Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY
Núm. 448073
Reconocimiento de Dedicación Exclusiva o Parcial a Miembros de la Corporación
Tras la celebración de las elecciones municipales el día 28 de mayo de 2023, y habiéndose procedido el día 17 de junio de 2023 a la constitución de la nueva Corporación Local, se hace público el acuerdo adoptado en sesión plenaria de fecha 29 de junio de 2023 sobre el reconocimiento de Dedicación Exclusiva o Parcial a Miembros de la Corporación, de conformidad con el artículo 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
En relación con el expediente de Reconocimiento de Dedicación Exclusiva o Parcial a Miembros de la Corporación, emito el siguiente informe-propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Con fecha 23 de junio de 2023, por Providencia de Alcaldía, se inició del expediente de Reconocimiento de Dedicación Exclusiva o Parcial a Miembros de la Corporación.
SEGUNDO. Con fecha 23 de junio de 2023, se emitió informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
TERCERO. Con fecha 24 de junio de 2023, Alcaldía elaboró una memoria-propuesta al respecto.
CUARTO. Con fecha 24 de junio de 2023, se emitió informe por Intervención acerca de la existencia de consignación suficiente y adecuada en el Presupuesto municipal vigente para atender a las retribuciones de los cargos propuestos.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:
— El artículo 75, 75 bis y 75 ter de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
— La Disposición adicional vigésima séptima de régimen retributivo de los miembros de las Corporaciones Locales de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
— El artículo 13.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
— La Orden de 12 de marzo de 1986 sobre Alta y Cotización al Régimen General de la Seguridad Social de los miembros de Corporaciones Locales con Dedicación Exclusiva.
— El artículo 8.1.f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Visto informe de fiscalización de fecha 24 de junio de 2023.
Vista la propuesta de resolución PR/2023/2772 de 26 de junio de 2023.
RESOLUCIÓN
PRIMERO. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación exclusiva, con efectos retroactivos desde la fecha de la toma de posesión, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
— El cargo que ocupa la Alcaldía, percibirá una retribución anual bruta de 59.000 €.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Infraestructuras, Obras Públicas y Seguridad Ciudadana, percibirá una retribución anual bruta de 43.000,00 €. Dicho cargo ocupará una Tenencia de Alcaldía.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Urbanismo y Actividades, Educación, Cultura y Patrimonio, percibirá una retribución anual bruta de 36.500,00 €.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Medio Ambiente, Playas, Limpieza y Bienestar Animal percibirá una retribución anual bruta de 36.500,00 €.
SEGUNDO. Establecer a favor de los miembros de la Corporación que desempeñen sus cargos en régimen de dedicación parcial, con efectos retroactivos desde la fecha de la toma de posesión, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, y darles de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo asumir esta Corporación el pago de las cuotas empresariales que corresponda.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Recursos Humanos y Servicios Generales, en régimen de dedicación parcial al 90%, percibirá una retribución anual bruta de 38.700,00 €. Dicho cargo ocupará una Tenencia de Alcaldía.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Turismo, Desarrollo de la Economía Local, Fomento de la Ocupación y Fiestas, en régimen de dedicación parcial al 90%, percibirá una retribución anual bruta de 38.700,00 €. Dicho cargo ocupará una Tenencia de Alcaldía.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Movilidad, Transportes, Mantenimiento de Espacios Públicos y Limpieza de Edificios Municipales, en régimen de dedicación parcial al 90%, percibirá una retribución anual bruta de 38.700,00 €. Dicho cargo ocupará una Tenencia de Alcaldía.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Nuevas Tecnologías, Sector Primario y Relaciones Institucionales, en régimen de dedicación parcial al 90%, percibirá una retribución anual bruta de 32.850,00 €.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Deportes, en régimen de dedicación parcial al 90%, percibirá una retribución anual bruta de 32.850,00 €.
— El cargo que ocupa la concejalía delegada de Bienestar Social, Igualdad, Juventud y Participación Ciudadana, en régimen de dedicación parcial al 90%, percibirá una retribución anual bruta de 32.850,00 €.
— El cargo que ocupa el concejal D. Marcos Roig Ramón, en régimen de dedicación parcial al 60%, percibirá una retribución anual bruta de 21.900,00 €.
TERCERO. Establecer los efectos retroactivos del acuerdo desde el día de la toma de posesión de los concejales, en los términos del artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepto en aquellos supuestos en que se incurra en incompatibilidad en los términos de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en cuyo caso la fecha de inicio de percepción de retribuciones será aquella en que deje de existir la causa de incompatibilidad por haber cesado en su actividad pública o privada.
CUARTO. Las retribuciones establecidas por dedicación exclusiva o parcial de los concejales se actualizarán de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y demás normativa estatal para los empleados públicos, respetando en todo caso el límite establecido en el artículo 75 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
QUINTO. Publicar de forma íntegra en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el acuerdo del Pleno, a los efectos de su general conocimiento, así como en el tablón de anuncios del ayuntamiento.
SEXTO. Notificar dicho acuerdo a los interesados y a Recursos Humanos e Intervención para su conocimiento y efectos.
Sant Antoni de Portmany, (firmado electrónicamente: 5 de julio de 2023
El alcalde Marcos Serra Colomar)