar esta Convocatoria en el BOIB, en el tablón de anuncios, en la página web del Ayuntamiento y a la BDNS."

Lo cual se hace público por su conocimiento general.

 

(Firmado electrónicamente: 24 de julio de 2023

La alcaldesa presidenta Estefanía Gonzalvo Guirado)