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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 427604
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la modificación de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial

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Texto

Antecedentes

1. El 18 de mayo de 2023 se publicó en el BOIB n.º 66 la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial.

2. Una vez publicada la resolución antes mencionada, se ha advertido una incongruencia en los requisitos exigidos para ser beneficiario de estas ayudas, concretamente, entre los puntos 1 y 2 del apartado segundo de la convocatoria, lo cual dificulta su comprensión y la posterior tramitación y concesión de las ayudas.

3. Esta resolución de modificación es susceptible de ser publicada a pesar de que el Gobierno de las Islas Baleares se encuentre en funciones, puesto que no implica un aumento del compromiso de gasto ya adquirido mediante la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial, que se publicó con anterioridad en la celebración de las elecciones autonómicas del día 28 de mayo de 2023.

4. Por todo esto, el día 29 de junio de 2023 el director general de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular ha emitido la memoria justificativa sobre la necesidad de llevar a cabo una modificación de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial.

5. El día 29 de junio de 2023, el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo ha ordenado el inicio del procedimiento para tramitar la modificación de la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB número 196, de 31 de diciembre).

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).

3. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).

5. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 21, de 15 de febrero), que establece, en su artículo 2 punto 4.d, en relación a la Consellería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, que las competencias de la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular son, entre otros, la promoción, desarrollo y dinamización económica; la financiación y apoyo empresarial; la gestión, fomento y difusión de los modelos de economía social y autoempleo, y la coordinación y gestión de la implantación de un sistema de gestión ético y socialmente responsable con la asunción del Sistema Balear de Responsabilidad Social Corporativa de Empresas.

6. Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Modificar la Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para compensar una parte de los gastos de cotización de las mujeres y las personas menores de treinta y cinco años residentes en las Islas Baleares que inicien su actividad empresarial, en los términos siguientes:

- En el apartado segundo Beneficiarios:

Donde dice: «2. Los beneficiarios tienen que constar de alta en el RETA y en el correspondiente epígrafe del Impuesto de actividades Económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, como mínimo, desde la fecha de presentación de su solicitud de ayudas.»

Tiene que decir: «2. Los beneficiarios también tienen que constar de alta en el correspondiente epígrafe del Impuesto de actividades Económicas de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.»

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares,de acuerdo con lo que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril), y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común (BOE n.º 236, de 2 de octubre).

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a publicarse en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con lo que establece el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE n.º 167, de 14 de julio).

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (29 de junio de 2023)

El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo Iago Negueruela Vázquez