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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 419066
Delegación de competencias del Alcalde a favor de los Regidores

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Texto

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44, 46 i 52 del Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales vigente, se publica el decreto de la Alcaldía sobre Delegación de competencias del alcalde a favor de los concejales, que a continuación se transcribe:

“Decreto de la Alcaldía

Delegación de competencias a favor de los concejales

Vistos los artículos 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público así como el artículo 43 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Esta Alcaldía tiene a bien emitir lo siguiente:

1. Delegar a favor de los Concejales que se mencionan y que formaran parte de la Junta de Gobierno, las competencias referidas a las áreas o servicios siguientes:

  • Rosa Odette Torres Fernández, Concejala delegada de Promoción Económica, Comercio, Industria, Turismo, Recursos Humans e Interior.
  • Carmen Cañellas Martín, Concejala delegada de Cultura i Cerámica, Patrimonio Histórico y Patrimonio Municipal.
  • Juan Pizarro Sánchez, Concejal delegado de Movilidad, Transporte Público y Mantenimiento de Via Pública.
  • Juan Antonio Estarellas Mateu, Concejal delegado de Contratación, Limpieza Viaria, Parques y Jardines y Deportes.
  • Francisco José Ferrà Pizà, Concejal delegado de Economía y Educación.
  • Pedro Bestard Martínez, Concejal delegado de Servicios Funerarios y Seguridad Ciudadana..
  • Manuel Vicente Martínez González, Concejal delegado de Medi Ambiente y Agricultura.

Por tanto, el Alcalde se reserva y no delega las áreas de Comunicación y Urbanismo.

Las facultades que se delegan son las siguientes:

  • La facultad de dirigir los servicios correspondientes así como la facultad de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros (decretos) así como, por tanto, escritos, dictámenes, traslados, publicaciones y anuncios, necesarios para la gestión de todos los asuntos relacionados con las materias delegadas. Se exceptúan de esta delegación la aprobación y firma de los convenios, que quedan reservados a la Alcaldía.
  • Efectuar propuestas a los diferentes órganos colegiados del Ayuntamiento, así como propuestas de gasto con las materias relacionadas en cada regidoría a excepción de aquellos en los que el Concejal Delegado sea el instructor del expediente, en este caso la firma queda reservada a la Alcaldía.
  • Tramitación y adjudicación de los contratos menores de todo tipo que afecten a las áreas de su competencia.

La presente delegación no alterará la competencia del órgano delegante y podrá ser revocada discrecionalmente por este en cualquier momento; debiendo recoger en las resoluciones que se firmen por delegación esta concreta circunstancia.

2. Delegar a favor de los Concejales que se mencionan y de acuerdo con el articulo 54 del Reglamento Orgánico Municipal las competencias referidas a todos los asuntos o cometidos referides a las áreas o Servicios siguientes:

  • Antonia Coll Bestard, Concejala delegada de Gente Mayor y Ferias y Fiestas.
  • Elvira García Cabrera, Concejala delegada de Servicios Sociales, Salud y Consumo.
  • Carlota Ariza Pérez, Concejala delegada de Formación, Trabajo y Juventud.
  • Nerea García Serrano, Concejala delegada de Participación Ciudadana, Defensora de la Ciudadanía y Transparencia.

Las facultades que se delegan son las siguientes:

La dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes, así como la firma de escritos, dictámenes, traslados, publicaciones y anuncios o documentos similares necesarios para la gestión de todos los asuntos relacionados con las materias delegadas.

3. Delegar a favor de los Concejales mencionados en el punto 2 de esta resolución la firma de las resoluciones o actos administratives correspondientes a las materias delegades, incluídas la adjudicación de los contratos menores referides a las materias comprendidas en los servicios delegados.

En relación a estas delegaciones, los asuntos que se hayan de someter a aprobación de Pleno o de la Junta de Gobierno habrán de ser propuestos por el Alcalde a petición o sol·licitud del concejal delegado.

4. Que se de cuenta de esta Resolución en la primera sesión del Ayuntamiento Pleno que se celebre, así como se comunique al resto de áreas municipales e interesados para que tomen conocimiento.

5. La presente resolución surgirá efectos en el mismo momento de su firma y deberá ser publicada en el BOIB y en la sede electrónica municipal.

Lo manda y firma el Alcalde del Ayuntamiento de Marratxí. Doy fe”

 

Marratxí, 21 de junio de 2023

El alcalde Jaime Llompart Caldés