Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 431496
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública por la que se modifica la composición del Tribunal Calificador del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías ( o especialidades) de administración general y especial del subgrupo A1 derivada de la oferta de empleo público extraordinario del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019
Se publica la resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública, por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas:
“Antecedentes
1. Mediante la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 21 de febrero de 2023, dictada por delegación del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022, se nombraron a los Tribunales Calificadores del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas , clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2 y grupo B derivada de la oferta de empleo público extraordinario del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y 2019 (BOIB núm. 24 de 23 de febrero de 2023).
2. Mediante la Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública de 15 de marzo de 2023, dictada por delegación del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022, se modificó la composición de los Tribunales Calificadores del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas , clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial de los subgrupos A1, A2 y grupo B derivada de la oferta de empleo público extraordinario del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019 (BOIB núm. 35, de 18 de marzo de 2023).
3. En fecha 9 de junio de 2023 la presidenta del tribunal del subgrupo A1 comunicó al EMAP que se habían admitido causas de abstención en Dª. María Carmen Calafat Peñas y D. Joan Reus Frontera, vocales suplentes, y ha solicitado que se nombre nuevos miembros en sustitución de las personas mencionadas.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Aceptar las causas de abstención de Dª. María Carmen Calafat Peñas y D. Joan Reus Frontera como vocales suplentes del Tribunal Calificador del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal funcionario de las escalas, subescalas, clases y categorías (o especialidades) de administración general y especial del subgrupo A1, derivada de la oferta de empleo público extraordinario del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019.
2. Nombrar como nuevos miembros del Tribunal Calificador a D. Juan José Riera Ferrer en sustitución de Dª. María Carmen Calafat Peñas, y a D. Josep Antoni Giménez Serra, en sustitución de D. Joan Reus Frontera.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la Sede Electrónica y en el tablón de edictos electrónico del Consejo Insular de Mallorca.
4. Notificar esta Resolución a Dª. María Carmen Calafat Peñas y a D. Joan Reus Frontera, y a los señores Juan José Riera Ferrer y José Antonio Giménez Serra, haciendo saber a estos últimos que la condición de miembro del Tribunal Calificador y la consiguiente obligación de asistencia a las sesiones constituye un deber del personal funcionario.
Interposición de recursos
Contra este acto de trámite, no cabe recurso administrativo alguno, aunque la persona interesada puede alegar su oposición para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento. No obstante, si se estima que concurre alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, cabe interponer el recurso administrativo que proceda , fundamentado en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos legalmente
Palma, en la fecha de la firma electrónica
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Josep Lluís Colom Martínez (por delegación del Consejo Ejecutivo. Acuerdo de 28 de septiembre de 2022, BOIB núm. 128, de 1 de octubre de 2022)”
Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de junio de 2023)
El consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública Josep Lluís Colom Martínez