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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 437267
Delegación genérica al segundo teniente alcalde

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Texto

El Alcalde del Ayuntamiento de Santa Margalida, en fecha 21 de Junio de 2023, dicto la resolución que seguidamente se transcribe:

“RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA DELEGACIÓN GENÉRICA AL SEGUNDO TENIENTE ALCALDE EUGENIO GARRIDO VIVAS

Esta Alcaldía tiene atribuida por ley la facultad de delegar determinadas atribuciones, de acuerdo con el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Razones de oportunidad y conveniencia para la agilización y mejora del servicio, aconseja delegar las atribuciones de área que a continuación se indicarán.

En consecuencia, de acuerdo con los artículos 21.3 de la LRBRL y 43, 44, 120 y 121 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales,

RESUELVO

Primero.- Delegar en el segundo teniente alcalde, Sr. Eugenio Garrido Vivas, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de Medi Ambient, Turismo y Comercio Can Picafort y Son Serra

Segundo.- Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias sobre las siguientes materias:

TURISMO Y COMERCIO CAN PICAFORT Y SON SERRA

Promoción turística

Oficinas de información

Comunicación

Actividades turístico-deportivas

Acciones de apoyo al comercio

Acciones de promoción del comercio local

MEDIO AMBIENTE

Playa

Espacios Naturales

Promoción e implantación de recogida selectiva

Inspección de residuos y limpieza viaria

Programas de educación ambiental

Informes y asesoramiento ambiental en general

Defensa y promoción de los intereses generales de la agricultura

Pozos de abastecimiento de agua potable y concesiones

Tercero.- Las delegaciones mencionadas comprenden tanto las facultades de dirección interna de los servicios, la instrucción y propuesta de resolución de los expedientes de su ámbito de actuación así como los de gestionarlos en general, pero sin incluir la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobar por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los/as concejales/as afectados/as y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta Alcaldía.

En caso de ausencia, vacante enfermedad o cualquier otro impedimento de los/las concejales/as delegados/as, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de advocación en base a la presente Resolución, sin necesidad de nueva resolución expresa en este sentido.

Quinto.- Notificar esta Resolución a los/as concejales/as afectados/as, entendiéndose aceptada la competencia delegada de forma tácita, si en el plazo de 24 horas siguientes no se manifiesta nada en contra o se hace uso de la delegación.

Sexto.- Las delegaciones conferidas requerirán para su eficacia la aceptación de concejal/a delegado/a, se publicarán en el BOIB y de ellas se dará cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que tenga lugar.

Séptimo.- El/la concejal/a delegado/a queda obligado/da a informar a esta Alcaldía sobre la gestión y las disposiciones que dicte, y previamente, de las decisiones de trascendencia en los términos previstos en el artículo 115 del ROF.

En lo no previsto en esta resolución regirán la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears, y el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, en el marco de las reglas que para las delegaciones se establecen en dichas normas.

Santa Margalida, a fecha de la firma electrónica

El alcalde Juan Monjo Estelrich

De acuerdo con la función de fe pública prevista en el art. 3.2h) del RD 128/2018, hago anotar en el expediente 1928/2023, la presente Resolución

La Secretaria Maria Magdalena Vicens Pons”

Lo que se hace público para general conocimiento.

 

Santa Margalida, con fecha de la firma electrònica (6 de junio de 2023)

El alcalde Joan Monjo Estelrich