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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 459386
Resolución del director de AETIB por la que se realiza una corrección de errores advertidos en la Resolución del director de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB) por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo por el sistema de concurso de méritos de la plaza L03530001

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Texto

Antecedentes

En el BOIB núm. 157 de 3 de diciembre de 2022 se publicó la Resolución de la presidencia de la AETIB por la que se da cumplimiento al Acuerdo del Conejo de Dirección de día 3 de noviembre de 2022 por la cual se aprueban los criterios comunes y las convocatorias específicas bajo la modalidad de concurso de méritos de acuerdo con la oferta pública de estabilización para el año 2022 correspondiente al personal laboral de la AETIB aprobada por el Consejo de Dirección de 24 de mayo de 2022, de conformidad con la Disposición Adicional Sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la  temporalidad en el empleo.

En el BOIB núm. 17, de 7 de febrero de 2023, se publicó la Resolución del director de la AETIB de designación de los órganos de selección de las convocatorias del proceso selectivo de estabilización mediante la modalidad concurso de mérito y la modalidad  concurso oposición para el acceso como personal fijo de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Balears (AETIB). En el apartado quinto consta como Grupo E (chófer).

En BOIB núm. 93, de 8 de julio de 2023, se publicó la Resolución del director de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Balears (AETIB) por la cual se aprueba la lista definitiva de aspirantes que han superado el proceso de selección del concurso de méritos de la AETIB Grupo E.

De una primera lectura de ambas resoluciones se ha advertido un error material referente a la categoría de la plaza L03530001 de conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo de la AETIB donde esta plaza consta con la categoría Ordenanza y Grupo D.

Fundamentos de derecho

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que "Las administraciones podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos".

El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que “ la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.”

Convocatoria específica sobre la modalidad de concurso de méritos de acuerdo con la oferta pública de estabilización del año 2022 correspondiente al personal laboral de la AETIB aprobada por Consell de Dirección de 24 de mayo de 2022, de acuerdo con la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación.

Por todo ello, dicto la siguiente,

Resolución

Primero. – Corregir el error advertido en todas las resoluciones de este proceso selectivo visto que la categoría de la plaza L03530001 corresponde a la Categoría D,

  • En todo donde dice “Ordenanza Grupo E”
  • Debe decir “ Ordenanza- Chofer Grupo D”.

Segundo. - El plazo para la formalización del contrato laboral y para la incorporación efectiva en su puesto de trabajo será de tres días y empezará a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución de corrección de errores en el BOIB.

Tercero. – Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Balears, en la web de AETIB y en el tablón de anuncios de la AETIB.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el presidente o del director de la AETIB en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber publicado la resolución de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en concordancia con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (11 de julio de 2023)

El director de la AETIB, en funciones (Art. 27 de la Ley 1/2019 de 31 de enero, del Gobierno de las  Islas Baleares) Francesc Mateu Aguiló