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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Núm. 425069
Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 26 de junio de 2023 por la que se conceden y deniegan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023

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Texto

Hechos 

1. Por resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de día 9 de febrero de 2023 (BOIB núm. 24 de 23 de febrero) se convocaron ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de las Illes Balears en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023.

2 La comisión evaluadora prevista en el punto décimo de la convocatoria se reunió en fecha 24 de abril de 2023 para revisar, evaluar y calificar las solicitudes de acuerdo con los criterios y requisitos establecidos en la Resolución de convocatoria. Esta comisión se volvió a reunir, en fecha 11 de mayo de 2023, para estudiar las reclamaciones presentadas por los interesados ​​a la propuesta de resolución provisional.

3. La directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa dictó la propuesta de resolución definitiva el 12 de mayo de 2023, tal y como prevé el punto decimosexto de la convocatoria.

4. Una vez revisadas todas las reclamaciones, se ha comprobado que se han presentado un total de 1.441 solicitudes (762 solicitudes para la modalidad A, 16 solicitudes para la modalidad B, 62 solicitudes para la modalidad C y 601 solicitudes para la modalidad D). De éstas, han resultado excluidas de la convocatoria un total de 31 solicitudes (22 solicitudes para la modalidad A, 1 solicitud para la modalidad C y 8 solicitudes para la modalidad D) por los motivos que se indican en el anexo correspondiente.

5. Por otra parte, en fecha 28 de abril de 2023 se firmaron los contratos correspondientes a los diferentes programas de inmersión lingüística con diferentes empresas en el procedimiento que se sigue de conformidad con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público vinculado a esta convocatoria. Considerando el precio de adjudicación y el importe total máximo de cada lote del contrato de referencia, se pueden conceder hasta un total de 631 ayudas en especie: hasta 137 para la modalidad A, hasta 10 para la modalidad B, hasta 29 para la modalidad C y hasta 455 para la modalidad D.

6. En cumplimiento de las obligaciones establecidas en el pliego de prescripciones técnicas que rige los contratos de referencia, las empresas adjudicatarias han gestionado la aceptación de las ayudas en especie por parte de los interesados propuestos como beneficiarios, la renuncia y la sustitución de los mismos en los términos que dicta el punto decimoctavo de la convocatoria y han remitido a la consejería de Educación y Formación Profesional la lista definitiva de beneficiarios que han aceptado la ayuda en especie dentro del plazo especificado por la convocatoria y los correspondientes anexos cumplimentados.

7. Con motivo de las elecciones autonómicas del 28 de mayo de 2023 el Gobierno se encuentra en funciones desde el 29 de mayo de 2023. Una vez finalizada la instrucción del procedimiento es necesario dictar la resolución de concesión de las ayudas en especie antes del inicio de los programas de inmersión lingüística correspondientes. Éste es un expediente imprescindible para el funcionamiento habitual de la administración, sin la tramitación ordinaria del cual se podría ocasionar un gran perjuicio tanto a los beneficiarios de las ayudas en especie, como a las empresas adjudicatarias del contrato de referencia.

Fundamentos de derecho

1. Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 15, de 2 de febrero).

2. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre).

3. Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre).

4. Orden de la consejera de Educación y Cultura, de 1 de julio de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

5. Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 9 de febrero de 2023 por la que se convocan ayudas en especie para la participación del alumnado del cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria y del sexto curso de Educación Primaria de centros educativos sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el marco de cuatro programas de inmersión lingüística en lenguas extranjeras durante el verano de 2023.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero. Aprobar la concesión de las ayudas en especie al alumnado que figura en los anexos I (modalidad A, curso lengua inglesa en el extranjero), II (modalidad B, curso lengua francesa en el extranjero), III (modalidad C, curso lengua alemana en el extranjero) y IV (modalidad D, curso ¡Mejora tu inglés en verano!) de esta Resolución.

Segundo. Denegar las ayudas en especie al alumnado que figura en los anexos V (alumnado en lista de espera o que ha renunciado a la ayuda de la modalidad A, curso lengua inglesa en el extranjero), VI (alumnado en lista de espera o que ha renunciado a la ayuda de la modalidad B, curso lengua francesa en el extranjero), VII (alumnado en lista de espera o que ha renunciado a la ayuda de la modalidad C, curso lengua alemana en el extranjero), VIII (alumnado en lista de espera o que ha renunciado a la ayuda de la modalidad D, curso ¡Mejora tu inglés en verano!) y IX (alumnado excluido indicando la causa de exclusión para las cuatro modalidades) de esta Resolución.

Tercero. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación y Formación Profesional en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 26 de junio de 2023

El consejero de Educación y Formación Profesional en funciones Martí X. March i Cerdà

Documentos adjuntos