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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 453203
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 6.2023, en la modalidad de generación de créditos y transferencias entre partidas

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Texto

Mediante resolución del área de Organización y seguridad ciudadana número 678 de fecha 08.06.23 se aprobó el expediente de modificación de créditos número 6.2023, en la modalidad de generación de créditos y transferencias entre partidas, que no habiéndose presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo.

El resumen de las aplicaciones presupuestarias será el siguiente:

A ) FINANCIACIÓN:

GENERACIÓN DE CRÉDITO:

CAPITULO

 

IMPORTE

4

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

56.233,73€

7

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL

24.495,90€

 

 

 

GENERACIÓN DE CRÉDITO:

80.729,63

TRANSFERENCIAS ENTRE PARTIDAS:

CAPITULO

DENOMINACIÓN

IMPORTE

2

GASTOS EN BIENES CORRIENTES

59.276,94€

6

INVERSIONES REALES

10.275,00€

TOTAL TRANSFERENCIAS ENTRE PARTIDAS:

69.551,94

TOTAL FINANCIACIÓN

150.281,57

B ) APLICACIÓN:

GENERACIÓN DE CRÉDITO:

TRANSFERENCIA DE PARTIDAS:

CAPITULO

DENOMINACIÓN

IMPORTE

1

GASTOS DE PERSONAL

27.625,73€

2

GASTOS EN BIENES CORRIENTES

28.608,00€

6

INVERSIONES REALES

24.495,90€

TOTAL GENERACIÓN DE CRÉDITOS

80.729,63

TRANSFERENCIAS ENTRE PARTIDAS:

CAPITULO

DENOMINACIÓN

IMPORTE

2

GASTOS EN BIENES CORRIENTES

19.000,00€

4

TRANSFERENCIAS CORRIENTES

14.000,00€

6

INVERSIONES REALES

36.551,94€

TOTAL TRANSFERENCIAS ENTRE PARTIDAS:

69.551,94

TOTAL APLICACIÓN:

150.281,57

Contra el presente acuerdo, en virtud del que dispone en el articulo 170 i 171 del Real decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podran interponer directamente recurso contencióso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los articulos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de esta Jurisdicció.

Sin perjuicio des esto, según lo fijado en el articulo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de este recuros no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnada.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de julio de 2023)

La alcaldesa Juana Maria Pons Torres