Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 446738
Registro de Personal. Creación de los puestos de trabajo de órganos directivos, coordinadores generales y direcciones generales de cada Área o Regidoría
Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 21/06/2023, previa ratificación de la urgencia por unanimidad se aprobó lo siguiente:
PRIMERO.- Crear los puestos de Trabajo de órganos directives, coordinadores generales y direcciones generales de cada Área o Regidoría, que se relacionan a continuación:
Alcaldía
Coordinador/a general de Alcaldía
Jefe de prensa del Gabinete de Alcaldía
Coordinador/a general de Comunicación
Director/a general de Gobierno municipal
Director/a general de Gabinete de la Alcaldía
Director/a general de Comunicación
Director/a general de Protocolo
Director/a general de Prensa
Director/a general adjunto/a al Defensor/a de la Ciudadanía
I. Área de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal
Coordinador/a general de Cultura y Artes visuales
Director/a general de Música y Artes escénicas
Director/a general de Patrimonio e interpretación de la ciudad
Coordinador/a general de Turismo y Restauración
Coordinador/a general de Innovación y Distrito Digital
Director/a general de Deportes
I.1 Área Delegada de Seguridad Ciudadana y Civismo
Director/a general de Seguridad Ciudadana
Director/a general de Civismo
II. Área de Servicios Sociales, Educación, Participación Ciudadana, Juventud, Interculturalidad e Igualdad:
Coordinador/a de Servicios Sociales
Director/a general de Educación e Infancia
Director/a general de Participación ciudadana y Coordinación de distritos
Director/a general de Juventud
Director/a general de Interculturalidad e Igualdad
II.1. Área delegada de Tercera Edad:
Director/a de Tercera Edad
III. Área de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos:
Gerente/a de Urbanismo
Subgerente/a director de Urbanismo
Director/a general de proyectos estratégicos.
IV. Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior:
Coordinador/a general de Hacienda
Director/a general de Función Pública y Gobierno Interior
Director/a general de Presupuesto
V. Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad, Espacios Naturales y Bienestar Animal:
Director/a general de Medio Ambiente, Espacios naturales y Bienestar Animal
VI. Área de Infraestructuras y Accesibilidad:
Coordinador/a general de infraestructuras y Accesibilidad
VI. 1. Área delegada de Economía, Comercio, Autónomos, Sanidad, Consumo, Mercados y Ferias:
Coordinador/a general de Economía, Comercio, Autónomos, Mercados y Ferias
Director/a general de Economía y Comercio.
Director/a general de Autónomos
Director/a general de Sanidad y Consumo
VII. Área de Movilidad y Polígonos Industriales:
Director/a general de Movilidad
Director/a general de Polígonos Industriales
SEGUNDO.- Eximir los puestos de trabajo relacionados en el apartado 1, del requisito de ser nombrados entre personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados al subgrupo A1, de acuerdo con aquello establecido en el artículo 47 del Reglamento orgánico del gobierno y administración del ayuntamiento de Palma.
TERCERO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para las direcciones y coordinaciones generales.
CUARTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, quien ostente coordinaciones y direcciones generales nombradas por parte de la Junta de Gobierno, continuarán en su lugar de trabajo a pesar de haya expirado el mandato de la Corporación, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.
QUINTO.- Este acuerdo se ratificará por el Pleno en la primera sesión que se celebre y se incluirá al Decreto de Alcaldía que aprueba la estructura de la organización de gobierno.
SEXTO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la intranet municipal.”
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.
Palma, 7 de julio de 2023
La jefa de sección del Registro de Personal p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Francisca M. Matas Escobar