Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Núm. 450766
Asignaciones dotaciones económicas a los grupos políticos municipales
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria llevada a cabo el pasado día 28 de junio de 2023, adoptó, a reserva de los términos definitivos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, el siguiente acuerdo:
«Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 73.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local en concordancia con el artículo 77.2 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, los grupos políticos municipales tienen derecho a percibir una dotación económica de carácter mensual, que contendrá un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función de su número de miembros, que no podrá ser destinada al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio del Ayuntamiento, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial y que corresponde al pleno fijar la dotación con cargo a los presupuestos municipales entidad local, dentro de los límites que establezca con carácter general en las leyes de presupuestos generales del estado. Ahora bien, esta ley nunca ha fijado ningún límite, por lo que cada corporación libremente por acuerdo del pleno determina el importe total a repartir entre los grupos políticos que lo integran.
Esta dotación tendrá por finalidad sufragar el coste de las actividades sociales desarrolladas por los grupos, así como los estudios, informes y actuaciones necesarias en relación a los asuntos municipales, sin que puedan dedicarse al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo ni a la adquisición bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial. Los grupos políticos tendrán que llevar una contabilidad específica de la dotación que se acuerde, que pondrán a disposición del Pleno siempre que éste lo solicite.
De conformidad con el informe de Intervención de fecha 23 de junio de 2023
Teniendo en cuenta la constitución de los grupos políticos municipales efectuada como resultas de las últimas elecciones municipales, y en base a la anterior normativa relacionada, se propone al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes:
ACUERDOS
1r. Asignar a cada grupo político con representación en esta Corporación municipal una dotación económica mensual que constará de los siguientes componentes:
Esta dotación no podrá ser destinada al pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo al servicio del Ayuntamiento, ni a la adquisición de bienes que puedan constituir activos fijos de carácter patrimonial, siendo objeto de una contabilidad específica que los grupos políticos pondrán a disposición del pleno de la corporación cuando éste lo solicite, en los términos previstos en la legislación vigente.
2º. Determinar que los efectos económicos de dichos acuerdos serán con efectos del día 17.6.23, fecha constitución del Ayuntamiento.
3er. Notificar este acuerdo a los portavoces de los diferentes grupos políticos municipales y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el Tablón de Anuncios de la Corporación en cumplimiento del artículo 75.5 de la Ley 7/1985.
4º. Dar cuenta a la comisión informativa que corresponda en la primera sesión ordinaria que lleve a cabo, de conformidad con el artículo 126.2 del ROF.
5º. Difundir, de acuerdo con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno»
(Firmado electrónicamente: 7 de julio de 2023)
El alcalde Miquel Oliver Gomila