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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 436999
Convocatoria por el sistema de libre designación en comisión de servicios del puesto de trabajo de Jefe/a de la Policía Local y Protección Civil

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Texto

Decreto de Alcaldía

1. En fecha 17/06/2023 se ha constituido la nueva Corporación municipal.

2. Teniendo en cuenta los cambios organizativos que se están llevando a cabo en la estructura interna municipal, se ha de proceder a la convocatoria de provisión temporal, mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria, del puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a de la Policía Local y Protección Civil.

Es por ello que, esta Tenencia de Alcaldía, en virtud de las competencias que le otorga el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicta la siguiente

Resolución

1. Aprobar las bases de la convocatoria de provisión temporal, mediante una comisión de servicios ordinaria voluntaria, del puesto de trabajo de libre designación, Jefe/a de la Policía Local y Protección Civil.

BASES

Primera.

Constituye objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de libre designación del puesto de trabajo de JEFE/A DE LA POLICÍA LOCAL Y PROTECCIÓN CIVIL del Ayuntamiento de Calvià, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las policías locales de las Illes Balears, con el contenido y características recogidas en la relación de puestos de trabajo vigente:

Denominación: JEFE/A DE LA POLICIA LOCAL Y PROTECCIÓN CIVIL

Grupo: A1

Nivel: 28

Conocimientos de lengua catalana: B2

Complemento específico anual: 45.133,03 €

Número de puestos a proveer: 1

Forma de provisión: libre designación

Segunda.

Según lo establecido en el artículo 22 de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las policías locales de las Illes Balears y en el artículo 46 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, en la convocatoria pública de libre designación podrá participar el personal funcionario de carrera que pertenezca a la máxima escala o a la categoría superior de la escala inmediatamente inferior del cuerpo del municipio o entre personal funcionario de carrera de cuerpos de Policía Local de otros municipios o de otros cuerpos o fuerzas de seguridad, siempre que pertenezca a la escala o categoría citadas o a una escala superior, de acuerdo con las equivalencias reglamentarias.

De acuerdo con el párrafo anterior, la plaza de máxima categoría en el cuerpo de Policía Local del Ayuntamiento de Calvià es la de Mayor, tal como se recoge en la Plantilla de la Corporación, publicada en el BOIB núm. 4, de 10 de enero de 2023.

El personal funcionario de carrera de otros cuerpos y fuerzas de seguridad ha de tener una categoría igual o superior a la exigida, de acuerdo con la equivalencia que se establece en el artículo 46.4 a) del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares, que literalmente dispone:

"Con las categorías de intendente, comisario y mayor de los cuerpos de policía local de las Illes Balears, las categorías de los diferentes cuerpos de las fuerzas y cuerpos de seguridad previstas en el artículo 2 de la Ley Orgánica 2/1986, integradas en el subgrupo funcionarial A1, con funciones de organización, dirección, coordinación y supervisión de las diversas unidades del cuerpo, así como, si procede, la ejecución de los servicios, con una clasificación profesional y una formación profesional específica en el puesto de trabajo de origen análogas a las de la categoría del puesto concreto que debe proveerse."

Además, para poder participar en esta convocatoria, las personas interesadas han de tener la condición de personal funcionario de carrera en activo en alguna de las administraciones públicas en las que el puesto de trabajo esté abierto; tener un mínimo de dos años de antigüedad en la escala de procedencia y, además, el resto de requisitos de ocupación que por el puesto de trabajo convocado prevé la Relación de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento y que se han indicado en esta convocatoria.

No podrá participar el personal funcionario inhabilitado y el suspendido en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, de no haber transcurrido el tiempo señalado en estas.

Tercera.

La duración de la comisión de servicios, con carácter general, es de doce (12) meses, sin perjuicio de que este plazo pueda ser prorrogado de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.

Cuarta.

Las persones aspirantes han de realizar la presentación de la instancia por medios electrónicos. Las solicitudes de participación y la documentación que corresponda se han de presentar a través del enlace disponible en la página web del Ayuntamiento www.calvia.com/convoca.

Junto con la solicitud de participación, se ha de presentar copia escaneada legible de la documentación a aportar en formato PDF o JPG. Los archivos que se adjunten a la solicitud de participación se han de nombrar de manera clara según su contenido y presentarlos según se indique en el proceso de solicitud.

El plazo general de presentación de solicitudes es de siete (7) días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en la página web del Ayuntamiento www.calvia.com/convoca

Junto con la solicitud se ha de adjuntar:

- Copia escaneada del D.N.I.

- Currículum vitae con la relación de los méritos profesionales y académicos. La Administración podrá en cualquier momento exigir o comprobar la acreditación de los méritos alegados.

Se valorará especialmente:

- Tener acreditada experiencia en funciones de mando de grupos de más de 50 efectivos.

- Experiencia en la implantación y gestión de modelos de policía de proximidad o comunitaria.

- Formación y calificación profesional en materia de seguridad ciudadana.

Quinta.

Las personas aspirantes podrán ser convocadas, en caso de considerarse oportuno, a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su trayectoria profesional y cualesquiera otras que el órgano competente considere necesarias, con el fin de determinar la idoneidad de la persona candidata para su nombramiento.

La convocatoria será resuelta por el Alcalde-Presidente, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/2013, de 17 de julio, de Coordinación de las policías locales de las Illes Balears, en el plazo máximo de un mes, contado desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y podrá ser declarada desierta si ninguna de las personas candidatas consiguiera el nivel suficiente para el puesto de trabajo, según el parecer del órgano competente.

Sexta.

Esta convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Séptima.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones públicas. También se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Calvià, en la fecha de la firma electrónica (4 de julio de 2023)

La teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática, Comunicación y Coordinación Municipal Isabel Bonet Saum (Delegación por Resolución de Alcaldía de 19/06/2023)