Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA
Núm. 444278
Delegación de competencias a favor de los regidores del Ayuntamiento de Algaida
La Alcaldia Presidencia, en fecha 27 de junio de 2023 ha dictado la providencia siguiente:
DECRETO DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS A FAVOR DE LOS REGIDORES
Atendido los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público así como el artículo 43 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Esta Alcaldía tiene a bien dictar el siguiente:
PRIMERO . Delegar a favor de los Regidores que se mencionan y que formarán parte de la Junta de Gobierno, las competencias referidas a las áreas o servicios siguientes:
1. Mateu Capellà Ribot: Hacienda, Función Pública, Contratación, Seguridad Ciudadana y Promoción Económica
2. Jeronima Miralles Xamena: Educación, Salud, Servicios Sociales, Cooperación e igualdad
3. Jaume Lliteras Ballester: Deportes, Medio Ambiente, Movilidad y Participación Ciudadana
4. Francesc Ramis Oliver: Cultura, Patrimonio, Urbanismo y Gente mayor
Por lo tanto, la Alcaldesa se reserva y no delega las áreas de Gobernación, Infraestructuras, Mantenimiento, Foravila, Fiestas y Juventud
SEGUNDO .Las facultades que se delegan son las siguientes:
La facultad de dirigir los servicios correspondientes, así como la facultad de gestionarlos en general, firmando escritos, dictámenes, traslados, publicaciones y anuncios, necesarios para la gestión de todos los asuntos relacionados con las materias delegadas. Se exceptúan de esta delegación la aprobación y firma de los convenios, que quedan reservados a alcaldia.
Efectuar propuestas a los diferentes órganos del Ayuntamiento, así como propuestas de gasto con las materias relacionadas en cada concejalía.
Las facultades resolutorias quedan reservadas a Alcaldia.
TERCERA. Que se dé cuenta de esta Resolución a la primera sesión del Ayuntamiento Pleno que se celebre, así como que se comunique al resto de áreas municipales e interesados para que rueguen conocimiento.
La presente resolución saldrá efectos en el mismo momento de su firma y tendrá que ser publicada al BOIB y en la sede electrónica municipal.
(Firmado electrónicamente: 5 de julio de 2023)
La alcaldesa Margarita Fullana Arrom