Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE MANACOR

Núm. 418449
Decreto de delegaciones de competencias genéricas, especiales y territoriales

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La alcaldía presidencia a fecha 23 de junio de 2023, inscripción núm. 2023-2571, ha dictado la siguiente resolución:

«DECRETO DE DELEGACIONES DE COMPETENCIAS GENÉRICAS, ESPECIALES Y TERRITORIALES

Antecedentes

Evaluada una vez constituida la nueva corporación el día 17.06.2023 y elegido el Alcalde la necesidad de proceder a establecer la organización de las diferentes áreas del consistorio, así como las diversas competencias que ejercen, a fin de lograr un mejor funcionamiento de los servicios municipales, mediante el presente Decreto se procede a llevar a cabo esta actuación.

Consecuentemente, resulta ahora adecuado proceder a establecer las delegaciones de competencias genéricas, especiales y territoriales en las que se distribuye la gestión de los servicios administrativos municipales.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 41.2, 43 y 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, así como el artículo 12 de la Ley 40/2019, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

RESUELVO:

1. Aprobar las delegaciones genéricas, especiales y territoriales que queda redactado de la siguiente forma:

I. DELEGACIONES GENÉRICAS.- Delegar a favor de los miembros de la Junta de Gobierno Local, y tenencias de alcaldía que se relacionen, una delegación general de atribuciones de gestión y resolución de los asuntos de las respectivas Áreas de actuación que se indican, de acuerdo con la atribución funcional de competencias de cada Área, y con los campos de actuación que a título meramente enunciativo y no limitativo, se recogen en el Decreto de la alcaldía de 23 de junio de 2023 respecto de cada Área, siendo las materias del Área de Alcaldía, Urbanismo y Deportes competencia de esta alcaldía:

I. Área de Hacienda, Economía y Gobierno Abierto: Antònia Llodrà Brunet

II. Área de Cohesión Social y Educación: Carme Gomila Domínguez

III. Área de Promoción Cultural y Económica: Paula Asegurado Rosso

IV. Área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad: Sebastià Llodrà Oliver

- Área de Hacienda, Economía y Gobierno Abierto: 1a. Teniente de Alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de HACIENDA, ECONOMÍA Y GOBIERNO ABIERTO. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la citada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:

  • Comunicación
  • Gestión de la actividad económica y financiera municipal
  • Gestión del padrón municipal de habitantes. Población
  • Catastro
  • Sanciones
  • Gestión e impulso de toda la actividad relacionada con el personal municipal
  • Contratación. Autorizaciones y concesiones demaniales y adquisición de bienes inmuebles
  • Participación ciudadana
  • Asociacionismo
  • Voluntariado
  • Registro de Entidades ciudadanas
  • Nuevas tecnologías. Administración electrónica
  • Portal de transparencia
  • Protección de datos
  • Informática
  • Fomento, diseño y promoción de la empresa y de la industria
  • Fomento del empleo

- Área de Cohesión Social y Educación: 2º. Teniente de alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad del área de COHESIÓN SOCIAL Y EDUCACIÓN. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la citada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:

  • Educación en general
  • Conservatorio y Escuela de Música
  • Personas Mayores
  • Servicios Sociales comunitarios básicos
  • Evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación de riesgo de exclusión social
  • Centros de día
  • Políticas Igualdad
  • Juventud

- Área de Promoción Cultural y Económica: 3r. Teniente de Alcalde, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de PROMOCIÓN CULTURAL Y ECONÓMICA. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la citada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:

  • Bibliotecas
  • Patrimonio
  • Protección y gestión del patrimonio histórico
  • Política lingüística
  • Cultura en general
  • Museos
  • Teatro y Auditorio.
  • Promociones culturales
  • Banda de música
  • Equipamientos culturales
  • Fiestas
  • Sanidad y Consumo. Gestión del convenio “Consumo en tu casa”
  • Ferias
  • Atención y promoción de intereses turísticos de todos los núcleos del municipio.
  • Promoción del turismo interior
  • Oficinas turísticas
  • Plaza de abastecimiento
  • Matadero
  • Agricultura
  • Mercados
  • Comercio
  • Gestión y promoción turística

Además, la delegación conferida abarca también la materia propia del área de HACIENDA, ECONOMÍA Y GOBIERNO ABIERTO:

  • Gestión de la actividad económica y financiera municipal
  • Gestión del padrón municipal de habitantes. Población
  • Catastro
  • Sanciones
  • Contratación. Autorizaciones y concesiones demaniales y adquisición de bienes inmuebles

- Área de Espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad: 4º Teniente de alcaldía, el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la responsabilidad de la dirección del área de ESPACIO PÚBLICO, MEDIO AMBIENTE, INTERIOR Y MOVILIDAD. Las facultades delegadas comprenden el ejercicio de las competencias atribuidas genéricamente a la citada área, relativas al sector de la actividad administrativa propia de esta área de gestión municipal que la legislación vigente asigna a los municipios. Además de estas atribuciones generales, le corresponde a título indicativo y no limitativo, el ejercicio de las competencias específicas sobre las siguientes materias:

  • Edificios y plan de usos de las escuelas rurales
  • Limpieza de edificios
  • Energías renovables y optimización de energía.
  • Cementerio y policía sanitaria mortuoria
  • Mantenimiento de escuelas y guarderías infantiles
  • Conservación y rehabilitación de la edificación
  • Alumbrado público
  • Licencias de publicidad dinámica y estática
  • Pavimento de vías urbanas
  • Ocupación de vía pública
  • Mantenimiento de vías públicas, plazas, caminos y edificios municipales
  • Servicios generales. Brigada municipal
  • Control y seguimiento de la gestión y tratamiento de residuos.
  • Limpieza vial
  • Promoción y seguimiento de la gestión del medio ambiente
  • Control del mantenimiento de las zonas ajardinadas
  • Depuradoras
  • Medio ambiente urbano: parques y jardines públicos
  • Suministro de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales
  • Vigilancia de las actividades y usos que se llevan a cabo en las playas
  • Gestión de la explotación de los servicios de temporada en las playas
  • Medio ambiente. SAM
  • Animales de compañía y perros peligrosos
  • Prefactura superior de la Policía Local
  • Seguridad Ciudadana
  • Expedientes sancionadores (Ley 4/2015)
  • Protección Civil
  • Concesión o denegación de permisos de circulación para vehículos especiales en régimen de transporte especial
  • Concesión o denegación de licencias para la tenencia y uso de armas de acuerdo con la legislación específica vigente
  • Regulación y ordenación del tráfico y del estacionamiento de vehículos en vías urbanas
  • Movilidad
  • Gestión de aparcamientos
  • Transporte público: taxis
  • Huertos Urbanos

Además, la delegación conferida abarca también las siguientes materias propias del Área de PROMOCIÓN ECONÓMICA Y CULTURAL:

  • Política lingüística y la gestión de la Escuela Municipal de Mallorquí

LAS DELEGACIONES GENÉRICAS COMPORTARAN: tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes incluidos en las respectivas áreas, como las de gestionarlos en general, con inclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

En cualquier caso, el contenido de la delegación genérica conferida comprende el ejercicio de las siguientes competencias generales:

1. Programar las políticas municipales en las materias de su competencia, así como la representación e inspección del área de la que es titular.

2. Ejercer la autoridad respecto del personal de su área.

3. Garantizar el cumplimiento de las ordenanzas, reglamentos, bandos y otras disposiciones legales que afecten al municipio, en el ámbito de las competencias del área.

4. Ordenar la tramitación de los expedientes relativos a su área delegada y formular las propuestas de resolución o acuerdo que correspondan, así como la resolución del expediente mediante decreto.

5. Ejercer las competencias y facultades en materia de contratación administrativa pública, privada y de carácter patrimonial que la legislación de contratos de las Administraciones Públicas asigna al Alcalde como órgano de contratación, incluyendo la adjudicación y formalización de los correspondientes contratos.

6.- Solicitudes de subvenciones en materias relacionadas con cada una de las áreas y aceptación de las subvenciones otorgadas, justificación de las mismas y en su caso la interposición de cualquier recurso derivados de los procedimientos de reintegros incoados por la Administración otorgante de la subvención.

7. Ejercer la potestad sancionadora de las infracciones en las ordenanzas en los asuntos que comporten su área, salvo que se traten de materias indelegables por ley o esté atribuida a otros órganos. Esta facultad no alcanza la resolución de los recursos interpuestos contra las resoluciones adoptadas por el órgano delegado, que corresponden a la Alcaldía.

II. DELEGACIONES ESPECIALES. Delegar a los concejales y concejalas que se relacionan a continuación una delegación especial de atribuciones sobre los siguientes asuntos:

- Delegación Especial de Espacio Público y Servicios Generales, a favor de la concejala Joana Mª Llull Nadal y comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en las áreas de espacio público, medio ambiente, interior y movilidad, que a continuación s especifican:

  • Edificios y plan de usos de las escuelas rurales
  • Limpieza de edificios
  • Energías renovables y optimización de energía.
  • Cementerio y policía sanitaria mortuoria
  • Mantenimiento de escuelas y guarderías infantiles
  • Conservación y rehabilitación de la edificación
  • Alumbrado público
  • Licencias de publicidad dinámica y estática
  • Pavimento de vías urbanas
  • Ocupación de vía pública
  • Mantenimiento de vías públicas, plazas, caminos y edificios municipales
  • Servicios generales. Brigada municipal
  • Medio ambiente urbano: parques y jardines públicos
  • Control del mantenimiento de las zonas ajardinadas

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en la suya área.

- Delegación Especial de Seguridad, Interior, Movilidad y Fiestas, a favor del Concejal Mateu Marcè Riera y comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en el área de espacio Público, Medio Ambiente, Interior y Movilidad y Promoción Cultural y Económica que a continuación se especifican:

  • Fiestas
  • Animales de compañía y perros peligrosos
  • Jefatura superior de la Policía Local
  • Seguridad Ciudadana
  • Expedientes sancionadores (Ley 4/2015)
  • Protección Civil
  • Concesión o denegación de permisos de circulación para vehículos especiales en régimen de transporte especial
  • Concesión o denegación de licencias para la tenencia y uso de armas de acuerdo con la legislación específica vigente
  • Regulación y ordenación del tráfico y del estacionamiento de vehículos en vías urbanas
  • Movilidad
  • Gestión de aparcamientos
  • Transporte público: taxis

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en la suya área.

- Delegación Especial de Cultura y Gobierno Abierto, en favor del concejal Ferran Montero Sitges y comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en las áreas de Promoción Cultural y Económica y Hacienda, Economía y Gobierno Abierto, que a continuación se especifican:

  • Comunicación
  • Bibliotecas
  • Patrimonio
  • Protección y gestión del patrimonio histórico
  • Cultura en general
  • Museos
  • Teatro y Auditorio.
  • Promociones culturales
  • Banda de música
  • Equipamientos culturales
  • Cultura. Institución Pública Antoni Maria Alcover
  • Cultura. Instituto Público del Teatro Municipal de Manacor
  • Participación ciudadana
  • Asociacionismo
  • Voluntariado
  • Registro de Entidades ciudadanas
  • Nuevas tecnologías. Administración electrónica
  • Portal de transparencia
  • Protección de datos
  • Informática
  • Fomento, diseño y promoción de la empresa y de la industria
  • Fomento del empleo

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en la suya área.

- Delegación Especial de Promoción Económica, en favor de la concejala Júlia Acosta Miquel y comprende la dirección, gestión y resolución de los asuntos incluidos en el área de Promoción Cultural y Económica que a continuación se especifican:

  • Ferias
  • Atención y promoción de intereses turísticos de todos los núcleos del municipio.
  • Promoción del turismo interior
  • Oficinas turísticas
  • Agricultura
  • Gestión y promoción turística

El ámbito de la presente delegación especial se corresponde con la gestión de los servicios municipales señalados, y el concejal o concejala que tenga una delegación genérica tendrá la facultad de supervisar la actuación de los concejales y concejalas con delegaciones especiales por asuntos específicos incluidos en la suya área.

LAS DELEGACIONES ESPECIALES CONFERIDAS se circunscriben al estudio, dirección interna y gestión de la materia relacionada con el ámbito de actuación definido, incluida la firma de documentos de trámite, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, todo ello sin perjuicio de las delegaciones de firmas que puedan conferirse.

III. DELEGACIONES ESPECIALES TERRITORIALES.

Delegar en la concejala Antònia Llodrà Brunet, la gestión, atención y seguimiento para la mejora de los servicios públicos en los núcleos de Porto Cristo, Cala Anguila, Cala Magrana, Cala Mendia, s'Estany den Mas, s'Illot y Cala Morlanda,

Las delegaciones especiales territoriales conferidas se circunscriben al estudio y propuesta de las materias relacionadas con el ámbito de actuación territorial definido, incluida la firma de documentos de trámite, así como de ejecución, control y seguimiento de los actos y acuerdos municipales que tengan incidencia en el concreto ámbito territorial, pero sin incluir en ningún caso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

 

PARA TODAS LAS DELEGACIONES GENÉRICAS, ESPECIALES Y TERRITORIALES

1. Las competencias delegadas se ejercerán de acuerdo con lo que prevén los artículos 43 a 45 del ROF y en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en ningún otro órgano o miembro de la corporación. Los delegados y delegadas tendrán que mantener informada a la alcaldía de la gestión de la competencia delegada y de los actos o disposiciones que ha llevado a cabo en virtud de la delegación. Igualmente tendrán que informar a la alcaldía con carácter previo a la adopción de decisiones de trascendencia, en los términos del artículo 115 ROF.

Las resoluciones que se adopten por delegación, que serán inmediatamente ejecutivas y presuntamente legítimas, y se entenderán dictadas por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria.

2. De conformidad con el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efectos desde el día siguiente a la fecha de esta resolución y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de avocación de esta alcaldía.

En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales y concejalas delegados, asumirá directa y automáticamente sus competencias esta alcaldía, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de avocación, en base a la presente resolución, sin necesidad de nueva resolución expresa en este sentido.

IV. Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la sesión extraordinaria que se convoque de conformidad con el artículo 38 ROF; notificarla personalmente a los designados y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios del ayuntamiento, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre , por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y difundirla, de acuerdo con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo que disponen los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno.

V. Comunicar esta resolución a todos los concejales y concejalas afectados ya los responsables de los diferentes servicios municipales, para su conocimiento y efectos, entendiéndose aceptada la delegación de competencias de forma tácita, si dentro del plazo de tres días hábiles contados desde la notificación de la resolución, el destinatario no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación, según lo que establece el artículo 114 del ROF».

Resolución que se publica en ese Boletín Oficial en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

 

Manacor, en la fecha de la firma electrónica (26 de junio de 2023)

El alcalde Miquel Oliver Gomila