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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 447302
Modificación del Decreto 2023/0607, de día 29 de junio de 2023, de delegaciones genéricas y especiales

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Texto

En cumplimiento de las disposiciones vigentes a continuación se hace pública la Resolución nº. 2023/0611 que ha dictado el alcalde el 5 de julio de 2023 relativa a la modificación del Decreto 2023/0607, de 29 de junio, de delegaciones de atribuciones conferidas en concejales y concejalas:

«RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto el Decreto de Alcaldía núm. 2023/607, de 29 de junio, de delegación de atribuciones en las concejalas y concejales relativas a las facultades de dirección, organización interna y gestión de las áreas en las que se distribuyen los servicios administrativos del Ayuntamiento.

Razones de oportunidad y conveniencia para mejorar y agilizar el servicio, aconsejan delegar las atribuciones que a continuación se llamarán, por lo que, en base a lo anterior y considerando lo que dispone el mencionado artículo 21.3 y los artículos 43, 44,120 y 121 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, haciendo uso de las atribuciones que legalmente tengo conferidas, RESUELVO:

Primero. Modificar el Decreto de Alcaldía nº. 2023/607, de 29 de junio, relativo a la delegación de atribuciones en las concejalas y los concejales delegados en el siguiente sentido:

1. Añadir, además, la delegación de las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servicios del Área del TERCER SECTOR en la concejala Maria Morro Cifre.

2. Añadir, además, la delegación de las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servicios del Área del MUSEO al concejal Miquel Àngel Sureda i Massanet.

Segundo. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a las citadas áreas, relativas al sector de la actividad administrativa propia de estas áreas de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios.

Tercero. Dichas delegaciones comprenden tanto las facultades de dirección de los servicios correspondientes incluidos en las respectivas áreas como las de gestionarlos en general, con exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Cuarto. Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación de las mismas del concejal o concejala delegado y se dará cuenta de ello al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar, de conformidad con los artículos 38 y 44 del ROFJEL, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el portal de transparencia del Ayuntamiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Quinto. El concejal o concejala delegado queda obligado a informar periódicamente a esta Alcaldía sobre la gestión de la competencia/área delegada y las disposiciones que dicte, y, previamente, de las decisiones de trascendencia en los términos previstos en el artículo 115 del ROFRJEL.

En lo no previsto en esta resolución regirán la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROFJEL) en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en dichas normas.»

Lo que se hace público para general conocimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales (ROF).

Pollença, en la fecha de la firma electrónica (6 de julio de 2023)

El alcalde Martí March Cerdà