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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 446738
Registro de Personal. Creación de los puestos de trabajo de órganos directivos, coordinadores generales y direcciones generales de cada Área o Regidoría

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Texto

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de 21/06/2023, previa ratificación de la urgencia por unanimidad se aprobó lo siguiente:

PRIMERO.- Crear los puestos de Trabajo de órganos directives, coordinadores generales y direcciones generales de cada Área o Regidoría, que se relacionan a continuación:

Alcaldía

Coordinador/a general de Alcaldía

Jefe de prensa del Gabinete de Alcaldía

Coordinador/a general de Comunicación

Director/a general de Gobierno municipal

Director/a general de Gabinete de la Alcaldía

Director/a general de Comunicación

Director/a general de Protocolo

Director/a general de Prensa

Director/a general adjunto/a al Defensor/a de la Ciudadanía

I. Área de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal

Coordinador/a general de Cultura y Artes visuales

Director/a general de Música y Artes escénicas

Director/a general de Patrimonio e interpretación de la ciudad

Coordinador/a general de Turismo y Restauración

Coordinador/a general de Innovación y Distrito Digital

Director/a general de Deportes

I.1 Área Delegada de Seguridad Ciudadana y Civismo

Director/a general de Seguridad Ciudadana

Director/a general de Civismo

II. Área de Servicios Sociales, Educación, Participación Ciudadana, Juventud, Interculturalidad e Igualdad:

Coordinador/a de Servicios Sociales

Director/a general de Educación e Infancia

Director/a general de Participación ciudadana y Coordinación de distritos

Director/a general de Juventud

Director/a general de Interculturalidad e Igualdad

II.1. Área delegada de Tercera Edad:

Director/a de Tercera Edad

III. Área de Urbanismo, Vivienda y Proyectos Estratégicos:

Gerente/a de Urbanismo

Subgerente/a director de Urbanismo

Director/a general de proyectos estratégicos.

 

IV. Área de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior:

 

Coordinador/a general de Hacienda

Director/a general de Función Pública y Gobierno Interior

Director/a general de Presupuesto

V. Área de Medio Ambiente, Sostenibilidad, Espacios Naturales y Bienestar Animal:

Director/a general de Medio Ambiente, Espacios naturales y Bienestar Animal

VI. Área de Infraestructuras y Accesibilidad:

Coordinador/a general de infraestructuras y Accesibilidad

VI. 1. Área delegada de Economía, Comercio, Autónomos, Sanidad, Consumo, Mercados y Ferias:

Coordinador/a general de Economía, Comercio, Autónomos, Mercados y Ferias

Director/a general de Economía y Comercio.

Director/a general de Autónomos

Director/a general de Sanidad y Consumo

VII. Área de Movilidad y Polígonos Industriales:

Director/a general de Movilidad

Director/a general de Polígonos Industriales

SEGUNDO.- Eximir los puestos de trabajo relacionados en el apartado 1, del requisito de ser nombrados entre personal funcionario de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados al subgrupo A1, de acuerdo con aquello establecido en el artículo 47 del Reglamento orgánico del gobierno y administración del ayuntamiento de Palma.

TERCERO.- La jornada laboral será de 40 horas semanales y las retribuciones a percibir son las determinadas en el vigente Presupuesto de Gastos para las direcciones y coordinaciones generales.

CUARTO.- Para garantizar el funcionamiento de la Administración Municipal, quien ostente coordinaciones y direcciones generales nombradas por parte de la Junta de Gobierno, continuarán en su lugar de trabajo a pesar de haya expirado el mandato de la Corporación, no produciéndose su cese de forma automática, sin perjuicio de la decisión que pueda tomar con posterioridad la nueva Junta de Gobierno.

QUINTO.- Este acuerdo se ratificará por el Pleno en la primera sesión que se celebre y se incluirá al Decreto de Alcaldía que aprueba la estructura de la organización de gobierno.

SEXTO.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la intranet municipal.”

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer por parte de los interesados recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB.

 

Palma, 7 de julio de 2023

La jefa de sección del Registro de Personal p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Francisca M. Matas Escobar