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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO DE MALLORCA

Núm. 470359
Delegación de funciones al director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca de 15 de diciembre de 2022, se nombró como Director Gerente de la Agencia de Defensa del Territorio al Sr. Bartomeu Tugores Truyol

Visto lo que dispone el artículo 16.2 de los Estatutos de la Agencia, son funciones de la Presidencia:

“...

e) Resolver los expedientes sancionadores por infracción urbanística tramitados por la Agencia cuando el instructor o instructora del procedimiento proponga una sanción igual o inferior a 60.000 euros.

f) En general, corresponden al presidente o presidenta todas las restantes atribuciones resolutorias que no estén expresamente conferidas por estos Estatutos a otros órganos de la Agencia, y en concreto en relación con:

  • Los procedimientos de responsabilidad patrimonial por actos de la Agencia.
  • La reducción parcial de sanciones recogida en el artículo 176.2 de la LUIB.
  • La ejecución de resoluciones judiciales.”

De acuerdo con lo que dispone el artículo 16.3 de los mencionados Estatutos:

“La Presidencia puede delegar en el director o directora gerente el ejercicio de las atribuciones previstas en las letras e) y f) del apartado anterior.”

Visto lo anterior y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 16.3 de los Estatutos de la Agencia, he dictado el siguiente:

DECRETO

1º.- Delegar en el director gerente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca el ejercicio de las siguientes atribuciones correspondientes a la Presidencia, recogidas en los apartados e) y f) del artículo 16.2 de los Estatutos de la Agencia:

1. Resolver los expedientes sancionadores por infracción urbanística tramitados por la Agencia cuando el instructor o instructora del procedimiento proponga una sanción igual o inferior a 60.000 euros.

2. Todas las restantes atribuciones resolutorias que no estén expresamente conferidas por estos Estatutos en otros órganos de la Agencia, y en concreto en relación con:

a. Los procedimientos de responsabilidad patrimonial por actos de la Agencia.

b. La reducción de sanciones recogida en el artículo 176.2 de la LUIB.

c. La ejecución de resoluciones judiciales.

d. La representación y defensa en actuaciones judiciales.

e. Las funciones provisionalmente ejercidas por la Presidencia mientras el Consejo de Dirección no se constituya tal como prevé el artículo 13 de los Estatutos de la Agencia.

2º.- Comunicar a los efectos oportunos el presente Decreto al interesado y a los órganos del Consejo de Mallorca recogidos en el artículo 21.2 de los Estatutos de la Agencia.

3º.- Publicar este Decreto para general conocimiento en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Lo manda y firma al presidente de la Agencia de Defensa del Territorio de Mallorca.

 

(Firmado electrónicamente: 17 de julio de 2023 El presidente Fernando Rubio Aguiló)