Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL
Núm. 444396
Adjudicación de las subvenciones de la convocatoria para llevar a cabo proyectos de participación ciudadana y de acción voluntaria para el año 2023
Ref. BDNS: 677174
El consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, en funciones, con fecha 6 de julio de 2023, ha dictado la resolución siguiente:
«Antecedentes
1. El consejero ejecutivo del Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, mediante resolución de día 20 de febrero de 2022, aprobó el expediente de convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de participación ciudadana y de acción voluntaria para el año 2023 (BOIB nº. 25, de 25 de febrero de 2023).
2. La mencionada convocatoria prevé dos líneas de subvención:
a) Línea 1. Proyectos de participación de las administraciones locales
b) Línea 2. Proyectos de las entidades de voluntariado
3. El 14 de junio de 2023, el órgano instructor emitió informe relativo al cumplimiento por parte de las entidades beneficiarias de los requisitos necesarios para acceder a la subvención.
4. La aportación económica que presenta la convocatoria está prevista dentro del presupuesto del Consell de Mallorca para el año 2023 con cargo en las siguientes partidas presupuestarias, y se dispone de los correspondientes certificados de existencia de crédito:
5. El día 3 de julio de 2023 se emite informe jurídico favorable sobre la propuesta de concesión de las subvenciones.
6. El expediente de concesión de subvención ha sido fiscalizado de conformidad en fecha 5 de julio de 2023.
Fundamentos de Derecho
1. La Ordenanza general de subvenciones del Consell de Mallorca, aprobada por el Pleno del Consejo en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018), en la cual se establece la regulación de las subvenciones que otorgue la corporación.
2. La convocatoria de subvenciones para llevar a cabo proyectos de participación ciudadana y de acción voluntaria para el año 2023, aprobada por resolución del consejero ejecutivo de Promoción Económica y Desarrollo Local de 20 de febrero de 2023 (BOIB nº. 25, de 25 de febrero de 2023).
3. De acuerdo con aquello establecido en el apartado 14.4 de la presente convocatoria de subvenciones, desde el momento de la concesión las entidades de la administración local tienen que firmar un convenio (anexo 9) con el Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local, aprobado y notificado en el momento de la solicitud de subvención, firmado por el consejero ejecutivo del departamento.
De acuerdo con el establecido en el artículo de la 28 Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, antes de la firma de los convenios corresponde al Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca «Aprobar los convenios y los acuerdos de colaboración y cooperación con otras administraciones públicas o sujetas privados, cuando no corresponda expresamente en otros órganos.», por lo tanto, habrá que tramitar la aprobación del convenio modelo por parte del Consejo Ejecutivo.
4. De acuerdo con el Decreto de la presidenta del Consejo, de día 9 de diciembre de 2019, por el cual se determina la organización del Consell de Mallorca, en la redacción vigente, el consejero ejecutivo es el órgano competente para aprobar y resolver la presente convocatoria. Y teniendo en cuenta, el establecido en el Decreto de la presidenta del Consejo Insular de Mallorca, de día 30 de mayo de 2022 por el cual se determinan las medidas para la agilización en la tramitación de subvenciones. (BOIB nº. 74, de 7 de junio de 2022).
5. En relación con la base 24.5 de las Bases de ejecución del Presupuesto de gastos 2023 del Consell de Mallorca, la cuantía adjudicada a las entidades asciende a 122.759,93 €.
Resolución
1. Aprobar y conceder las subvenciones a las entidades siguientes y por las cantidades que se detallan, según establece la convocatoria:
Línea 1:
Exp. |
Nombre Entidad |
NIF |
Proyecto |
Total puntos |
Presupuesto total |
Importe solicitado |
Importe adjudicación |
PC/A01 |
Entidad Local Menor de Palmanyola |
P0700002I |
Línea Verda Palmanyola |
4 |
9.632,31 |
9.000,00 |
2.886,60 |
PC/A02 |
Ayuntamiento de Santa Eugènia |
P0705300B |
Proceso de presupuestos participativos |
6 |
7.865,00 |
7.865,00 |
4.329,90 |
PC/A03 |
Ayuntamiento de Santa Maria del Camí |
P0705600E |
Plan de Movilidad Urbana Santa Maria del Camí |
5,5 |
3.533,20 |
3.533,20 |
3.533,20 |
PC/A04 |
Ayuntamiento de Marratxí |
P0703600G |
Servicio de dinamización y apoyo en materia de participación ciudadana "Marratxí+48" |
6,5 |
28.329,30 |
9.000,00 |
4.690,72 |
PC/A05 |
Ayuntamiento de Bunyola |
P0701000B |
Proceso participativo para la redacción del nuevo Reglamento del Foro Turístico de Bunyola |
6 |
3.000,00 |
3.000,00 |
3.000,00 |
PC/A06 |
Ayuntamiento de Puigpunyent |
P0704500H |
Presupuestos participativos 2022-2023 (PP 22-23) |
5,5 |
9.000,00 |
9.000,00 |
3.969,07 |
PC/A07 |
Ayuntamiento de Capdepera |
P0701400D |
Servicio de dinamización y fomento de la participación ciudadana de Capdepera |
5,75 |
9.922,00 |
9.922,00 |
4.149,48 |
PC/A09 |
Ayuntamiento de Campanet |
P0701200H |
Proceso participativo revisión Plan movilidad sostenible Campanet |
5,5 |
2.468,40 |
2.468,40 |
2.468,40 |
PC/A10 |
Ayuntamiento de Santanyí |
P0705700C |
Desarrollo del proyecto Ciudad amiga de la infancia 2022-2023 |
6 |
10.254,75 |
9.000,00 |
4.329,90 |
PC/A11 |
Ayuntamiento de Porreres |
P0704300C |
Consejo Infantil 2023 |
7 |
7.816,60 |
7.816,00 |
5.051,55 |
PC/A12 |
Ayuntamiento de Inca |
P0702700F |
Presupuestos Participativos |
4,5 |
8.808,32 |
8.808,32 |
3.247,42 |
PC/A13 |
Ayuntamiento de Banyalbufar |
P0700700H |
Redacción del reglamento de participación ciudadana de Banyalbufar |
5,5 |
4.719,00 |
4.719,00 |
3.969,07 |
PC/A14 |
Ayuntamiento de Sencelles |
P0704700D |
Sencelles presente y futuro. Sistema de Participación Integral Municipal |
7,25 |
14.192,21 |
9.000,00 |
5.231,96 |
PC/A16 |
Ayuntamiento de Sineu |
P0706000G |
Aprendemos a participar |
4 |
6.933,77 |
6.933,77 |
2.886,60 |
PC/A17 |
Ayuntamiento de Artà |
P0700600J |
Presupuestos Participativos Jóvenes |
4,5 |
8.584,95 |
8.584,95 |
3.247,42 |
PC/A18 |
Ayuntamiento de Algaida |
P0700400E |
Presupuestos participativos 2023 |
4,5 |
9.000,00 |
9.000,00 |
3.247,42 |
PC/A19 |
Ayuntamiento de Binissalem |
P0700800F |
Demanda-Acción |
4,5 |
6.463,36 |
6.000,00 |
3.247,42 |
PC/A20 |
Ayuntamiento de Pollença |
P0704200E |
Acompañamiento en el Plan de desarrollo de infancia y adolescencia |
4,5 |
4.644,30 |
4.644,30 |
3.247,42 |
Línea 2:
Exp. |
Nombre Entidad |
NIF |
Proyecto |
Total puntos |
Presupuesto total |
Importe solicitado |
Importe adjudicación |
PC/V01 |
Fundación Proyecto Hombre Baleares |
G07488059 |
Acciones de voluntariado a Proyecto Hombre Baleares |
4 |
4.000,00 |
4.000,00 |
2.424,24 |
PC/V02 |
Naüm proyecto socioeducativo. Hermanas de la Caridad de Sant Vicenç de Paül |
R0700696H |
Son Roca Voluntaria |
7 |
10.193,57 |
6.000,00 |
4.242,42 |
PC/V03 |
Fundación Mallorca Integra |
G16585432 |
¡Acómpañame! |
5,5 |
4.840,00 |
4.840,00 |
3.333,33 |
PC/V04 |
Centro Mater Misericordiae |
R0700137C |
Iguales y diferentes |
4,5 |
6436,08 |
6.000,00 |
2.727,27 |
PC/V05 |
Moviment Escolata i Guiatge de Mallorca |
G07148612 |
Formaciones pre-campamentos |
5,25 |
3.029,81 |
3.029,81 |
3.029,81 |
PC/V06 |
Cruz Roja Española |
Q2866001G |
Actívate al voluntariado |
5,75 |
6.151,09 |
6.000,00 |
3.484,85 |
PC/V07 |
Fundación IRES |
G64147184 |
Tú lo haces posible |
5,25 |
21.477,00 |
6.000,00 |
3.181,82 |
PC/V08 |
Educaclown |
G57942708 |
¡Súmate en Educaclown! |
4 |
9.720,00 |
6.000,00 |
2.424,24 |
PC/V09 |
Asociación Española contra el Cáncer |
G28197564 |
Formación del voluntariado contra el cáncer en Mallorca |
6,5 |
11.986,00 |
6.000,00 |
3.939,39 |
PC/V10 |
Fundación Dentistas sobre ruedas |
G16594707 |
Captación y formación del voluntariado por la realización de actividades de sensibilización en temas de solidaridad y salud bucodental en municipios de menos de 60.000 habitantes en la isla de Mallorca |
5 |
6.000,00 |
6.000,00 |
3.030,30 |
PC/V11 |
Asociación El Tauler |
G57114167 |
Formación voluntarios |
4,75 |
2.465,00 |
2.465,00 |
2.465,00 |
PC/V12 |
Club Deportivo Palma de Mallorca Activa |
G57753022 |
Talleres formativos específicos para el voluntariado de PALMAesports |
4 |
5.933,25 |
5.933,25 |
2.424,24 |
PC/V13 |
Fundación Nemo |
G57989519 |
NEMOVOLUNTARIOS |
4 |
2.090,00 |
2.090,00 |
2.090,00 |
PC/V15 |
Médicos de Mundo Illes Balears |
G79408852 |
Transformando al voluntariado |
6,5 |
14.427,84 |
6.000,00 |
3.939,39 |
PC/V16 |
Cáritas Diocesana de Mallorca |
R0700067B |
Apoyo material para la promoción y captación de voluntariado |
4,5 |
3.597,37 |
3.597,37 |
2.727,27 |
PC/V18 |
Fundación Servicios de Cultura para el pueblo |
G07058548 |
Proyecto de captación, selección, orientación, seguimiento y evaluación del voluntariado por la captación lingüística del catalán para población migrada con hijos de 0-12 años |
4,5 |
8.000,00 |
8.000,00 |
2.727,27 |
PC/V19 |
Asociación Atzur |
G57696908 |
Formación voluntarios Asociación Atzur |
5 |
1.331,00 |
1.331,00 |
1.331,00 |
PC/V20 |
Ben Amics, asociación LGTBI de las Illes Balears |
G07698855 |
Campaña de promoción y captación de voluntariado para el Orgullo |
5 |
6.000,00 |
6.000,00 |
3.030,30 |
PC/V21 |
ASDE Scouts de Baleares |
G07503758 |
Formación Voluntariado ASDE 2023 |
4 |
1.050,00 |
1.050,00 |
1.050,00 |
PC/V22 |
Asociación Proyecto Encuentro Acoge |
G16650301 |
Proyecto Encuentro Acoge |
4 |
4.000,00 |
4.000,00 |
2.424,24 |
2. Disponer de un gasto de:
3. Denegar las subvenciones solicitadas, de las líneas 1 y 2, a las entidades siguientes y por los motivos que se detallan, según establece la convocatoria:
- Ayuntamiento de Ses Salines, P0705900I, exp. PC/A08, para el Proyecto de promoción de ocio saludable a través de la participación ciudadana: De acuerdo con el punto dos de la convocatoria, el proyecto no tiene por objeto la participación. Se valora como proyecto destinado a fomentar la realización de actividades preventivas dirigidas a evitar el uso de drogas y conductos aditivas a través de acciones familiares y comunitarias.
- Ayuntamiento de Manacor, P0703300D, exp. PC/A15, por el proyecto Consejo de niños y de adolescentes de Manacor: Han desistido, de acuerdo con el establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones y entidades.
- ONG Casal Solidario Gente del Mundo, G57754723, exp. PC/V14, para el proyecto El cuidado del voluntariado: Han desistido, de acuerdo con el establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones y entidades.
- Fundación Pere Tarrés-Movimiento de Centros de Esplai Cristianos Catalanes (MCECC), R5800395E, exp. PC/V17, para el proyecto Formación y acompañamiento en monitores/se de los grupos de recreo del MCECC – Mallorca: Han desistido, de acuerdo con el establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las administraciones y entidades.
4. Anular la diferencia entre los importes de autorización y de disposición del gasto por un importe total de 7.240,07 € y revertir el importe que corresponda a la aplicación correspondiente:
- Línea 1: 3.266,45 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 65.92400.46200 (documento contable A/920230008620).
- Línea 2: 3.973,62 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 65.92400.48901 (documento contable A/920230008624).
5. Notificar esta resolución de concesión o denegación de subvención a las entidades interesadas, publicar las subvenciones concedidas en la sede electrónica del Consell de Mallorca, a la Base Nacional de Subvenciones y al Boletín Oficial de las Illes Balears.
6. Anunciar a las entidades locales beneficiarias de la Línea 1 que serán convocadas por el órgano instructor para la firma del convenio en los términos que establece el punto 14.4 de la convocatoria.
Contra la mencionada resolución los recursos que se pueden interponer:
- Administraciones públicas: De conformidad con el artículo 44 y 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra esta resolución no se puede interponer ningún recurso en vía administrativa, si bien se puede formular potestativamente un requerimiento para la anulación o revocación en el plazo de dos meses contados desde el día que se recibe la notificación con carácter previo a la interposición de un recurso contencioso administrativo.
El requerimiento se entenderá desestimado si, en el plazo de un mes desde la presentación, no se notifica ninguna resolución expresa. El plazo para interponer el recurso contencioso administrativo es de dos meses contados desde el día siguiente del día que se ha recibido la comunicación de la resolución expresa sobre el requerimiento previo o este se entienda desestimado de forma presunta.
Si no se formula el requerimiento previo, se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la notificación.
- Entidades privadas: Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de la resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
Palma, documento firmado electrónicamente (6 de julio de 2023)
La secretaria técnica de Promoción Económica y Desarrollo Local (Por delegación de resolución de 22 de julio de 2019, BOIB nº. 103 de 27-07-2019) Rosa M. Cañameras Bernaldo