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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE LLOSETA

Núm. 459365
Acuerdos plenarios de fecha 28/06/2023

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Texto

De conformidad con lo que dispone el artículo 44.2 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, y el art. 45 de la Ley 39/15, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace público para el general conocimiento los acuerdos adoptados por el plenario de la Corporación de fecha 28/06/23:

“1. DAR CUENTA DE LA RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA DE CREACIÓN DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL: COMPETENCIAS DELEGADAS, MIEMBROS INTEGRANTES

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA 2023-0497

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Lloseta, de conformidad con las facultades y atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las bases del Régimen Local en su art. 21 en relación con el artículo 23 por el artículo 52.1 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre.

Dada la existencia obligatoria de La Junta de Gobierno Local en los municipios de más de 5.000 habitantes tal y como establecen los (art. 20.1 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local -LBRL -, art 23 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares (LMRLIB-), y 35.2 d) del ROF.

Su composición y de conformidad con el art. 52.2 ROF será para el caso del municipio de Lloseta de la Alcaldesa y cuatro concejales o concejalas.

Sus competencias vienen dadas por la asistencia al alcalde en el ejercicio de sus funciones, y las atribuciones que el alcalde u otro órgano le deleguen o atribuyan las leyes.

De conformidad con lo anterior,

RESUELVO

PRIMERO.- Crear la Junta de Gobierno Local, la cual estará presidida por la alcaldesa e integrada por los siguientes cuatro concejales o concejalas:

Alcaldesa – Presidenta: Angelina Pérez Sánchez

Concejal: Toni Pérez Valverde

Concejal: Javier González Bordas

Concejala: Francisca Campins Fernández

Concejal: Miquel Reus Pérez

SEGUNDO.- La Junta de Gobierno Local, entre otros, tendrá asignadas las siguientes atribuciones:

CONTRATACIÓN

- La aprobación de los expedientes de contratación de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público de aquellos contratos en los que la presidencia del Ayuntamiento de Lloseta ejerza como órgano de contratación por aplicación de la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público.

- La adjudicación de los contratos menores a los que hace referencia la BASE 28.5 de las Bases de ejecución del presupuesto por tener un importe superior a 5.000 euros.

SUBVENCIONES

- La concesión de subvenciones en cualquier cuantía, siempre que tengan cobertura presupuestaria.

PERSONAL

- La aprobación de bases reguladoras de procesos selectivos para la incorporación de personal al servicio del ayuntamiento de Lloseta.

- La aprobación de la oferta pública de empleo.

- La asignación de complementos de productividades de acuerdo con el reglamento de productividades del Ayuntamiento de Lloseta.

URBANISMO

- La concesión de licencias urbanísticas y actividades.

- La concesión de licencias de ocupación del suelo, subsuelo y vuelo de las vías públicas cuando requieran el otorgamiento de una licencia previa.

- La concesión de vados y otras reservas de estacionamiento

- La aprobación de proyectos de obra cuando la competencia corresponda a alcaldía.

- La resolución de expedientes de disciplina urbanística.

BIENES

- El otorgamiento de autorizaciones o concesiones demaniales cuando la competencia corresponda a Alcaldía.

- El otorgamiento del derecho de uso de espacios municipales.

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

- La resolución de expedientes de responsabilidad patrimonial competencia de Alcaldía.

CONVENIOS

- La aprobación de convenios cuando la competencia para su aprobación corresponda a alcaldía.

TERCERO.- Ámbito de la Delegación de atribuciones:

Será con toda su extensión, incluida la resolución de recursos administrativos, y en concordancia con las materias conexas previstas en el RD 781/1986 de 18 de Abril, el RD 2568/1986 de 28 de noviembre, y demás legislación estatal o autonómica.

CUARTO.- Condiciones específicas de ejercicio de las atribuciones:

a) El Alcalde se reserva la potestad de avocación de las competencias delegadas en la Junta de Gobierno Local.

La avocación implica la recuperación por la Alcaldía de la competencia resolutoria para decidir en un caso particular. La potestad de avocación se ejercerá en régimen excepcional, y cuando apreciadas las circunstancias del caso, no se pueda demorar la resolución hasta la próxima sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local, o por la escasa importancia del asunto no sea necesaria la convocatoria de sesión extraordinaria.

b) No se entenderán delegadas en la Junta de Gobierno Local aquellas competencias atribuidas al Alcalde por la legislación estatal o autonómica, que por su propia naturaleza no sean susceptibles de ejercicio por un órgano colegiado.

QUINTO.- La Junta de Gobierno Local celebrará sesión ordinaria con periodicidad quincenal, en primera convocatoria, los miércoles a las 14:30 horas (o al día siguiente hábil si fuera festivo).

Si en primera convocatoria no existiera el quórum de constitución necesario, se entenderá convocada la sesión automáticamente a la misma hora, 24 horas después.

SEXTO.- Designar, de entre los miembros de la JGL como Primer Teniente de Alcalde al Sr. Javier González Bordas, y como Segundo Teniente de Alcalde a Dª. Francisca Campins Fernández

SÉPTIMO.-De la presente Resolución se dará conocimiento al Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose, además personalmente a los designados, y se publicará en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la presente resolución, conforme se indica en el artículo 52.4 del RD 2568/1986."

Los miembros del plenario se dan por enterados.

2. DAR CUENTA DE LAS RESOLUCIONES DEL ALCALDE EN MATERIA DE DELEGACIONES A TENIENTES ALCALDE Y CONCEJALES.

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA 2023-0506

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Lloseta, de conformidad con el artículo 43.5 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO: Nombrar a los siguientes Concejales-Delegados de las áreas:

1.- RELACIONES INSTITUCIONALES, ECONOMÍA Y HACIENDA, JUVENTUD Y OCIO, TURISMO

Se reserva a la Alcaldía:

  • Competencias Relaciones Institucionales: protocolo, Boletín Informativo del Ayuntamiento, colaboración con otras administraciones.
  • Competencias Economía y Hacienda: Tributos, contribuciones, tasas, impuestos, precios públicos; elaboración, ejecución y liquidación del presupuesto; contabilidad municipal; competencia en materia de gestión presupuestaria (ingresos y gastos). Aprobación de facturas y gastos municipales en ejecución de las previsiones presupuestarias.
  • Competencias Juventud y Ocio: Centro de información y documentación juvenil (información, formación, asesoramiento...), servicios a jóvenes (actividades culturales, tiempo libre...), Consejo Municipal de Juventud; las demás competencias conexas, etc.; Gestión Infraestructuras juveniles de Sa Mina de Sa Truiola.
  • Competencias Turismo: Fomento y colaboración con los establecimientos turísticos; información sobre ayudas dirigidas al sector, campañas de promoción, infraestructuras de mejora de la actividad turística, etc.; Gestión del Convento.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

2.- AREA DE SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD, EDUCACIÓN, SANIDAD Y CONSUMO, FOMENTO Y EMPLEO

Concejala Delegada: Silvia Muñoz Arreza

  • Competencias Servicios Sociales: Asistencia social, proyectos del Plan de Prestaciones Básicas del CIM, gestión centro tercera edad, Centro de día, colaboración con los servicios del Estado y de la CAIB (IBAS, instituto de la Dona, etc.) Conferencias y actividades; relaciones con entidades y asociaciones (Cruz Roja, Donantes de Sangre, etc.)
  • Competencias de ayuda a domicilio: coordinación de los servicios de asistencia domiciliaria de la Corporación.
  • Competencias Educación: Colaboración en la gestión de los centros de enseñanza, representación en el Consejo Escolar, relaciones con las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos, Claustro de Profesores, Escuela de Adultos, Cursillos de Formación, relación con la 'Administración educativa, gestión biblioteca municipal, escuela de música, gestión de nuevas infraestructuras educativas, aulas de estudio, escuela de verano; las demás materias conexas, etc.
  • Competencias Sanidad y Consumo: Gestión Unidad Sanitaria Escolar, control de calidad alimentos y agua potable, higiene actividades públicas, piscinas municipales, mercado municipal, cementerio; las demás competencias conexas; campañas sobre consumo; colaboración en la recepción de quejas sobre consumo.
  • Competencia de Fomento y Empleo: Fomento y políticas de empleo, cursillos de formación.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

3.- AREA DE FERIAS Y FIESTAS, Y PATRIMONIO

Concejal Delegado: Toni Pérez Valverde

  • Competencias Ferias y Fiestas: Organización de la Feria de Sa Sabata, de las fiestas patronales y del Cocó, así como de las demás actividades lúdico-festivas que se celebran en el municipio.
  • Competencias Patrimonio: Gestión y conservación del patrimonio municipal.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

4.- PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y TRANSPARENCIA, COMUNICACIÓN Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, CULTURA, MOVILIDAD

Concejal delegado: Javier González Bordas

  • Competencias Participación y Transparencia: Fomento de la participación ciudadana, registro municipal de Asociaciones; relaciones con entidades y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones en el ámbito de transparencia que tenga la entidad.
  • Competencias de Comunicación: coordinar los mecanismos de comunicación de la Corporación.
  • Competencias Nuevas Tecnologías: Implantación y mejora nuevas tecnologías y Administración electrónica.
  • Competencias Cultura: Archivo Municipal, relaciones con todas las entidades vecinales, Gestión del Casal de Cultura de Ca S'Hereu, exposiciones conferencias, tiempo libre, etc.; las demás competencias conexas y gestión del Teatro municipal.
  • Competencias de Movilidad: planificación y gestión de las políticas de movilidad del Ayuntamiento y coordinación con entidades supramunicipales en el ámbito de referencia.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

5.- AREA DE URBANISMO, OBRAS PROPIAS, LIMPIEZA DE EDIFICIOS MUNICIPALES, SERVICIOS DE AGUA Y SANEAMIENTO.

Concejala delegada: Antonia Massanet Fernández.

  • Competencias Servicios Agua y Saneamiento, Servicios de Alcantarillado y Aguas Pluviales: Control y seguimiento de los servicios de abastecimiento de agua potable, saneamiento, alcantarillado y evacuación de pluviales.
  • Competencias de Urbanismo: Planeamiento Urbanístico (NN.SS, Planes Parciales, Planes Especiales, Proyectos de Urbanización y dotación de Servicios). Gestión Urbanística (ejecución de programas de actuación, reparcelaciones, valoraciones, conservación de urbanizaciones). Disciplina urbanística (Licencias urbanísticas, Licencias de actividad y apertura; órdenes de ejecución, alineaciones y rasantes, etc.)
  • Competencia de Obras propias: Gestión, control de seguimiento de las obras municipales.
  • Competencia de Limpieza de Edificios Municipales: Gestión y organización de los servicios de limpieza de edificios e instalaciones municipales.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

6.- AREA DE DEPORTES, MEDIO AMBIENTE Y AGRICULTURA, COMERCIO E INDUSTRIA

Concejal delegado: Miquel Reus Pérez

  • Competencias Deportes: Organización actividades deportivas, gestión de las instalaciones, organización del trabajo del personal adscrito al área; relación con las entidades deportivas, relación con la administración deportiva del Estado y CAIB.
  • Competencias Medio Ambiente: Defensa de la naturaleza, Área Recreativa Es Puig y otros, contaminación atmosférica, acústica, extinción de incendios, gestión del punto verde, etc.
  • Competencias en Agricultura: Colaboración con las organizaciones de campesinos; información sobre ayudas dirigidas al campo, campañas de vacunación, redes de riego, etc.
  • Competencias Gestión de la Piscina Municipal.
  • Competencias Comercio: Fomento y colaboración con las organizaciones de comerciantes, información sobre ayudas dirigidas al sector, campañas de promoción, infraestructuras de mejora de la actividad comercial, campañas de rotulación en catalán, etc.
  • Competencias Industria: Colaboración con sector de la industria local; atención preferente a la actividad del calzado; información sobre ayudas dirigidas al sector, campañas de promoción, infraestructuras de mejora de la actividad industrial, etc.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

7.- SERVICIO DE CONTRATACIÓN, SERVICIOS MUNICIPALES, POLICÍA Y RECURSOS HUMANOS

Concejala Delegada: Francisca Campins Fernández

  • Competencias de contratación: Obras, Suministros, servicios y demás contratos.
  • Competencias Servicios Municipales: Mantenimiento de edificios públicos, servicio de alumbrado público, limpieza de calles, pavimentación de calles, caminos rurales, arbolado, zonas verdes municipales, etc.
  • Competencias Recursos Humanos: Servicio de personal; negociación colectiva, relación con los representantes del personal, ordenación administrativa, régimen interior, informática, plantilla, relación de puestos de trabajo, oferta de empleo público, Padrón Municipal de Habitantes, Censo Electoral, Estadística; las demás competencias conexas, etc.
  • Competencias Policía Local: Seguridad ciudadana y lugares públicos ordenación del tráfico viario y circulación, protección civil, cumplimiento de las normas de derecho local (Policía administrativa, espectáculos y establecimientos públicos, cumplimiento ordenanzas, bandos, actas y acuerdos) policía administrativa derivando de leyes sectoriales. Cooperación con los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad Policía Judicial; las demás competencias conexas.
  • Organización del personal adscrito a las áreas.

SEGUNDO: En general, las Delegaciones conferidas son del tipo b), contempladas en el citado artículo 43.5, relativas a un determinado servicio. En este caso la Delegación comprenderá la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, pero no incluirá la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

TERCERO: De la presente Resolución se dará conocimiento al Pleno en la primera sesión que celebre notificándose, además, personalmente a los designados, y se publicará en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la presente resolución.

Los miembros del plenario se dan por enterados

3. DAR CUENTA DE LA CONSTITUCIÓN DE LOS GRUPOS POLÍTICOS, DE SUS INTEGRANTES Y SUS PORTAVOCES

COMUNICACIÓN DE ALCALDÍA

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Lloseta, de acuerdo con lo previsto en el art. 25 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales (ROF),

Se da conocimiento de la constitución de los grupos políticos municipales:

Grupo Municipal MES POR LLOSETA

  • Portavoz Titular: Angelina Pérez Sánchez
  • Portavoz Suplente: Silvia Muñoz Arreza
  • Portavoz Suplente: Toni Pérez Valverde
  • Miembros Integrantes del Grupo: Angelina Pérez Sánchez, Sílvia Muñoz Arreza y Toni Pérez Valverde

Grupo Municipal PARTIDO SOCIALISTA DE LAS ILLES BALEARS

  • Portavoz Titular: Francisca Campins Fernández
  • Portavoz Suplente: Miquel Cosme Reus Pérez
  • Portavoz Suplente: Antonia Massanet Fernández
  • Miembros Integrantes del Grupo: Francisca Campins Fernández, Miguel Cosme Reus Pérez, Antonia Massanet Fernández

Grupo municipal AHORA SÍ:

  • Portavoz Titular: Javier González Bordas
  • Miembros Integrantes del Grupo: Javier González Bordas

Grupo Municipal del PARTIDO POPULAR:

  • Portavoz titular: Francesca Ramis Pons
  • Portavoz suplente: Mateu Niell Comas.
  • Portavoz suplente: Francisca María Font Amengual
  • Portavoz suplente: María Coll Reynés.
  • Miembros integrantes del grupo: Francesca Ramis Pons, Mateu Niell Comas, Francisca María Font Amengual y María Coll Reynés.

Grupo Municipal Propuesta x las Islas - EL PI

  • Portavoz Titular: Bartolomé Ripoll Bestard.
  • Miembros Integrantes del Grupo: Bartolomé Ripoll Bestard

Grupo Municipal VOX

  • Portavoz Titular: Jordi Subirana Cobarro
  • Miembros Integrantes del Grupo: Jordi Subirana Cobarro
  • Los miembros del plenario se dan por enterados

4. PROPUESTA DE ALCALDÍA RELATIVA A LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN.

PROPUESTA DE ALCALDÍA

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Lloseta, de conformidad con el artículo 46.2. a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, 47.1 del R.D.L 781/1986, de 18 de abril y 78.1 del RD. 2.568/1986, de 28 de noviembre, en el pleno del Ayuntamiento

PROPUESTO

PRIMERO.- Celebrar sesiones ordinarias del pleno del Ayuntamiento de Lloseta de forma mensual, preferentemente el último miércoles del mes, a las 19:00 horas (o al día siguiente hábil si aquél fuera festivo).

Si en primera convocatoria no existiera el quórum de constitución necesario, se entenderá convocada la sesión automáticamente a la misma hora, dos días después.

Asimismo, se faculta a Dª. Alcaldesa para posponer o adelantar la celebración de las sesiones ordinarias del Pleno de la Corporación Municipal, dentro del mismo mes de su celebración, cuando el día fichado se encuentre incluido en un período de fiestas locales, o en otras circunstancias debidamente apreciadas en la convocatoria.

La propuesta queda aprobada por los miembros del plenario.

5. PROPUESTA DE ALCALDÍA DE COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

PROPUESTA DE ALCALDÍA

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Lloseta, dada la existencia preceptiva de la Comisión Especial de Cuentas ex art. 116 de la Ley 7/1985, y arte. 127 del RD. 2568/1986; así le corresponde a la misma el examen, estudio e informe de todas las cuentas presupuestarias y extra-presupuestarias que debe aprobar el Pleno de la Corporación de acuerdo con lo que se establece en la legislación reguladora de la contabilidad de las entidades locales.

De conformidad con lo anterior, en el plenario de la Corporación

PROPUESTO

La siguiente composición de la citada Comisión:

  • Presidenta: Angelina Pérez Sánchez
  • Grupo Municipal MES POR MALLORCA 2 vocales.; Silvia Muñoz Arreza, Toni Pérez Valverde
  • Grupo Municipal PARTIDO SOCIALISTA DE LAS ILLES BALEARS: 3 vocales; Francisca Campins Fernández, Miquel Cosme Reus Pérez y Antonia Massanet Fernández
  • Grupo Municipal del PARTIDO POPULAR: 4 vocales; Francisca Ramis Pons, Mateo Niell Comas, Francisca María Font Amengual, María Coll Reynés.
  • Grupo municipal AHORA SÍ: 1 vocal. Javier González Bordas
  • Grupo Municipal El PI: 1 vocal; Bartomeu Ripoll Bestard
  • Grupo Municipal VOX: 1 vocal, Jordi Subirana Cobarro

La propuesta queda aprobada por unanimidad de los miembros del plenario.

6. PROPUESTA DE ALCALDÍA DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE ASUNTOS Y CONTROL GENERAL

PROPUESTA DE ALCALDÍA

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Lloseta, de conformidad con las atribuciones que por ley me son conferidas y dada la existencia obligatoria de comisiones informativas en aquellos municipios que tengan Junta de Gobierno Local.

El régimen jurídico de las mismas se regula en el artículo 76 de la Ley municipal y de régimen local de las Illes Balears, y en los artículos 123 a 126 y 134 a 138 del ROF, así como en el art. 20.1 apartado c) de la LRBRL.

El Alcalde es el Presidente originario de todas las comisiones informativas, salvo que delegue la presidencia efectiva en otro miembro a propuesta de la propia comisión una vez creada.

La composición del resto de miembros debe acomodarse a la proporcionalidad existente entre los diferentes grupos políticos representados en la Corporación. Los portavoces de cada grupo designarán por escrito sus adscritos concretos. Cada titular puede tener un suplente.

La Comisión se reunirá en carácter ordinario cada mes, el penúltimo miércoles de mes a las 14:30 horas, si bien se faculta al Alcalde a modificar el horario por razones justificadas en la convocatoria. La Comisión es competente para dictaminar los asuntos competencia del Plenario de la Corporación municipal.

Los días y horas de celebración de las sesiones serán fijadas por el Alcalde. La convocatoria de las sesiones requiere antelación de dos días hábiles a todos sus miembros. La válida celebración requiere la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros en primera convocatoria, o de al menos tres miembros en segunda convocatoria una hora más tarde.

Los acuerdos adoptan forma de dictámenes y se aprueban por mayoría simple, con el voto de calidad del Presidente. Son preceptivo y no vinculantes. Son órganos sin atribuciones resolutorias que tienen por función el estudio, informe o consulta de los asuntos que deben ser sometidos al Pleno o a la Junta de Gobierno cuando ésta actúe con funciones delegadas del Pleno, salvo casos de urgencia, o cuando el Alcalde solo licite su informe.

De conformidad con lo anterior, en el plenario de la Corporación

PROPUESTO

La siguiente composición de la Comisión Informativa de Asuntos Generales:

  • Presidenta: Angelina Pérez Sánchez
  • Grupo Municipal MES POR MALLORCA 2 vocales.; Silvia Muñoz Arreza, Toni Pérez Valverde
  • Grupo Municipal PARTIDO SOCIALISTA DE LAS ILLES BALEARS: 3 vocales; Francisca Campins Fernández, Miquel Cosme Reus Pérez y Antonia Massanet Fernández
  • Grupo Municipal del PARTIDO POPULAR: 4 vocales; Francisca Ramis Pons, Mateo Niell Comas, Francisca María Font Amengual, María Coll Reynés.
  • Grupo municipal AHORA SÍ: 1 vocal. Javier González Bordas
  • Grupo Municipal El PI: 1 vocal; Bartomeu Ripoll Bestard
  • Grupo Municipal VOX: 1 vocal, Jordi Subirana Cobarro

La propuesta queda aprobada por unanimidad de los miembros del plenario.

7. PROPUESTA DE ALCALDÍA DE DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES DE LA COPORACIÓN EN ÓRGANOS COLEGIADOS

PROPUESTA DE ALCALDÍA

Angelina Pérez Sánchez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Lloseta, en el plenario de la Corporación,

PROPUESTO

PRIMERO.- Nombrar como representantes de la Corporación a los siguientes órganos colegiados:

1.-FEDERACIÓN DE ENTIDADES LOCALES DE LAS ILLES BALEARS.(FELIB)

  • Titular: Silvia Muñoz Arreza
  • Suplente: Antonia Massanet Fernández

2.-MANCOMUNIDAD "ES RAIGUER".

  • Titular: Angelina Pérez Sánchez
  • Suplente: Francisca Campins Fernández.

3.-CONSEJO ESCOLAR DEL COLEGIO PÚBLICO "ES PUIG".

  • Titular: Angelina Pérez Sánchez
  • Suplente: Javier González Bordas

4.-CONSEJO DE JUVENTUD DE LAS ILLES BALEARS.

  • Titular: Angelina Pérez Sánchez
  • Suplente: Miquel Reus Pérez

5.-COMISIÓN LOCAL DE PROTECCIÓN CIVIL.

  • Titular: Francisca Campins Fernández.
  • Suplente: Toni Pérez Valverde

6.- JUNTA LOCAL DE SEGURIDAD.

  • Titular: Francisca Campins Fernández.
  • Suplente: Toni Pérez Valverde

7.-CONSORCIO INFORMÁTICO DE MALLORCA.

  • Titular: Javier González Bordas
  • Suplente: Miquel Reus Pérez

8.- CONSORCIO DE AGUAS DE LAS ILLES BALEARS.-

  • Titular: Antonia Massanet Fernández
  • Suplente: Javier González Bordas

9.- FONDO MALLORQUÍN DE SOLIDARIDAD.

  • Titular: Silvia Muñoz Arreza
  • Suplente: Javier González Bordas

10.- JUNTAS DE COMPENSACIÓN Y OTROS ÓRGANOS ANÁLOGOS PREVISTOS EN LA LEGISLACIÓN URBANÍSTICA.

  • Titular: Antonia Massanet Fernández
  • Suplente: Javier González Bordas

11.- CONSORCIO SIERRA DE TRAMUNTANA:

  • Titular: Miquel Reus Pérez
  • Suplente: Javier González Bordas

12.- CONSEJO DE LA MINERÍA Y COMITÉ TÉCNICO PERMANENTE.-

12.1.- CONSEJO DE LA MINERÍA.

  • Vocal titular: Toni Pérez Valverde
  • Vocal Suplente: Miquel Reus Pérez

12.2.- COMITÉ TÉCNICO PERMANENTE.

  • Miquela Costa Ramis, arquitecto municipal.
  • Felipe Poblador Ozonas ingeniero municipal.

13.- COMISIÓN DE SOSTENIBILIDAD DE LA FÁBRICA DE CEMENTO DE LLOSETA.-

  • Titular: Miquel Reus Pérez
  • Suplente: Toni Pérez Valverde

SEGUNDO.- Comunicar el presente acuerdo a las entidades señaladas en el punto anterior.

La propuesta queda aprobada por los miembros del plenario.”

 

Documento firmado electrónicamente (3 de julio de 2023)

La alcaldesa (Angelina Pérez Sánchez)