Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 415367
Resolución de la consejera Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que, en cumplimiento de la estimación de diversos recursos de reposición, se modifican las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y las listas provisionales de méritos alegados del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Antecedentes
1. Mediante la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 16 de septiembre de 2022 se aprobó la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre de 2022).
2. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 25 de noviembre se aprobaron las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre de 2022).
3. Con motivo de la estimación de diversos recursos administrativos de reposición interpuestos contra la Resolución mencionada en el punto anterior, procede modificarla en los términos con el fin de incluir a las personas recurrentes en la lista definitiva de personas admitidas.
4. Por este motivo, también debe modificarse la Resolución de la consejera de Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022 por la que se aprueban las listas provisionales de méritos alegados, del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears , a fin de incluir la puntuación de estas personas recurrentes resultante de su autobaremación de méritos.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
4. La base 9 de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, por la que se aprueba la convocatoria del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración general y especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).
Por todo lo anterior dicto la siguiente:
Resolución
1. Modificar, en cumplimiento de la estimación de varios recursos de reposición, la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 25 de noviembre por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 155, de 29 de noviembre de 2022), en el sentido de incluir en las listas de personas admitidas a aquellas que identificadas en el anexo 1 de la presente resolución.
2. Modificar las listas provisionales de méritos alegados del proceso excepcional de estabilización por concurso extraordinario de méritos para cubrir las plazas de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobadas por Resolución de la consejera Presidencia , Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022, en el sentido de incluir a las personas y las puntuaciones resultantes de la autobaremación de méritos de cada una de ellas, en los términos detallados en el Anexo 2 de la presente Resolución.
Las personas incluidas a raíz de esta Resolución disponen de un plazo de siete días hábiles desde la publicación de esta Resolución para subsanar los errores de hecho, materiales o aritméticos que hayan podido cometer en las alegaciones de los méritos (hoja de autobaremación), como consecuencia de haber situado de forma incorrecta un mérito en el apartado de otro mérito, o de haber calculado erróneamente las unidades de los méritos alegados. Durante este trámite no se admite la alegación de nuevos méritos no especificados en su declaración inicial.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears , en la Sede electrónica www.caib.es y en el Portal del Opositor ( http://oposicions.caib.es).
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su publicación , de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 23 de junio de 2023)
La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez
ANEXO 1 MODIFICACIÓN DE LAS LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS y EXCLUIDOS
* Se debe incluir en la lista definitiva de personas admitidas
CONCURSO AUXILIAR TÉCNICO/A EDUCATIVO/VA MALLORCA |
|
DNI |
NOMBRE |
***3506* |
BAUZÀ FONT, ANTONIA |
|
|
CONCURSO LIMPIADOR/A MALLORCA |
|
DNI |
NOMBRE |
***7989* |
TOMÁS TOMÁS, CATALINA MARIA |
|
|
CONCURSO COCINERO DE 1ª MENORCA |
|
DNI |
NOMBRE |
***4776* |
MUÑOZ RUIZ, MIQUEL ÁNGEL |
|
|
ANEXO 2 MODIFICACIÓN DE LAS LISTAS PROVISIONALES DE MÉRITOS ALEGADOS
*Se debe incluir en la lista provisional de los méritos alegados
CONCURSO AUXILIAR TÉCNICO/A EDUCATIVO/VA MALLORCA |
||
DNI |
NOMBRE |
PUNTOS |
***3506* |
BAUZÀ FONT, ANTONIA |
60,400 |
|
|
|
CONCURSO LIMPIADOR/A MALLORCA |
|
|
DNI |
NOMBRE |
PUNTOS |
***7989* |
TOMÁS TOMÁS, CATALINA MARIA |
64,283 |
|
|
|
CONCURSO COCINERO DE 1ª MENORCA |
|
|
DNI |
NOMBRE |
PUNTOS |
***4776* |
MUÑOZ RUIZ, MIQUEL ÁNGEL |
0,000 |