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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 475022
Régimen de dedicación, retribuciones y asistencias de los miembros de la corporación, y asignaciones económicas a los grupos políticos municipales

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Texto

(Exp. nº 731/2023)

 HECHOS

El pasado 28 de mayo tuvieron lugar las elecciones locales. Una vez constituido el nuevo Ayuntamiento en fecha 17 de junio de 2023, es necesario establecer el régimen de dedicación y de retribuciones de los miembros de esta Corporación.

Los siguientes concejales mantienen relación laboral en:

  • Antoni Mateu Morro: Comercial Mallorquina de Begudes SL
  • María Angustias Cabañero Lavara: S'Empitado SLU
  • Maria Antònia Martorell Campins: Comunidad Autónoma de las Illes Balears
  • Victor Manuel Peco Campins: Camp Mallorquí Fruits S.Coop.
  • Gabriel Alexandre Ferrer Isern: Comunidad Autónoma de las Illes Balears

FUNDAMENTOS DE DERECHO

1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de régimen local (LRBRL) y en el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, los miembros de las Corporaciones Locales tienen derecho a percibir retribuciones por el ejercicio de su cargo, así como a percibir indemnizaciones en la cuantía y condiciones que establezca el Pleno de la Corporación, en concepto de asistencias por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de los que forman parte.

2.- El artículo 75 bis de la Ley 7/1985 y la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, dispone que el límite máximo total que pueden percibir los miembros de las Corporaciones Locales por todos los conceptos retributivos y asistencias será, para los ayuntamientos de entre 5.001 y 10.000 habitantes, de 52.272,61 € anuales.

3.- Artículo 75,2, párrafo final, LRBRL: los miembros de las corporaciones locales que sean personal de las administraciones públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes solamente podrán percibir retribuciones por su dedicación parcial a sus funciones fuera de su jornada en sus respectivos centros de trabajo, en los términos señalados en el art. 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

4.- El artículo 75 ter LRBRL determina que en el caso de ayuntamientos de municipios con una población comprendida entre 3.001 y 10.000 habitantes, el número máximo de miembros que podrán prestar sus servicios en régimen de dedicación exclusiva será de tres.

 ACUERDOS

Por todo ello, el Pleno del ayuntamiento, en sesión celebrada el día 26 de junio de 2023, acordó:

PRIMERO. Establecer, con efectos desde el día 17 de junio de 2023, el siguiente régimen de dedicaciones y retribuciones:

Nombre

Cargo

Régimen de dedicación

Retribución

Llorenç Perelló Rosselló

Alcalde

Exclusiva

46.000,00 €

Antoni Mateu Morro

Concejal delegado

Exclusiva

29.400,00 €

María Angustias Cabañero Lavara

Concejala delegada

Parcial (25%)

7.350,00 €

Gabriel Alexandre Ferrer Isern

Concejal delegado

Parcial (25%)

7.350,00 €

Victor Manuel Peco Campins

Concejal delegado

Parcial (25%)

7.350,00 €

Maria Antònia Martorell Campins

Concejala delegada

Parcial (25%)

7.350,00 €

 Los importes establecidos anteriormente se corresponden con importes brutos anuales, y percibirán en 14 pagas. El porcentaje de dedicación se calculará sobre un total de 35 horas semanales.

Estos importes se incrementarán anualmente en los mismos términos que los incrementos retributivos del personal del ayuntamiento de Alaró.

Además, a aquellos miembros que sean funcionarios o personal laboral público tendrán derecho a percibir los trienios y otros complementos retributivos que les pudiera corresponder de acuerdo con la legislación vigente.

De forma transitoria y hasta el 30 de junio de 2023, incluido, el régimen de dedicación del concejal Antoni Mateu Morro será parcial con un 25% de dedicación.

 SEGUNDO. Dar de alta en la Seguridad Social a las personas mencionadas en el apartado anterior, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales.

 TERCERO. Establecer, con efectos desde el día 17 de junio de 2023, a favor de los miembros de la Corporación no incluidos en el apartado anterior, el régimen de asistencias e indemnizaciones por asistencia a las sesiones de los órganos colegiados que se detallan a continuación.

Asistencia al Pleno

90,00 €

Asistencia a la Junta de Gobierno Local

180,00 €

Asistencia a la Comisión Informativa

65,00 €

Asistencia a la Comisión de Cuentas

65,00 €

 Estos importes se incrementarán anualmente en los mismos términos que los incrementos retributivos del personal del ayuntamiento de Alaró

 CUARTO. Asignar, con efectos desde el día 17 de junio de 2023, a los grupos políticos municipales, una dotación económica mensual para gastos realizados en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo con el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por los importes siguientes:

Por cada grupo

35,00 €

Por cada miembro

10,00 €

 Esta asignación no se podrá destinar a pagar remuneraciones de personal de ningún tipo al servicio de la corporación ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial.

Los grupos políticos deberán llevar una contabilidad específica de esta dotación, y deberán ponerla a disposición del Pleno de la corporación cuando éste lo pida.

 QUINTO. Establecer, con efectos desde el día 17 de junio de 2023 el régimen de indemnizaciones por gastos de viaje en vehículo particular para asistir a jornadas, reuniones o similares en representación de la corporación, de acuerdo con las condiciones e importes que establece el Decreto 16/2016, de 8 de abril, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears.

Asimismo, se indemnizará también los gastos en transporte público y aparcamiento por el mismo motivo. En este caso se deberá aportar el comprobante de pago.

 SEXTO.

1. Informe de compatibilidad sobre el concejal con dedicación parcial Antoni Mateu Morro:

Primer trabajo: Comercial Mallorquina de Begudes SL

a) naturaleza jurídica de la relación de empleo: miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejal delegado de mantenimiento, servicios y cementerio; con dedicación parcial transitoria.

b) régimen de dedicación: 9,5 horas/semana (25 %)

c) jornada: de lunes a jueves, de 19 a 21 h. y viernes, de 19 a 20'30 h.

d) retribuciones a percibir: 525,00 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial: 17.06.2023 a 30.06.2023

f) conclusión sobre la compatibilidad: favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

 2. Informe de compatibilidad sobre la concejala con dedicación parcial Maria Angustias Cabañero Lavara:

Primer trabajo: S'Empitado SLU

a) naturaleza jurídica de la relación de empleo: miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejala delegada de servicios sociales, sanidad, feria y mercado; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación: 9,5 horas/semana (25 %)

c) jornada: de lunes y miércoles, de 8 a 11 h. y jueves, de 8 a 11'30h.

d) retribuciones a percibir: 525,00 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial: 17.06.2023

f) conclusión sobre la compatibilidad: favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

 3. Informe de compatibilidad sobre el concejal con dedicación parcial Gabriel Alexandre Ferrer Isern:

Primer trabajo: Comunidad Autónoma de las Illes Balears (docente de la Conselleria d'Educació i Formació Professional)

a) naturaleza jurídica de la relación de empleo: miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejal delegado de juventud y protección civil; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación: 9,5 horas/semana (25 %)

c) jornada: lunes, martes y jueves, de 16 a 19'15 h.

d) retribuciones a percibir: 525,00 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial: 17.06.2023

f) conclusión sobre la compatibilidad: favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

 4. Informe de compatibilidad sobre el concejal con dedicación parcial Victor Manuel Peco Campins:

Primer trabajo: Camp Mallorquí Fruits S.Coop.

a) naturaleza jurídica de la relación de ocupación: miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejal delegado de deportes y medio ambiente; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación: 9,5 horas/semana (25 %)

c) jornada: lunes, martes y jueves, de 16 a 19'15 h.

d) retribuciones a percibir: 525,00 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial: 17.06.2023

f) conclusión sobre la compatibilidad: favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

 5. Informe de compatibilidad sobre la concejala con dedicación parcial Maria Antònia Martorell Campins:

Primer trabajo: Comunidad Autónoma de las Illes Balears (docente de la Conselleria d'Educació i Formació Professional)

a) naturaleza jurídica de la relación de empleo: miembro electo del ayuntamiento de Alaró, concejala delegada de educación, igualdad e infancia; con dedicación parcial

b) régimen de dedicación: 9,5 horas/semana (25 %)

c) jornada: lunes, martes y jueves, de 16 a 19'15 h.

d) retribuciones a percibir: 525,00 € mensuales (14 pagas / año)

e) fecha de efectos del régimen de dedicación parcial: 17.06.2023

f) conclusión sobre la compatibilidad: favorable, siempre que no coincida con el horario de dedicación al ayuntamiento de Alaró.

 Lo que hacemos público para general conocimiento.

Recursos

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de su publicación.

b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno del ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de su publicación. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma.

No obstante lo anterior, puede ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Alaró, en la fecha de la firma electrónica (19 de julio de 2023)

El alcalde Llorenç Perelló Rosselló