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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 447421
Decreto de composición de la Junta de Gobierno Local

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Texto

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.3 y 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se somete a información pública el Decreto de Alcaldía núm. 2023-0688, de fecha 6 de julio de 2023, que literalmente dice:

Expediente n.º: 2086/2023

Resolución con número y fecha establecidos al margen

Procedimiento: Órganos Colegiados (Constitución, Modificación o Supresión)

DECRETO DE ALCALDIA

Visto que se adoptó, por Acuerdo del Pleno, reunido en sesión extraordinaria organizativa, en fecha 26/06/2023, la Composición Junta de Gobierno Local, que deberá asistir permanente a Alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así cómo ejercer las atribuciones que le deleguen Alcalde o el Pleno.

Dado que, en virtud del Decreto de Alcaldía número 2023-0665, de fecha 21 de Junio de 2023 se hace efectuar la delegación de atribuciones de gestión y resolución de los asuntos de sus respectivas concejalías de acuerdo con su definición funcional.

De conformidad con lo establecido en los artículos 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 43, 46 y 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía es competente para nombrar a los miembros que vaya a integrar la Junta, así como para delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en sus miembros, y por ello

DECRETO

PRIMERO. Nombrar, como miembros de la Junta de Gobierno Local, a los siguientes Concejales:

  • Sr. Miquel Ballester Ferrer
  • Sra. María Victoria Muñoz Durán
  • Sra. Maria antonia Serralta Cunill
  • Sr. Joan Tomás Baos Estrany

SEGUNDO. En relación a la delegación de atribuciones de gestión y resolución de los asuntos de sus respectivas concejalías de acuerdo con su definición funcional, otorgada en virtud del Decreto de Alcaldía número 2023-0665, de fecha 21 de Junio de 2023; en cuanto al Concejal SR. Don Juan Tomás Baos Estrany, revocar la delegación de atribuciones de resolución de los expedientes dentro del área de Urbanismo y en cuanto al Concejal SR. Francisco Balcázar Benito, revocar la delegación de atribuciones de resolución de los expedientes en el área de Medio Ambiente y en el área de Actividades.

TERCERO. Delegar en la Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

  • La asistencia permanente a Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones.
  • Las atribuciones, que esta Alcaldía de forma expresa delega, de entre las establecidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/85, y que a continuación se expresan, o las que le atribuyan las leyes:

j) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

n) Sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.

q) El otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Comisión de Gobierno.

s) Las demás que expresamente le atribuyan las leyes y aquéllas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales.”

En especial, l'exercici de la potestat sancionadora dins l'àmbit, entre d'altres, dels procediments sancionadors urbanístics, sancionadors mediambientals i sancionadors d'activitats. Per altra banda, també se deleguen a la Junta de Govern Local els procediments urbanístics de restitució de la realitat física alterada.

Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien deberá mantenerse informado del ejercicio de la delegación.

CUARTO. Comunicar esta Resolución a todos los Concejales afectados para su conocimiento y efectos.

QUINTO. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 46.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de la presente resolución.

SEXTO. Dar cuenta de esta Resolución al Pleno en la próxima sesión que éste celebre.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de julio de 2023

El alcalde - presidente  Juan Antonio Riera Llabres)