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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Núm. 419523
Resolución de la tercera concesión de la tercera convocatoria de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderado por mujeres

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Texto

BDNS (Identificación): 647652

El consejero ejecutivo del Departamento de Presidencia del Consejo de Mallorca, en fecha 23 de junio de 2023, ha dictado la resolución siguiente:

<<Antecedentes

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 7 de septiembre de 2022, acordó la aprobación del expediente (SEGEX 863315Z) de la tercera convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social liderados por mujeres. BDNS (Identificación): 647652

2. En fecha 11 de abril de 2023, el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Presidencia, órgano competente, resolvió la primera concesión de la tercera convocatoria con un resultado total de 8 proyectos, 4 con valoración desfavorable y 4 con valoración favorable.

3. En fecha 2 de mayo de 2023, el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo de Presidencia, resolvió la segunda concesión de la tercera convocatoria con un resultado total de 8 proyectos, 3 con resultado desfavorable y 5 con resultado favorable.

4. Dentro del plazo para la presentación de solicitudes de la convocatoria, actualmente abierto, se han presentado 64 solicitudes de ayudas para los proyectos liderados para<A[para|por]> mujeres. Las entidades colaboradoras han emitido los informes necesarios para conceder la ayuda de acuerdo con la base 8 de la convocatoria. Hasta el momento, y en relación al impacto social de los proyectos de esta concesión, han emitido 5 informes favorables y 3 desfavorables, por lo que, en este último caso, y de acuerdo con la convocatoria, no se ha valorado la viabilidad económica. En relación en los informes sobre la viabilidad económica se han emitido 2 favorables y 3 desfavorables.

De acuerdo con el punto 8 de la convocatoria, el procedimiento de concesión de las ayudas es el de concurrencia no competitiva, por orden cronológico de presentación de solicitudes y sin comparación, por lo cual se podrán resolver individualmente, es por todo eso que esta propuesta presenta 8 solicitudes de las 64 que constan en este momento en el expediente.

A continuación, se detalla el resultado de la valoración de las entidades colaboradoras:

ORDEN

DEFINITIVO

Nº. De EXPEDIENTE

NIF/CIF

NOMBRE DEL PROYECTO

INFORME IMPACTO SOCIAL

INFORME VIABILIDAD ECONÓMICA

17

CAD 27/2022

****850**

MEMORARE

FAVORABLE

FAVORABLE

18

CAD 15/2022

****319**

XERRARENTREN CADIS

FAVORABLE

DESFAVORABLE

19

CAD 16/2022

****031**

CLÍNICA DENTAL VIDAL BENNASAR

DESFAVORABLE

 

20

CAD 20/2022

B10722650

BELEZONIA

DESFAVORABLE

 

21

CAD 21/2022

B72776537

ALD SOLIDARIA

DESFAVORABLE

 

22

CAD 19/2022

****942**

SA TANCA DES LLORITO

FAVORABLE

DESFAVORABLE

23

CAD 13/2022

B16818049

DOBLE COFFEE

FAVORABLE

FAVORABLE

24

CAD 12/2022

****816**

ELLA ES MARSA-MODA ETICA POR Y PARA MUJERES

FAVORABLE

DESFAVORABLE

Con respecto a la documentación que tiene que acompañar la solicitud (anexas 1 a 4) a todas las personas relacionadas por las cuales se hace propuesta de concesión, han aportado la documentación que se establece en el punto 7 de la convocatoria de ayudas.

Las personas propuestas han declarado mediante el anexo 1, que no incurren en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 8 de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca, y específicamente que están al corriente del cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, así como de las obligaciones tributarias ante el Consejo de Mallorca. De acuerdo con el informe del órgano instructor, este último extremo ha quedado acreditado de acuerdo con el artículo 11 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones de las Islas Baleares.

El proyecto presentado por TAS, con la posición número 18, solicita la ayuda para<A[para|por]> el proyecto “XERRARENTRENCADIS”, cuyo objeto es promover la igualdad de género y el apoderamiento de las mujeres mediante talleres con la técnica del quebradizo (técnica de aplicación ornamental del mosaico a partir de fragmentos cerámicos). Se ha emitido informe favorable en cuanto al impacto social y desfavorable en cuanto a la viabilidad económica, que considera que la previsión de ingresos y ventas está, en general sobredimensionada, y se recomienda revisar las partidas de la cuenta de resultados ya que se cierra con un resultado positivo pero los datos no coinciden. En cuanto a la inversión prevista no está explicada.

El proyecto presentado por MVB, con la posición número 19, solicita la ayuda para<A[para|por]> el proyecto “CLÍNICA DENTAL VIDAL BENNASAR”, cuyo objeto es crear una clínica dental de confianza con un trato personalizado que dé una correcta asistencia y que incluya, no sólo visitas de realización de tratamientos, sino de diagnósticos precisos, controles, revisiones exhaustivas, urgencias, resolución de dudas y de instrucción a la salud bucal. La puntuación obtenida en cuanto al impacto social ha sido de 42,5 por<A[por|para]> lo cual la entidad colaboradora ha emitido informe desfavorable. Consecuentemente, de acuerdo con las bases de la convocatoria, no se ha valorado la viabilidad económica.

El proyecto presentado por BELEZONIA SL, con la posición número 20, solicita la ayuda para<A[para|por]> el proyecto “BELEZONIA”, el objeto del cual es la apertura<A[apertura|abertura]> de una clínica que ofrece servicios tanto de estética como dentales, concretamente tratamientos faciales, de medicina estética, cirugías y servicios dentales. La puntuación obtenida en cuanto al impacto social ha sido de 46,5 por<A[por|para]> lo cual la entidad colaboradora ha emitido informe desfavorable. Consecuentemente, de acuerdo con las bases de la convocatoria, no se ha valorado la viabilidad económica.

El proyecto presentado por ALD SOLIDARIA SL, con la posición número 21, solicita la ayuda para<A[para|por]> el proyecto “ALD SOLIDARIA SL”, el objeto del cual es cubrir todas las necesidades con respecto a los servicios de asesoramiento fiscal, contable, mercantil y financiero a personas con mala situación económica u otras circunstancias adversas familiares, sociales, etc. La puntuación obtenida en cuanto al impacto social ha sido de 41, por<A[por|para]> lo cual la entidad colaboradora ha emitido informe desfavorable. Consecuentemente, de acuerdo con las bases de la convocatoria, no se ha valorado la viabilidad económica.

El proyecto presentado por YMA, con la posición número 22, solicita la ayuda para<A[para|por]> el proyecto “SA TANCA DES LLORITO”, el objeto del cual es una empresa que se dedica al cultivo de verduras y hortalizas ecológicas para posteriormente venderlas en canastas<A[canastas|cestas]> al público final con envío a domicilio a través de la asistencia a ferias. La puntuación obtenida en cuanto al impacto social ha sido de 69,5 por<A[por|para]> lo que la entidad colaboradora ha emitido informe favorable. En cuanto a la viabilidad económica, se considera que la previsión de ventas está sobredimensionada y la previsión de costes infravalorada. No indica la situación exacta en relación a la documentación necesaria para iniciar la actividad, por todo ello, la entidad colaboradora ha emitido informe desfavorable.

El proyecto presentado por MSM, con la posición número 24, solicita la ayuda para<A[para|por]> el proyecto “ELLA ES MARSA-MODA ÉTICA POR Y PARA MUJERES”, cuyo objeto es desarrollar una marca de moda con valores, que no sea sólo vender ropa, sino una comunidad de mujeres que ayudan mujeres. La puntuación obtenida en cuanto al impacto social ha sido de 51,5 por<A[por|para]> lo cual la entidad colaboradora ha emitido informe favorable. En cuanto a la viabilidad económica, se considera que el plan de empresa no aporta información específica a su proyecto, el plan de marketing describe de manera muy genérica el tipo de producto que diseña, se desconoce la estrategia de promoción, el plan<A[plan|plano]> de operaciones resulta ambiguo y no se conocen los resultados del plan<A[plan|plano]> de Tesorería, por todo ello, la entidad colaboradora ha emitido informe desfavorable.

A la vista de lo expuesto, las siguientes personas interesadas, TAS, MVB, BELEZONIA SL, ALD CONSOLIDARÍA SL, YMA y MSM, no han superado la valoración de las entidades colaboradoras, y por eso el órgano instructor, propone denegarles la concesión de la ayuda.

5. Día 19 de junio de 2023, el órgano instructor emitió informe relativo al cumplimiento<A[cumplimiento|cumplido]> por parte de las personas interesadas de los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

6. El gasto económico que representa la convocatoria está previsto dentro del presupuesto de gasto del Consejo de Mallorca para el año 2023 con cargo en las partidas presupuestarias siguientes: Tramo reembolsable 00.23167.83100 y Tramo no reembolsable: 00.23167.77900 y se dispone de los correspondientes certificados de existencia de crédito.

7. Día 22 de junio de 2023, la Intervención Delegada del Hogar de la Infancia ha emitido informe de fiscalización favorable (nº. Ref. 2023/8954)

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]>

1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo Insular de Mallorca aprobada por el Pleno del Consejo de Mallorca, en sesión de día 23 de diciembre de 2016 (BOIB nº. 21, de 18 de febrero de 2017), modificada por Acuerdo del Pleno de 14 de junio de 2018 (BOIB nº. 96, de 4 de agosto de 2018) en que se establece el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por el Consejo Insular de Mallorca.

2. La tercera convocatoria pública de ayudas reembolsables con un tramo no reembolsable a proyectos empresariales singulares que contribuyen a la transformación del modelo económico y social lideradas por mujeres, aprobada por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo de Mallorca, día 7 de septiembre de 2022 (BOIB nº. 124, de 22 de septiembre de 2022).

3. Con respecto al órgano competente para resolver esta concesión es el consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Presidencia, de acuerdo con el artículo 33.2.k) de la ley 4/2022, de 28 de junio, de 2022 de Consejos Insulares.

Por todo ello,

RESUELVO

1. Aprobar y conceder las subvenciones a las personas siguientes y por las cantidades que se detallan:

Con cargo en el Tramo reembolsable en la partida presupuestaria 00.23167.83100 del presupuesto del gasto del año 2023 (A) 220230003048:

ORDEN

Nombre de la persona

beneficiaria

NIF/NIE

Nombre del proyecto

Importe del proyecto

Importe que se solicita

Importe que se concede

17

MVADF

****850**

MEMORARE

100.000,00€

60.000,00€

60.000,00€

23

PASSEIGDELREI SL

B16818049

DOBLE COFFEE

99.975,00€

70.500,00€

70.500,00€

Con cargo en el Tramo NO reembolsable a la partida presupuestaria 00.23167.77900 y al proyecto 2020 2 00IAI 1 1 del presupuesto del gasto del año 2023 (A) 220230003049:

ORDEN

Nombre de la persona

beneficiaria

NIF/NIE

Nombre del proyecto

Importe del proyecto

Importe que se solicita

Importe que se concede

17

MVADF

****850**

MEMORARE

100.000,00€

40.000,00€

40.000,00€

23

PASSEIGDELREI SL

B16818049

DOBLE COFFEE

99.975,00€

29.475,00€

29.475,00€

2. Denegar la ayuda a TAS, con la posición número 18, con NIF/CIF ****319**, respecto de la solicitud para el proyecto “XERRARENTRENCADIS” para no cumplir con los requisitos de la convocatoria en cuanto al informe sobre viabilidad económica por los siguientes motivos: En el plan de operaciones no deja claro cómo se gestionarán las líneas anunciadas a la web: elaboración de mosaicos únicos, conservación de persianas mallorquinas, restauración de muebles y recogida de materiales, en cuanto a los proveedores principales: particulares y empresas que se tengan que deshacer de baldosas, y por lo tanto, el coste ha de ser 0 €, pero en el plan económico el coste de materias primas y comisiones por ventas de productos acabados por las alumnas, asciende a 21.600€. Este importe representa un 44% sobre las ventas, contrasta con el apartado de proveedores que indica coste 0. En cuanto al plan económico financiero destacar que la previsión de ingresos del primer año es demasiado optimista para los meses iniciales de apertura, además este resultado no coincide con la información aportada por la emprendedora. En cuanto a los ingresos por ventas, no se explican por la solicitante, pero se considera una cifra final desproporcionada. Los costes fijos mensuales, podrían ser difíciles de mantener si no se consigue la previsión de ventas. La estimación de ingresos y gastos, incluye gastos no considerados en las tablas anteriores y es difícil identificar donde esta la diferencia: se obtendría un saldo negativo, cifra que aumentaría en caso de no conseguir la previsión de ventas. En cuanto a la cuenta de resultados, se cierra el año en positivo porque no se contemplan los mismos gastos que la tabla anterior, lo cual crea confusión a la hora de analizar el plan económico. En relación a la inversión prevista hay una elevada cantidad de crédito que se reserva como disponible, sin explicar los motivos.

3. Denegar la ayuda a MVB, con la posición número 19, con NIF/CIF ***031**, respecto de la solicitud por el proyecto “CLÍNICA DENTAL VIDAL BENNASAR” por no cumplir con los requisitos de la convocatoria en cuanto al informe sobre impacto social por el siguiente motivo; la puntuación obtenida (42,5%) no ha superado el mínimo total exigible del 50%. Se hacen las siguientes recomendaciones, en la dimensión 1 de la teoría del cambio, la necesidad no cubierta se reduce a la argumentación de una sola recomendación internacional: es decir no se aterriza al contexto presente de la población del municipio y sus necesidades sociales y de salud. Se tendría que considerar la variable socioeconómica dentro de la diagnosis, así como los determinantes sociales de la salud, de manera que puedan surgir líneas de trabajo que se dirijan a la población con menores recursos económicos, o en riesgo de exclusión social. En la dimensión 4 de valor añadido e innovación, habría que reflejar qué aportaciones innovadoras podría concretar una clínica dental más allá de la centralización de servicios. En cuanto a la dimensión 5, estrategia, hay que contemplar qué recursos (financieros, materiales, humanos) se necesitarán en cada uno de los pasos a realizar, así como el “paso a paso” de proceso (cada una de las actividades a realizar) para llegar a alcanzar resultados concretos y específicos en un contexto, frecuencia y tiempo establecido. Así se contará con una estrategia lógica y fortalecida para la consecución del proyecto. Finalmente, con respecto a la dimensión 6 de público objetivo y agentes involucrados, no se detallan las ventajas de los colectivos referidos para que puedan acceder al servicio, dada su situación de vulnerabilidad social.

4. Denegar la ayuda a la Entidad BELEZONIA SL, con la posición número 20, con NIF/CIF B10722650, respecto de la solicitud para<A[para|por]> el proyecto “BELEZONIA” por no cumplir con el requisito de la convocatoria en cuanto al informe sobre impacto social por<A[por|para]> el siguiente motivo: la puntuación obtenida (46,5%) no ha superado el mínimo total exigible del 50%. Se hacen las siguientes recomendaciones, en la dimensión 1 de la teoría del cambio, se echa de menos una mayor orientación a satisfacer una problemática social/medioambiental o necesitado no cubierta, la cual es esencial en la presente convocatoria. Se propone la creación de un centro de estética al municipio de Palma que, sí supone impulso por<A[por|para]> el tejido empresarial y se orienta al bienestar de las personas, pero no se puede considerar lo bastante fundamentada para considerar que está en línea con los objetivos de la convocatoria de contribución a la transformación del modelo económico y social con líneas de negocio más sostenibles y justas. En la dimensión 2, de perspectiva de género, hace falta introducir un enfoque transformador para evitar que la actividad reproduzca los roles y estereotipos tradicionales del sistema patriarcal que presionan a la principal usuaria del servicio, las mujeres, para mantener una idea de belleza imposible, de manera que las actividades por una parte promuevan la salud física y mental de hombres y mujeres y que a la vez vaya acompañada de una necesidad de la rotura<A[rotura|ruptura]> de estereotipos. En la dimensión 5, de estrategia, sería necesario orientar el objetivo general o alguno de los resultados a los criterios de las ayudas y establecer hitos por<A[por|para]> su consecución. En la dimensión 6, de valores de las promotoras, se podría integrar a la web y en la elaboración de un código ético de la empresa los valores de igualdad y en relación a la rotura<A[rotura|ruptura]> de estereotipos, así como prever prácticas empresariales de valores como la dignidad humana, la solidaridad y la justicia, la sostenibilidad ambiental, la transparencia o la participación democrática.

5. Denegar la ayuda a ALD SOLIDARIA SL, con la posición número 21, con NIF/CIF: B72776537 con respecto a la solicitud de ayuda para<A[para|por]> el proyecto “ALD SOLIDARIA” para no cumplir con el requisito de la convocatoria por<A[por|para]> el siguiente motivo: la puntuación obtenida (41%) no ha superado el mínimo total exigible del 50%. Se hacen las siguientes recomendaciones, en la dimensión 1 de la teoría del cambio, si bien la emprendedora se refiere a los efectos de problemáticas sociales: pobreza, exclusión social, discriminaciones, el incremento de la tercera edad, el proyecto no plantea una estrategia más clara encuadrada en el fortalecimiento del tercer sector que beneficie a estos colectivos, sino que la atención incluye PYMES y otros colectivos, sujetos no objeto de la convocatoria. En la dimensión 5, de estrategia, las soluciones tienen que estar enfocadas en cambios en las estructuras sociales, no sólo a nivel individual. En cuanto a la dimensión 4, de valor añadido e innovación, hay que definir detalladamente las ventajas y beneficios que el proyecto ofrece a sus clientes, y como este valor añadido es diferente al de los otros servicios de gestoría existentes en el mercado, incluyendo el tercer sector. En la dimensión 10, de análisis de riesgos: es necesario identificar los riesgos que afecten al éxito del negocio y evaluar la probabilidad de que se hagan realidad y el impacto que podrían tener en el desarrollo del proyecto. También se tiene que desarrollar un plan<A[plan|plano]> de prevención de riesgos y revisarlos con frecuencia para adaptarse a los cambios del entorno. En la dimensión 11, de evaluación, hay que definir los indicadores, que tienen que ser específicos, mesurables, alcanzables, relevantes y con tiempo determinado, para medir el avance de metas y mejora del bienestar de las personas. Se tiene que establecer un plan<A[plan|plano]> de recopilación de datos fiables, y para fortalecer el ciclo de mejora continua habría que determinar evaluaciones periódicas.

6. Denegar la ayuda a YMA, con la posición número 22, con NIF/CIF: ****942**, respecto de la solicitud de ayuda para<A[para|por]> el proyecto “SA TANCA DE LLORITO”, por no cumplir con el requisito de la convocatoria en cuanto al informe sobre viabilidad económica por<A[por|para]> los siguientes motivos: en relación a su plan de empresa, ha sabido definir al público a quien<A[quien|quién]> se dirige, pero desconoce el mercado lo cual podría afectar a su previsión de ingresos. La estrategia de promoción se basa en medios gratuitos y sólo destinaría unos 200€/año para lanzar campañas de captación en redes. Una inversión insuficiente para cubrir los ingresos previstos. Se recomienda trabajar las Debilidades y Fortalezas de la empresa en cuanto al DAFO. En relación en el plan económico financiero destacar que la previsión de ventas está sobredimensionada: no considera el periodo de crecimiento de árboles y plantas ni la estacionalidad, pero el plan<A[plan|plano]> refleja que el primer año factura sin considerar el periodo de siembra, crecimiento y recogida, lo cual afecta a la Tesorería. Si ya cuenta con verduras y frutas no aparece en el plan<A[plan|plano]> de operaciones ni se contabiliza como stock de mercancías. En segundo lugar, hace el mismo pronóstico mensual de ventas para los 12 meses del año. Se recomienda progresar de forma gradual en función de los productos de temporada. La previsión de costes está infravalorada porque calcula como costes variables la adquisición de las primeras plantas, (cuyos precios unitarios son bajos, por lo tanto, tienen que ser pequeñas y con poca fruta). No se reflejan los costes variables de las cestas de verdura en los domicilios de los clientes ni las pérdidas, (normalmente un 25% de las plantas mueren). Todos estos gastos no aparecen ni en la parte económica ni a nivel técnico en el plan<A[plan|plano]> descriptivo. Realiza una estimación<A[estimación|estima]> del coste del pozo, pero no menciona en qué fase está encuentra, si ya ha realizado la solicitud a la Dirección General de Política Energética y Minas para la concesión de derechos privativos del agua. (normalmente hay demoras de 2 años, y se tiene que tener en cuenta que muchas peticiones son desfavorables). Se desconoce si cuenta con la licencia municipal de obras para construir el pozo, el informe de ingeniero agrónomo para el sondeo de aguas subterráneas, el informe de impacto medioambiental del Gobierno Balear, la autorización de uso del pozo (que se requiere expresamente para iniciar la actividad). También se desconoce si cuenta con el certificado de campesina y de la licencia municipal para iniciar la instalación de placas solares, fundamentales para iniciar la actividad en los tres meses a la concesión. Cualquier retraso afectaría al inicio de la actividad que implicaría tener que devolver la ayuda concedida.

7. Denegar la ayuda a MSM, con la posición número 24, con NIF/CIF: ****816**, respecto de la solicitud de ayuda para<A[para|por]> el proyecto “ELLA ES MARSA-MODA ÉTICA POR Y PARA MUJERES” por no cumplir con los requisitos de la convocatoria en cuanto al informe sobre viabilidad económica por<A[por|para]> el siguiente motivo: En relación en el plan de empresa, casi no aporta información específica de su proyecto, se recomienda un análisis más exhaustivo de su proyecto singular para diferenciarse de los existentes, ajustar mejor las acciones de promoción y explicar mejor los primeros resultados de la implantación del proyecto. El plan de marketing es muy genérico, se recomienda que explique las familias de los productos que producirá y como se diferenciará de la competencia. Se desconoce la estrategia de promoción. El plan<A[plan|plano]> de operaciones resulta ambiguo dado que no explica cuándo se harán los trabajos diarios, cuestión muy importante dado que compagina este proyecto con lo que tiene por cuenta enajena. Del plan económico financiero destacar lo siguiente: se desconoce el tipo de pieza vendida, la previsión por unidad, las ventas por temporada, el precio unitario, si se cuenta con una cartera de clientes, cuánto factura actualmente y cuál es la ratio de conversión de venta mediante publicidad, si podría introducir otros canales de venta o si asiste a ferias, por todo eso es difícil valorar si es una previsión realista o no. En cuanto a la previsión de gasto se tendría que añadir las de suministros proporcionales (dado que el taller está en su domicilio), los de publicidad y el salario de la emprendedora, por<A[por|para]> lo cual aumentarían los gastos y disminuirían los beneficios. Se desconocen los resultados del plan<A[plan|plano]> de Tesorería, de la cuenta de resultados y del punto de equilibrio del primer año, esenciales para tomar decisiones de viabilidad de negocio. El plan de inversiones con el de financiación no cuadra: se desconoce cómo financiaría la inversión inicial.

8. Disponer el gasto, por un importe de ciento noventa y nueve mil novecientos setenta y cinco euros, 199.975,00€ en las partidas presupuestarias siguientes: en<A[en|a]> el Tramo reembolsable 00.23167.83100: ciento treinta mil quinientos euros, (130.500,00€) Documentos contables (D) 920230004585, 920230005790, y en el Tramo no reembolsable: 00.23167.77900: sesenta y nueve mil cuatrocientos setenta y cinco euros, (69.475,00€) Documentos contables (D) 920230004589, 920230005791.

Con cargo en el Tramo reembolsable:

ORDEN

Nombre de la persona

beneficiaria

NIF/NIE

Nombre del proyecto

Importe del proyecto

Importe que se solicita

Importe que se concede

17

MVAF

****850**

MEMORARE

100.000,00€

60.000,00€

60.000,00€

23

PASSEIGDELREI SL

B16818049

DOBLE COFFEE

99.975,00€

70.500,00€

70.500,00€

Con cargo en el Tramo NO reembolsable:

ORDEN

Nombre de la persona

beneficiaria

NIF/NIE

Nombre del proyecto

Importe del proyecto

Importe que se solicita

Importe que se concede

17

MVAF

****850**

MEMORARE

100.000,00€

40.000,00€

40.000,00€

23

PASSEIGDELREI SL

B16818049

DOBLE COFFEE

99.975,00€

29.475,00€

29.475,00€

9. Publicar esta resolución en el BOIB y comunicar a la BDNS los datos relativos a las subvenciones concedidas, así como también poner en conocimiento de la Intervención Delegada del Hogar de la Infancia a los efectos que correspondan. >>

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (26 de junio de 2023)

El consejero<A[consejero|conseller]> ejecutivo del Departamento de Presidencia “en funciones” (Javier de Juan Martín)