Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN
Núm. 448182
Delegación de competencias por áreas
Se hace público para general conocimiento el Decreto de Alcaldía núm. 2023-0127, de 23 de junio, sobre delegación de competencias por áreas, del siguiente tenor literal:
<< Expediente núm.: PLN/2023/8
Celebradas las elecciones locales el pasado día 28 de mayo de 2023, convocadas por el Real Decreto 209/2019, de 1 de abril, vista la sesión constitutiva del Ayuntamiento de fecha 17 de junio de 2023, en uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero.- Con el objeto de agilizar y conseguir una mayor eficacia en la gestión municipal, realizar las siguientes delegaciones genéricas:
Concejal/a |
Área |
---|---|
Sra.Catalina Perelló Pascual ( Tenienta de Alcalde ) |
Delegada de Educación Delegada Mancomunidad del Plan (Turismo, Igualdad, Servicios Sociales, Recogida de residuos) |
SR. Antoni Bauzà Matas |
Delegado de Infancia y Juventud Delegado de Economía Local (Comercios locales y empresas locales) |
SR. Joan Roig Abraham |
Delegado de Medio Ambiente y Mundo Rural Delegado de Sostenibilidad (incluye Transportes) |
SR. Joan Català Jordà |
Delegado de Cultura Delegado de Fiestas Delegado de Deportes |
Dª. Margalida Bauzà Company |
Delegada de Personas Mayores Delegada de Convivencia Delegada de Seguridad |
Alcaldía |
Área |
SR. Richard Thompson |
Modelo de pueblo: Área de Urbanismo Área de Administración Área de Recursos Humanos Área de Salud Área de Hacienda y Presupuestos Área de Comunicación, Tecnología y Transparencia. |
Segundo.- El alcance de las funciones de esta delegación se circunscriben al estudio y gestión en relación con los asuntos relacionados con el ámbito de su área, no incluyendo facultad resolutoria alguna.
Tercero.- Las atribuciones delegadas se tendrán que ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
Cuarto.- De conformidad con lo que establece el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los Concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta Alcaldía .
En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de advocación en base en la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
Quinto.- Notificar personalmente esta resolución a los Concejales afectados, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de las Illes Balears para su publicación, y publicarlo igualmente en el Tablón de Anuncios de la Corporación, todo ello sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.
Sexto.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno de este Ayuntamiento en la primera sesión plenaria que se celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. >>
Sant Joan, (firmado electrónicamente: 7 de julio de 2023)
El alcalde Richard Thompson