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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 447718
Notificación de Resolución de concesión parcial a los beneficiarios de las ayudas, R3 de fecha 14 de junio de 2023, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas a la Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética, para el año 2015 (Prórroga 2022)

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Texto

El apartado 8.4. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 17 de marzo de 2015 por la que se aprueba la convocatoria para la Protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética, para el año 2015  (Prórroga  2022),  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, con fecha 14 de junio de 2023, firmó la siguiente resolución,

"INFORME PROPUESTA DE RESOLUCIÓN/ RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN 

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Submedida 10.1.3- Ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de Erosión Genética

Convocatoria 2022

Código DIR3: A04026954

Código SIA: 2843739

Antecedentes

1.Con fecha 26 de febrero de 2015, se publicó en el BOIB núm. 29 la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014- 2020.

2.Con fecha 3 de febrero de 2022 se publicó, en el BOIB núm. 18, la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 la convocatoria de ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.

3.Con fecha 21 de marzo de 2023 se publicó, en el BOIB núm. 36, la Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito que prevé la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 31 de enero de 2022, por la que se aprueba la convocatoria, para 2022, de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.

4.Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

5.Las personas señaladas en el anexo adjunto han presentado, en tiempo y forma, toda la documentación necesaria prevista en la convocatoria, y se ha comprobado que cumplen con los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de ésta ayuda.

6.Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad de la convocatoria, las personas beneficiarias les corresponde la ayuda con la cofinanciación que se detalla en el anexo 3 , por los grupos de cultivos y la superficie solicitada.

7.Teniendo en cuenta que el crédito existente cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria, no debe aplicarse el apartado séptimo de la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 3 de febrero de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para el año 2022 al de ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética (BOIB 18, 03/02/2022)

2.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito que prevé la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 31 de enero de 2022, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2022, de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética.

3.Resolución de la presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se incrementa el crédito de la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 3 de febrero de 2022, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2022, de las ayudas destinadas a la protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética (BOIB 76, 08/06/2023).

4.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

5.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

6.Reglamento delegado (UE) núm. 2016/1393 de la Comisión, de 4 de mayo de 2016, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 640/2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere al sistema integrado de gestión y control ya las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural ya la condicionalidad.

7.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

8.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad. Y el Reglamento de ejecución (UE) núm. 2020/501 de la Comisión, de 6 de abril de 2020, por el que se establecen excepciones a lo dispuesto en el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 809/2014.

9.Real decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural.

10.Real decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, en el sector vitivinícola.

11.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. 12.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

13.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

14.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

15.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

16.Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

17.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), a la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la consejera de Agricultura y pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

18.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

19.Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público.

Propuesta de Resolución de concesión

Por todo ello, se informa favorablemente y se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1.Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el anexo 3, que son un total de 4 expedientes y que comienza con JOAN SERRA CRESPI y termina con RAFEL FIGUERA VAQUER que suma un importe total de ONCE MIL DOSCIENTOS NOVENTA EUROS Y CINQUENTA CÉNTIMOS (11.290,50€) relativa a la línea de ayudas “Protección de variedades autóctonas en riesgo de erosión genética, convocatoria 2022”.

2. Publicar la resolución en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de  Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de  las Administraciones Públicas.

La jefe del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

Gemma Canós Franch

Conforme con la propuesta, dicto resolución

El vicepresidente del FOGAIBA

Fernando Fernández Such”

 

ANEXO 3:  PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN TOTAL


EXP VREG 2022

EXP SGA

NOM

CIF/NIF

GRUP CULTIU

VARIETAT

SUPERFICIE

PRIMA

FEADER

MAPA

CAIB

SOL.

DET.

50,00%

5,00%

45,00%

00017

04002215

JOAN SERRA CRESPI

****28***

HERB.

ARROS BOMBA DE SA POBLA

5,70

5,70

3.220,50

1.610,25

161,03

1.449,22

00035

04003481

ANTONI R. CALAFELL FRERIKS

****51***

FRUIT.

CIRERES VL

0,66

0,66

600,00

300,00

30,00

270,00

FRUIT.

PRUNERES VL

0,09

0,09

00044

04003772

ANTONIA ADROVER MASCARO

****37***

HORT.

PEBRE TAP DE CORTI

1,29

1,29

774,00

387,00

38,70

348,30

00070

04004835

RAFEL FIGUERA VAQUER

****70***

HORT.

MELO

1,21

1,21

6.696,00

3.348,00

334.8

3.013,20

FRUIT.

MELICOTÓ VL

1,76

1,76

FRUIT.

POMERES VL

1,75

1,75

FRUIT.

ALBERCOC VL

2,05

2,05

FRUIT.

PRUNERES VL

2,81

2,81

(Firmado electrónicamente: 7 de julio de 2023)

El secretario general de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)