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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 430058
Resolución de la directora general de Personal Docente de 29 de junio de 2023 mediante la cual se hacen públicas las listas definitivas de aspirantes seleccionados que han superado el proceso selectivo de estabilización mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso en los cuerpos docentes en las Illes Balears, convocado por Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022

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Texto

En el BOIB núm. 147, de 15 de noviembre de 2022, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022 por la cual se convoca el proceso selectivo de estabilización, mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso en los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears.

En fecha 4 de abril de 2023, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente de 4 de abril de 2023 por la cual se hacen públicas las listas definitivas de aspirantes excluidos y admitidos, con las puntuaciones definitivas de los méritos, en el proceso. Esta resolución fue modificada en fecha 9 de mayo, con motivo de la estimación de varios recursos potestativos de reposición y la corrección de los errores materiales detectados.

En fecha 29 de mayo de 2023, el tribunal de selección aprobó e hizo pública la lista provisional de aspirantes seleccionados para cada cuerpo y especialidad, con indicación del turno, y se abrió el plazo de reclamaciones y renuncias a que hacen referencia las bases 7.4 y 7.5 del anexo 1 de la convocatoria.

Una vez finalizado el plazo de reclamaciones y renuncias, teniendo en cuenta el que dispone la base 7.5 y en conformidad con la base 7.6 del anexo 1 de la convocatoria, en la redacción dada por el punto 1 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 9 de junio de 2023 de corrección de error material advertido en la publicación de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022 por la cual se convoca el proceso selectivo de estabilización, mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso en los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears, el tribunal de selección elevó a la directora general de Personal Docente la propuesta de aspirantes seleccionados.

En fecha 15 de junio de 2023, se publicó la Resolución de la directora general de Personal Docente por la cual se hacen públicas las listas definitivas de aspirantes seleccionados que han superado el proceso selectivo de estabilización mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso en los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears, convocado por Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022.

Esta resolución fijó un plazo para que los aspirantes seleccionados por dos o más especialidades, del mismo o diferente cuerpo, optaran por una y renunciaran al resto. Así mismo dentro de este mismo plazo los aspirantes seleccionados podían renunciar a todas las especialidades para las cuales han sido seleccionados.

Finalizado el plazo de renuncias y a consecuencia de estas, han quedado plazas vacantes, motivo por el cual resulta procedente recurrir a la lista definitiva de aspirantes admitidos de las especialidades correspondientes, a efectos de seleccionar, por orden de puntuación, los aspirantes que han indicado en primer lugar plazas en las Illes Balears de acuerdo con lo dispuesto la base 7.7 del anexo 1 de la convocatoria. 

Así mismo, la base 12.3 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 15 de junio de 2023 por la cual se convoca, para el curso 2023-2024, el proceso de adjudicación de destinos provisionales para los funcionarios de carrera docentes sin destino definitivo y los desplazados por falta de horario, para los funcionarios docentes a los cuales se ha admitido la solicitud de destino en comisión de servicios y para los funcionarios docentes en prácticas a centros públicos de enseñanza no universitaria, y se aprueban las instrucciones que lo rigen, como también las instrucciones que deben regir el proceso de adjudicación de sustituciones indica que la directora general de Personal Docente, mediante una resolución que se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears, tiene que aprobar una nueva lista definitiva de aspirantes seleccionados que han superado el proceso selectivo, que tenga en cuenta las renuncias y los nuevos aspirantes seleccionados y tiene que establecer el plazo de presentación de la documentación acreditativa de los requisitos de participación, de acuerdo con la base novena de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022.

Por otro lado, debido la estimación de recursos potestativos de reposición interpuestos por los aspirantes en este proceso contra la Resolución de la directora general de Personal Docente por la cual se hacen públicas las listas definitivas de aspirantes seleccionados que han superado el proceso selectivo de estabilización mediante el sistema excepcional de concurso de méritos para el ingreso en los cuerpos docentes de profesores de enseñanza secundaria, de profesores de escuelas oficiales de idiomas, de profesores de música y artes escénicas, de profesores de artes plásticas y diseño, de maestros de taller de artes plásticas y diseño, de maestros y de profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional en las Illes Balears, convocado por Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022, implica la modificación de esta en los términos establecidos en las correspondientes resoluciones estimatorias.

El artículo 2.6.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears , por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears , modificado por el Decreto 25/2021, de 8 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears , atribuye a la Consejería de Educación y Formación Profesional, concretamente a la Dirección General de Personal Docente, competencias en materia de ordenación y gestión del personal docente.

El punto 1.a) de la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 19 de marzo de 2021 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión del personal docente en la directora general de Personal Docente (BOIB núm. 41, de 25 de marzo), delega en la directora general de Personal Docente, entre otras competencias administrativas en materia de gestión de personal docente, la facultad de convocar y resolver los procesos de selección derivados de la oferta pública para el ingreso y el acceso a la función pública docente, establecer las bases, nombrar los miembros de los órganos de selección y valoración y establecer el procedimiento de la fase de prácticas.

Por todo esto, y de acuerdo con las listas definitivas de aspirantes seleccionados elevadas a la directora general de Personal Docente por el tribunal de selección, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar y hacer pública en el anexo de esta Resolución la lista definitiva de aspirantes seleccionados que han superado el proceso selectivo.

2. Informar que, en el plazo de dieciséis días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOIB de esta Resolución, los aspirantes seleccionados tienen que presentar a la Dirección General de Personal Docente a través del trámite telemático habilitado al efecto, los documentos que se indican a continuación, según corresponda.

a) Los aspirantes seleccionados que han realizado la solicitud de participación en la plaza adjudicada a través del trámite habilitado por esta Administración educativa tienen que presentar los documentos siguientes:

- Un certificado médico oficial acreditativo de no sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por limitación física ni psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y la especialidad por el que han sido seleccionados.

- Los aspirantes con discapacidad deben presentar el dictamen establecido en la base 2.2.3 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022, excepto que lo hayan presentado dentro del plazo de presentación de solicitudes o hayan autorizado la Administración para solicitarlo.

b) Los aspirantes seleccionados que han realizado la solicitud de participación a la plaza adjudicada a través del trámite habilitado por otra Administración Educativa que firmaron el Acuerdo de 8 de noviembre de 2022 deben indicar a través de qué Administración Educativa presentaron la solicitud de participación en la plaza adjudicada y presentar los siguientes documentos:.

- Un certificado médico oficial acreditativo de no sufrir ninguna enfermedad ni estar afectado por limitación física ni psíquica que sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes al cuerpo y la especialidad por el que ha sido seleccionado.

- Los aspirantes con discapacidad tienen que presentar el dictamen establecido     en la base 2.2.3 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022, excepto que lo hayan presentado dentro del plazo de     presentación de solicitudes.

- Un certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, o que posean otra además de la española, junto a este certificado, tienen que presentar alguna certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen, o del cual sean nacionales, respecto de los delitos contra la libertad y la indemnidad sexual y de tráfico de seres humanos, traducida y legalizada de acuerdo con los convenios internacionales existentes.

- En el caso que los aspirantes seleccionados, incluidos en el apartado b) no indiquen a través de qué Administración han participado deben presentar, además de los documentos indicados en el apartado anterior los  siguientes documentos:

- Título exigido para el ingreso en el cuerpo o la certificación académica acreditativa de haber realizado todos los estudios necesarios para que sea expedido, con indicación de la convocatoria en la que se acabaron y de la fecha de pago de los derechos de expedición del título, o el recibo acreditativo del pago correspondiente de los derechos de expedición del título.

Si la titulación ha sido obtenida en el extranjero, hay que adjuntar la correspondiente homologación o bien la credencial de reconocimiento de la titulación para el ejercicio de la profesión en el cuerpo correspondiente.

- Certificado que acredite el dominio de la lengua catalana según el que determina el artículo segundo del Decreto 115/2001, de 14 de septiembre, por el cual se regula la exigencia de conocimiento de las lenguas oficiales al personal docente, modificado por la disposición final novena del Decreto Ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en la ocupación pública de las Illes Balears.

- Copia del documento nacional de identidad vigente. En el caso de tener la nacionalidad de otro estado miembro de la Unión Europea, hay que presentar una fotocopia del certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, junto con la fotocopia del pasaporte o documento de identidad en vigor.

- Título de formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación o, si se procede, la documentación justificativa acreditativa de la exención de este requisito según lo establecido en el apartado 3 del anexo 2 de la Resolución de la directora general de Personal Docente de 3 de noviembre de 2022.

Toda la documentación emitida en lengua diferente al castellano o catalán tiene que ir acompañada de la correspondiente traducción oficial en una de las dos lenguas oficiales de las Illes Balears realizada por un traductor jurado.

3. Informar que los aspirantes seleccionados tienen que participar en el proceso de adjudicación de destinos provisionales de la Dirección General de Personal Docente para el curso 2023-2024 y están obligados a incorporarse en la plaza adjudicada el 1 de septiembre de 2023.

4. Señalar que los aspirantes seleccionados relacionados al anexo de esta Resolución restan pendientes de nombramiento como personal funcionario de carrera y por tanto, de acuerdo con el establecido en el artículo 12 del Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la mencionada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, quedarán excluidos de los procesos selectivos, en que participen, del cuerpo para el cual han sido seleccionados.

5. Informar que el personal docente funcionario de carrera que ha sido seleccionado en este proceso por un cuerpo diferente tiene que optar, en el plazo establecido en el punto 2 de esta Resolución y a través del mismo trámite temático, para restar en su cuerpo de origen y pedir excedencia en el cuerpo por el cual ha sido seleccionado, o bien optar para incorporarse en la plaza adjudicada del cuerpo por el cual ha sido seleccionado y pedir excedencia del cuerpo de origen. En el caso de no realizar esta opción tienen que permanecer en el cuerpo de origen y serán declarados excedentes del cuerpo por el cual han sido seleccionados.

6. Informar que los aspirantes seleccionados que hayan superado los procesos selectivos convocados por Resolución de la directora general de Personal Docente de 16 de diciembre de 2022 o por Resolución de la directora general de Personal Docente de 1 de febrero de 2023, por un cuerpo diferente del que han sido seleccionados en este proceso tienen que presentar un escrito manifestando por qué cuerpo optan ante la Dirección General de Personal Docente en cualquiera de los registros de la Consejería de Educación y Formación Profesional, o bien, en cualquiera de los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En el caso de optar por el cuerpo en el cual serán nombrados funcionarios en prácticas serán declarados excedentes del cuerpo en el que han sido seleccionados mediante el sistema excepcional de concurso de méritos.

En el caso contrario, o en el supuesto de no realizar esta opción serán nombrados funcionarios del cuerpo por el cual han sido seleccionados mediante el sistema excepcional de concurso de méritos, y se considerará que renuncian a todos los derechos derivados del procedimiento selectivo convocado por Resolución de la directora general de Personal Docente de 16 de diciembre de 2022 o por Resolución de la directora general de Personal Docente de 1 de febrero de 2022.

El plazo para presentar este escrito es del 24 al 25 de julio de 2023, ambos incluidos.

7. Publicar esta Resolución y  su anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Personal Docente en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación, en conformidad con el que dispone el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las  Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con el que dispone el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de junio de 2023)

La directora general de Personal Docente Rafaela Sánchez Benítez Por delegación del consejero de Educación y Formación Profesional (BOIB núm. 41, de 25/03/2021)

Documentos adjuntos