Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 415342
Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de concesión de subvenciones a favor de las federaciones deportivas de las Illes Balears al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 18 de enero de 2023 por la cual se convocan ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Illes Balears, 2023-2024 (BOIB núm. 15, de 2 de febrero de 2023)
Hechos
1. Las entidades deportivas que figuran en el anexo 1 de esta resolución han presentado ante la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes una solicitud de subvención para atender los gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Illes Balears, años 2023-2024.
2. Los servicios técnicos de la Consejería han examinado la solicitud y han comprobado que el solicitante:
a. Por su naturaleza, puede ser beneficiario de subvenciones.
b. Ha adjuntado la documentación prevista a la convocatoria.
c. Están al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
3. En fecha 18 de abril de 2023, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y elaborar el informe que sirvió de base al Director General de Deportes para dictar la propuesta de resolución.
4. El 16 de mayo de 2023 se dictó la propuesta de resolución del Director General de Deportes de concesión de subvenciones al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 18 de enero de 2023 por la cual se convocan ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Illes Balears, 2023-2024 a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado. La propuesta de resolución se publicó en la página web de la Dirección general de Deportes día 16 de mayo de 2023. (https://www.caib.es/seucaib/ca/201/empreses/tramites/tramite/5554120)
5. Las entidades beneficiarías han dispuesto de 10 días hábiles para comunicar al órgano instructor la aceptación o renuncia de la propuesta, con la indicación de que la entidad beneficiaria desiste de la propuesta si no manifiesta la aceptación en el plazo otorgado.
6. Todas las entidades deportivas han aceptado la subvención en el plazo hábil de 5 días desde el día siguiente de la publicación de la propuesta de resolución del Director General de Deportes.
7. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 1, por beneficiario, y existe crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 17601.461A01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. La Orden de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la cual se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23 de 16 de febrero de 2021).
3. Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 18 de enero de 2023 por la cual se convocan ayudas para gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Islas Baleares, 2023-2024 (BOIB núm. 15, de 2 de febrero de 2023)
4. El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la Presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21 ext., de 15 de febrero de 2021).
Por todo lo expuesto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención para ayudas de gastos derivados de la actividad ordinaria de las federaciones deportivas de las Illes Balears, 2023-2024 a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 1, por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto; reconocer la obligación, y proponer su pago a favor de todas ellas, con cargo a la partida presupuestaria 17601.461A01.48000.00 de los presupuestos generales de la Comunitat Autónoma de las Illes Balears para los años 2023-2024.
2. El pago y justificación tiene que hacerse de acuerdo con lo dispuesto en el apartado decimotercero de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 18 de enero de 2023.
• Año 2023: El plazo de presentación de las justificaciones acaba día 8 de noviembre de 2023..
• Año 2024: El plazo de presentación de las justificaciones acaba día 7 de noviembre de 2024.
3. El periodo al cual se concreta la actividad subvencionada es el comprendido entre:
• Año 2023: del 1 de noviembre de 2022 al 31 de octubre de 2023.
• Año 2024: del 1 de noviembre de 2023 al el 31 de octubre de 2024.
4. Los justificantes de facturas pagadas tienen que corresponder a gastos llevados a cabo en este periodo, efectivamente pagados hasta la fecha tope para justificar, a nombre del perceptor de la subvención y con todas las operaciones contabilizadas.
5. Los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado décimo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 18 de enero de 2023.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— puede interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes desde el día siguiente de la recepción de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunitat Autónoma de las Islas Baleares.
También puede interponerse directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, a fecha de la firma digital (25 de mayo de 2023)
El secretario general Xavier Lluís Bacigalupe Blanco Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 91, de 6 de julio de 2019)
ANEXO 1 BENEFICIARIOS PROPUESTOS PARA OTORGAR LA SUBVENCIÓN
Núm. Esp. |
Beneficiario |
Importe 2023 |
Importe 2024 |
FEDO2023-1 |
Federación Balear de Caza |
12.658,64 |
12.633,18 |
FEDO2023-2 |
Federación Balear de Vela |
17.789,55 |
17.752,88 |
FEDO2023-3 |
Federación de Voleibol de las Islas Baleares |
23.404,92 |
23.355,98 |
FEDO2023-4 |
Federación Balear de Columbicultura |
5.200,00 |
5.200,00 |
FEDO2023-5 |
Federación Balear de Yudo y EE. AA |
20.112,44 |
20.070,70 |
FEDO2023-6 |
Federación de Automovilismo de las Islas Baleares |
12.511,66 |
12.486,52 |
FEDO2023-7 |
Federación Patinaje Islas Baleares |
21.844,33 |
21.798,81 |
FEDO2023-8 |
Federación Balear de Taekwondo |
19.504,31 |
19.463,90 |
FEDO2023-9 |
Federación Balear de Ajedrez |
10.252,50 |
10.232,29 |
FEDO2023-10 |
Federación Pàdel Islas Baleares |
15.390,61 |
15.359,18 |
FEDO2023-11 |
Federación Balear de Tiro Olímpico |
13.464,12 |
13.436,89 |
FEDO2023-12 |
Federación Balear de Montañismo y Escalada |
25.787,76 |
25.733,62 |
FEDO2023-13 |
Federación Balear de Columbofília |
9.111,61 |
9.093,89 |
FEDO2023-14 |
Federación Balear de Balonmano |
17.553,15 |
17.517,00 |
FEDO2023-15 |
Federación de Ciclismo de las Islas Baleares |
15.977,15 |
15.944,44 |
FEDO2023-16 |
Federación de Kárate y Disciplinas Asociadas de las Islas Baleares |
11.426,28 |
11.403,51 |
FEDO2023-17 |
Federación Balear de Deportes Aéreos |
3.500,00 |
4.500,00 |
FEDO2023-18 |
Federación Baloncesto de las Islas Baleares |
31.183,85 |
31.117,93 |
FEDO2023-20 |
Federación Balear de kickboxing. |
11.677,07 |
11.653,75 |
FEDO2023-21 |
Federación de Fútbol de las Islas Baleares |
35.000,00 |
35.000,00 |
FEDO2023-22 |
Federación Balear de Natación |
23.951,38 |
23.901,25 |
FEDO2023-23 |
Federación de Deportes Adaptados de las Islas Baleares |
16.071,37 |
16.038,45 |
FEDO2023-24 |
Federación Balear de Actividades Subaquàtiques |
13.379,15 |
13.352,11 |
FEDO2023-25 |
Federación Balear de rugby |
15.915,48 |
15.882,91 |
FEDO2023-26 |
Federación Balear de Lucha Olímpica y MM.AA |
11.358,78 |
11.336,16 |
FEDO2023-27 |
Federación Balear de Piragüismo |
19.862,34 |
19.821,14 |
FEDO2023-28 |
Federación de Tenis de las Islas Baleares |
19.309,02 |
19.269,04 |
FEDO2023-29 |
Federación Balear de Billar |
1.264,80 |
1.264,80 |
FEDO2023-30 |
Federación Balear de Tiro de Honda |
654,40 |
654,40 |
FEDO2023-31 |
Federación Balear de Tiro con Arco |
11.750,00 |
11.750,00 |
FEDO2023-32 |
Federación Balear de Golfo |
25.979,62 |
25.925,06 |
FEDO2023-33 |
Federación de Boxeo de las Islas Baleares |
15.202,24 |
15.202,24 |
FEDO2023-34 |
Federación Balear de Pesca y Casting |
7.219,38 |
7.205,80 |
FEDO2023-35 |
Federación Balear de Bádminton |
6.303,16 |
6.303,16 |
FEDO2023-36 |
Federación de Triatlón de las Islas Baleares |
12.411,43 |
12.411,43 |
FEDO2023-37 |
Federación de Atletismo de las Islas Baleares |
27.324,36 |
27.266,87 |
FEDO2023-38 |
Federación de Gimnasia de las Islas Baleares |
17.070,00 |
17.070,00 |
FEDO2023-39 |
Federación Balear de Motociclismo |
8.987,24 |
8.969,80 |
FEDO2023-40 |
Federación Balear de Baile Deportivo |
4.788,50 |
4.788,50 |
FEDO2023-41 |
Federación Balear de Trote |
7.847,38 |
7.832,43 |