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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA

Núm. 440868
Resolución de Alcaldia de modificación de la delegación de competencias a los regidores (exp. 2023/007729)

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Texto

La Alcaldia, mediante la Resolución número 383, de 3 de julio de 2023, adoptó el acuerdo siguiente:

Asunto: modificación de la delegación de competencias a los regidores

Dado el escrito del señor Marc Marquès Llufriu, en fecha del 29 de junio de 2023, con registro de entrada número 013497, en que comunica la renuncia al cargo de regidor de este ayuntamiento, se hace necesario modificar la delegación de competencias que tenía asignadas por medio de la Resolución de Alcaldia número 339, de día 21 de junio de 2023, y que son las siguientes:

«2. ÁREA DE TERRITORIO Y ENTORNO Y SERVICIOS URBANOS

2.1. SERVICIO DE TERRITORIO Y ENTORNO

Al regidor Sr. MARC MARQUÉS LLUFRIU, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a LIMPIEZA DE LA VÍA PÚBLICA, RECOGIDA DE RESIDUOS Y ENERGÍAS RENOVABLES.

2.2. SERVICIOS URBANOS

Al regidor Sr. MARC MARQUÉS LLUFRIU, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de SERVICIOS DE AGUAS Y ALCANTARILLADO, MATADERO.»

Por lo que las competencias que tenía delegadas de limpieza de la vía pública y recogida de residuos pasarán a ser ejercidas por la Alcaldia; las relativas a energías renovables pasarán a ser ejercidas por el regidor delegado señor Daniel Óscar Marqués Papurello; las relativas al Servicio de Aguas y Alcantarillado pasaran a ser ejercidas por la señora María Esperanza Juaneda Salord; y las relativas a Matadero pasarán a ser ejercidas por el regidor delegado señor Nicolás Antonio Blanco Anglada. Las competencias delegadas al señor Nicolás Antonio Blanco Anglada en materia de Igualdad y Cooperación serán ejercidas por la Alcaldia.

Dado que también se hace necesario modificar la delegación de competencias en materia de Educación y Patronat Municipal d'Escoles Infantils y la delegación de la presidencia del PATRONAT MUNICIPAL D'ESCOLES INFANTILS y de la FUNDACIÓ CIUTADELLA CULTURA, asignadas al regidor señor Miguel Pablo Fullana León, y que serán ejercidas por la Alcaldia;

Que, de acuerdo con las facultades que confiere a esta alcaldía la legislación vigente en materia de régimen local; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local; el Real decreto legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; y el Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, y el artículo 25 de la Ley 20/2006, municipal y de régimen local de las Illes Balears;

RESUELVO

PRIMERO. Delegar al regidor Sr. DANIEL ÓSCAR MARQUÉS PAPURELLO las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a energías renovables.

Las competencias en materia de limpieza de la vía pública y recogida de residuos quedan reservadas a la Alcaldia.

SEGUNDO. Delegar a la regidora Sra. MARÍA ESPERANZA JUANEDA SALORD las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de Servicio de Aguas y Alcantarillado.

TERCERO. Delegar al regidor Sr. NICOLÁS ANTONIO BLANCO ANGLADA las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de MATADERO.

CUARTO. Dejar sin efecto la delegación efectuada al regidor señor NICOLÁS ANTONIO BLANCO ANGLADA de las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a IGUALDAD Y COOPERACIÓN.

Las competencias en materia de Igualdad y Cooperación quedan reservadas a la Alcaldia.

QUINTO. Dejar sin efecto la delegación efectuada al regidor señor MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN en materia de Educación y Patronat Municipal d'Escoles Infantils.

La competencia en materia de Educación y Patronat Municipal de Escoles Infantils queda reservada a la Alcaldia.

SEXTO. Dejar sin efecto la delegación en el regidor señor MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN de la presidencia del PATRONAT MUNICIPAL D'ESCOLES INFANTILS.

La presidencia del PATRONAT MUNICIPAL D'ESCOLES INFANTILS queda reservada a la Alcaldia.

SÉPTIMO. Dejar sin efecto la delegación en el regidor señor MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN de la presidencia de la FUNDACIÓ CIUTADELLA CULTURA.

La presidencia de la FUNDACIÓ CIUTADELLA CULTURA queda reservada a la Alcaldia.

OCTAVO. Delegar en el regidor Sr. MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN la vicepresidencia de la FUNDACIÓ CIUTADELLA CULTURA.

NOVENO. Refundir la Resolución de Alcaldia número 339, de día 21 de junio de 2023, con la presente resolución, de forma que el texto íntegro de las delegaciones, la estructuración de las áreas organizativas y sus servicios sean los siguientes:

PRIMERO: estructurar la organización de los servicios administrativos del Ajuntament en tres áreas, en virtud de lo que se establece en la Disposición adicional cuarta del RD 2568/1986, y delegar el conocimiento previo, la preparación de los acuerdos y la resolución de los asuntos que se especifican en los regidores y las regidoras siguientes, en cumplimiento de lo que se establece en el artículo 23 de la Ley 7/1985 y el Reglamento orgánico municipal (artículos 90 y 91, con relación al 38).

1. ÁREA DE ORGANIZACIÓN Y SEGURIDAD CIUDADANA

Dentro de esta área quedarían integrados los servicios siguientes:

1.1. SERVICIOS CENTRALES Y ORGANIZACIÓN

Este servicio incluye:

1.1.1. Servicio de Protocolo (Alcaldia).

1.1.2. Servicios Jurídicos: Contratación, Archivo Administrativo y Servicios Generales (Alcaldia).

1.1.3. Servicio de Atención a la Ciudadanía, OAC (Alcaldia).

1.1.4. Servicios Económicos: Hacienda y Gestión Tributaria.

1.1.5 Comunicación (Alcaldia).

1.1.6. Recursos Humanos.

Al regidor Sr. JUAN DAVID BENEJAM ESCANELLAS, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a HACIENDA Y GESTIÓN TRIBUTARIA (excepto en cuanto a los asuntos cuya resolución haya sido delegada por esta alcaldía a la Junta de Govern Municipal).

A la regidora Sra. RAQUEL PERICÁS NEGRETE, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a RECURSOS HUMANOS (excepto en cuanto a los asuntos cuya resolución haya sido delegada por esta alcaldía a la Junta de Govern Municipal).

1.2. SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA

Este servicio incluye:

1.2.1. Policía.

1.2.2. Movilidad y Circulación.

1.2.3. Protección Civil.

A la regidora Sra. RAQUEL PERICÁS NEGRETE, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a POLICÍA LOCAL, PROTECCIÓN CIVIL Y CIRCULACIÓN (SEÑALÉTICA, VADOS, TARJETAS VERDES Y ZONA AZUL, PARQUÍMETROS, MULTAS DE TRÁFICO).

1.3. SERVICIO DE ATENCIÓN EN MATERIA DE CONSUMO

Este servicio incluye las tareas relacionadas con Consumo.

A la regidora Sra. MARÍA ÁNGELES TORRES RIBOT, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a CONSUMO.

1.4. SERVICIO DE TRANSPARENCIA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

Al regidor Sr. JUAN DAVID BENEJAM ESCANELLAS, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que a afecten terceros con relación a TRANSPARENCIA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS (excepto en cuanto a los asuntos cuya resolución haya sido delegada por esta alcaldía a la Junta de Govern Municipal).

1.5. SERVICIO DE MEJORA Y MANTENIMIENTO DEL PATRIMONIO

Al regidor Sr. JUAN DAVID BENEJAM ESCANELLAS, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten terceros con relación a MEJORA Y MANTENIMIENTO DEL PATRIMONIO (excepto en cuanto a los asuntos la resolución de los cuales haya sido delegada por esta batlia en la Junta de Govern Municipal).

2. ÁREA DE TERRITORIO Y ENTORNO Y SERVICIOS URBANOS

Dentro de esta área quedarían integrados los servicios siguientes:

2.1. SERVICIO DE TERRITORIO Y ENTORNO

Este servicio incluye:

2.1.1. Urbanismo y Actividades: Disciplina Urbanística, licencias por obras y actividades (PGOU) y otros instrumentos de ordenación.

2.1.2. Mantenimiento y mejora de la vía pública: Brigada, Obra Pública y Caminos Rurales.

2.1.3. Medio Ambiente: Energías, Zonas Verdes.

2.1.4. Limpieza y Recogida de Residuos: Recogida de Basuras y Limpieza Viaria (Alcaldia).

2.1.5. Uso de la Vía Pública y Disciplina Gubernativa.

2.1.6. Mantenimiento y Mejora de Edificios de Administración General (Alcaldia).

Al regidor Sr. JUAN DAVID BENEJAM ESCANELLAS, las facultades de dirigir y gestionar en temas de PLANEAMIENTO Y GESTIÓN URBANÍSTICA; así como también las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en temas DE INTERVENCIÓN PREVENTIVA (licencias urbanísticas y de actividades, primeras ocupaciones...) Y DISCIPLINA EN MATERIA URBANÍSTICA Y DE ACTIVIDADES (excepto en cuanto a los asuntos cuya resolución haya sido delegada por esta alcaldía en la Junta de Govern Municipal).

A la regidora Sra. MARÍA ESPERANZA JUANEDA SALORD, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación al MANTENIMIENTO Y a la MEJORA DE LA VÍA PÚBLICA: BRIGADA, OBRA PÚBLICA Y CAMINOS RURALES, JARDINES Y ZONAS VERDES.

Al regidor Sr. DANIEL ÓSCAR MARQUÉS PAPURELLO, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍAS RENOVABLES.

Así mismo, a la regidora Sra. RAQUEL PERICÁS NEGRETE las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación al USO DE LA VÍA PÚBLICA, GOBERNACIÓN Y DISCIPLINA GUBERNATIVA: CUMPLIMIENTO Y SEGUIMIENTO DE ORDENANZAS, Y TODOS LOS PERMISOS Y/O LAS AUTORIZACIONES RELACIONADOS CON ESTAS MATERIAS (TOLDOS, OCUPACIÓN DE VÍA PÚBLICA CON MERCANCÍAS, POR OBRAS, ETC).

2.2. SERVICIOS URBANOS

Este servicio incluye:

2.2.1. Cementerios.

2.2.2. Servicio de Agua y Alcantarillado.

2.2.3. Matadero.

2.2.4. Salubridad Pública e Inspección.

A la regidora Sra. MARÍA ÁNGELES TORRES RIBOT, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a CEMENTERIOS, SALUBRIDAD PÚBLICA E INSPECCIÓN.

A la regidora Sra. MARÍA ESPERANZA JUANEDA SALORD, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de SERVICIOS DE AGUAS Y ALCANTARILLADO.

Al regidor Sr. NICOLÁS ANTONIO BLANCO ANGLADA, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de MATADERO.

2.3. SERVICIO DE MOVILIDAD

Incluye los servicios siguientes: Movilidad Sostenible, transporte público, taxi.

A la regidora Sra. RAQUEL PERICÁS NEGRETE, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a MOVILIDAD SOSTENIBLE, TRANSPORTE PÚBLICO, TAXI.

3. ÁREA SOCIOEDUCATIVA Y DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA

Dentro de esta área quedarían integrados los servicios siguientes:

3.1. SERVICIOS A LAS PERSONAS

Este servicio incluye:

3.1.1. Atención Social.

3.1.2. Patronat Municipal de l'Hospital.

A la regidora Sra. MARÍA ÁNGELES TORRES RIBOT, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a ATENCIÓN SOCIAL, SERVICIOS SOCIALES Y PATRONAT MUNICIPAL DE L'HOSPITAL.

3.2. SERVICIO DE CULTURA Y PATRIMONIO

Este servicio incluye:

3.2.1. Cultura.

3.2.2. Fundación Ciutadella Cultura.

3.2.3. Patrimonio.

Al regidor Sr. MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a CULTURA Y PATRIMONIO: PROGRAMAS DE EDUCACIÓN CULTURAL, EQUIPACIONES E INSTALACIONES CULTURALES, FUNDACIÓN CIUTADELLA CULTURA, SERVICIOS LINGÜÍSTICOS Y ARCHIVO HISTÓRICO.

3.3. SERVICIO DE PROYECTO DE CIUDAD, DINAMIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Al regidor Sr. MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a PROYECTO DE CIUDAD, DINAMIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.

3.4. SERVICIOS EDUCATIVOS

Este servicio incluye:

3.4.1. Educación (Alcaldia).

3.4.2. Patronat Municipal d'Escoles Infantils (Alcaldia).

3.5. SERVICIO DE DEPORTES

Incluye el deporte escolar, los programas de educación deportiva, las instalaciones deportivas.

Al regidor Sr. NICOLÁS ANTONIO BLANCO ANGLADA, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a DEPORTES: DEPORTE ESCOLAR, PROGRAMAS DE EDUCACIÓN DEPORTIVA, INSTALACIONES DEPORTIVAS.

3.6. SERVICIO DE JUVENTUD

Al regidor Sr. NICOLÁS ANTONIO BLANCO ANGLADA, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de JUVENTUD Y DEL PUNT JOVE MUNICIPAL.

3.7. SERVICIO DE DINAMIZACIÓN ECONÓMICA

Este servicio incluye:

3.7.1. Turismo.

3.7.2. Fiestas.

3.7.3. Formación y Ocupación.

3.7.4. Comercio, Ferias y Mercados.

Al regidor Sr. DANIEL ÓSCAR MARQUÉS PAPURELLO, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a temas de TURISMO.

Al regidor Sr. MIGUEL PABLO FULLANA LEÒN, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a FIESTAS, COMERCIO, FERIAS Y MERCADOS.

A la regidora Sra. RAQUEL PERICÁS NEGRETE, las facultades de dirigir, gestionar y resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con relación a FORMACIÓN Y OCUPACIÓN.

3.8. SERVICIO DE IGUALDAD Y COOPERACIÓN

Las competencias en materia de IGUALDAD Y COOPERACIÓN quedan reservadas a la Alcaldia.

SEGUNDO. Delegar a la regidora Sra. MARÍA ÁNGELES TORRES RIBOT la presidencia del PATRONAT MUNICIPAL DE L'HOSPITAL.

TERCERO. Delegar al regidor Sr. MIGUEL PABLO FULLANA LEÓN la vicepresidencia de la FUNDACIÓ CIUTADELLA CULTURA.

CUARTO. Mandar la publicación de esta resolución al Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), de acuerdo con el artículo 44 del ROF, y de la que se dará cuenta al Ple del Ajuntament en la primera sesión que se celebre.

QUINTO. La Alcaldia se reserva el ejercicio de las atribuciones delegadas, sin acto expreso de revocación de estas, en aquellos casos en que se justifique la urgencia.'»

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Ciutadella de Menorca, 5 de julio de 2023

La alcaldesa Juana María Pons Torres