Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 417293
Notificación de la Resolución de Revocación parcial de las ayudas, Exp. 322 de fecha 1 de junio de 2023, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015, por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrarias, para los años 2015-2019
El apartado 9.3 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de 10 de julio de 2015 por la cual se convocan subvenciones para Inversiones a las explotaciones agrícolas, para los años 2015-2019, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA), en cumplimiento del que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha de 1 de junio de 2023, dicta lo siguiente:
“Informe/Propuesta de Resolución de aceptación de la solicitud de cambio de inversión de las inversiones concedidas y Revocación parcial del importe de concesión
Programa de Desarrollo Rural de las Illes Balears 2014-2020
Medida 4.1 Inversiones a las explotaciones agrarias
Convocatoria INEA 2019_1
Expediente: INEA2019_1/322
Código DIR3: A04026954
Código SIA: 208246
Código BDNS: 497979
Antecedentes
1. El de 16 de julio de 2015 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 106, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias, modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015 (BOIB núm. 185), 22 de junio de 2016 (BOIB núm. 81), 26 de junio de 2018 (BOIB núm. 80), 14 de junio de 2019 (BOIB núm. 80), 2 de marzo de 2020 (BOIB núm. 28), 6 de mayo de 2020 (BOIB núm. 77), 22 de junio de 2020 (BOIB núm. 114), 23 de julio de 2021 (BOIB núm. 101), 19 de noviembre de 2021 (BOIB nº 162), 1 de julio de 2022 (BOIB núm. 87).
2.Con fecha 12 de septiembre de 2022 se publicó en la página web del FOGAIBA el requerimiento para la aceptación de la subvención INEA2019 según el cual se podía conceder la ayuda a los expedientes, que por orden de puntuación, figuraban en el anexo I, entre otros, Antonio Galmés Pons con NIF ***3218** y con número de expediente INEA 2019_1/322, por un importe de inversión de 7.137,24 €, un importe de concesión de 3.568,62 € y un plazo de ejecución de 6 meses. Se concedió un plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación del requerimiento para que el interesado se opusiera a la concesión de la ayuda y que en caso de no hacerlo se daría por aceptada la propuesta, se dictaría el acto de concesión y se procedería a su notificación.
3.El 3 de noviembre de 2022, con registro de entrada núm. 49412837, Antonio Galmés Pons con NIF ***3218***, en representación de SON SALOM SRM, presenta una solicitud de cambio de titularidad del expediente INEA2019_1/322 y día 25 de diciembre de 2022, el vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA firma la resolución de aprobación del cambio de titularidad a favor de SON SALOM SRM, con CIF E16845059.
4.El 3 de noviembre de 2022, con registro de entrada núm. 49412837, Antonio Galmés Pons con NIF ***3218***, en representación de SON SALOM SRM, presenta una solicitud de cambio de inversión, donde solicita cambiar el generador eléctrico para tractor, con un importe de 2.800 ,00 €, por un generador eléctrico de gasolina con un importe de 2.584,00 €. El importe de inversión de ayuda solicitado era de 7.137,24€ con un importe de concesión de 3.568,62€. La inversión solicitada con el cambio de inversión tiene un importe de 6.921,24€ con un importe de concesión de 3.460,62€.
5.El 16 de mayo de 2023 el órgano gestor emite el informe de moderación de costes favorable, donde se indica que no existen cambios en el importe elegible de las inversiones solicitadas.
6.El importe de ayuda concedida inicialmente era de 3.568,62 € y el importe de ayuda concedida con el cambio de inversión es de 3.460,62 €, por tanto hay una diferencia de 108,00 € deben revocar.
7.Por todo ello, se propone aceptar la modificación de la inversión y revocar parcialmente la ayuda concedida tal y como se indica en el anexo de esta resolución.
Consideraciones jurídicas
1.Resolución de 10 de julio de 2015 del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias modificada mediante las resoluciones de 17 de diciembre de 2015, 22 de junio de 2016, 26 de junio de 2018, 2 de marzo de 2020 y 6 de mayo de 2020.
2.Orden del conseller de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
3.Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Propuesta de Resolución
Por todo ello, se propone al vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA que dicte resolución en los siguientes términos:
1.Aceptar la modificación de inversiones propuesta y revocar parcialmente la resolución de ayuda concedida al beneficiario detallado en el anexo adjunto, que es un total de 1 expedientes y que comienza y termina por SON SALOM SRM y por el importe indicado en el anexo de esta resolución.
2. Notificar esta resolución al beneficiario mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución -que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La técnica gestora de la línea |
El jefe de sección XVI del servicio de Ayudas al Desarrollo Rural |
La jefe de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural |
Mª Isabel Jiménez Vidal |
Antonio Barceló Ávila |
Gemma Canós Franch |
Conforme con la propuesta, dicto Resolución
El vicepresidente del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO MODIFICACIÓN INVERSIONES Y REVOCACIÓN PARCIAL DE LA CONCESIÓN INEA2019_1/390
TITULAR |
CIF |
NºEXPEDIENTE |
INVERSIÓN INICIAL |
NIVEL AYUDA |
AYUDA CONCEDIDA |
CAIB 100% |
ANUALIDAD |
---|---|---|---|---|---|---|---|
SON SALOM SRM |
E16845059 |
INEA2019_1/322 |
7.137,24 € |
0,5 |
3.568,62 € |
3.568,62 € |
2022 |
INVERSIÓN CAMBIO |
NIVEL AYUDA |
IMPORTE DE AYUDA |
CAIB 100% |
ANUALIDAD |
|||
6.921,24 € |
0,5 |
3.460,62 € |
3.460,62 € |
2022 |
|||
Importe a revocar |
|
|
108,00 € |
108,00 € |
|
(Firmado electrónicamente: 22 de junio de 2023)
El secretario general de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)