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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 413814
Criterios para el acceso a las plazas de la Red de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad del Consejo Insular de Eivissa y gestión de la lista de espera para los referidos servicios. (CSV núm. 146150334424721736103)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En fecha 25 de mayo de 2023 el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Eivissa, ha adoptado por unanimidad el siguiente acuerdo:

"De conformidad con el artículo 89 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares, la gestión de los servicios sociales se puede hacer mediante varias fórmulas, y entre estas fórmulas la acción concertada es la figura de colaboración entre el sector público y el privado que más se adecua a los principios que tienen que regir el sistema de servicios sociales, especialmente a raíz de la aprobación de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

El artículo 2 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, prevé que las administraciones competentes de las Islas Baleares, para complementar el sistema público y garantizar una equidad y calidad adecuadas de las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, pueden encargar la prestación de estos servicios de su competencia, mediante el sistema de acción concertada, a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector social.

Así mismo, este artículo 2 determina que a efectos de esta ley, se entiende por régimen de acción concertada la prestación por terceros de servicios sociales incluidos en la cartera de servicios sociales.

El artículo 4 de la referida Ley 12/2018, de 15 de noviembre, establece, entre otros, que con una periodicidad anual, las administraciones de las Islas Baleares competentes en materia social como parte de las competencias de planificación, tienen que hacer una previsión de las prestaciones y los servicios que pretenden que sean objeto de acción concertada, junto con una tasación del coste y un informe justificativo de la carencia de medios propios para la gestión, de la idoneidad de la modalidad de gestión elegida.

Por acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza de fecha 11 de marzo de 2022, se acordó trabajar en la elaboración de un plan de actuación para la planificación y temporalización de los servicios del Consejo Insular de Ibiza que se pretendían concertar, estableciendo como punto primero del referido acuerdo, la prestación de servicios a personas con discapacidad.

El Pleno del Consejo Insular de Ibiza aprobó en sesión de fecha 15 de marzo de 2023, de forma definitiva el Reglamento de la Cartera de Servicios Sociales del Consejo Insular de Ibiza (BOIB núm.40 de 30 de marzo de 2023) que define el conjunto de prestaciones del sistema público de servicios sociales del Consejo Insular de Ibiza.

En fecha 23 de mayo de 2023 la Jefa de Sección de Atención a Personas con Discapacidad ha emitido informe justificativo de la necesidad de concertar determinados servicios referentes a la atención a personas con discapacidad; en la misma fecha, 23 de mayo de 2023 se ha emitido informe de tasación del coste de los referidos servicios. Y en fecha 24 de mayo de 2023 se ha informado favorablemente esta previsión de concertación de servicios.

Se tiene que tener presente que se trata de una planificación; es decir, una previsión y estimación de las actuaciones a realizar durante el año 2023, sin perjuicio que los datos reflejados puedan variar, y supeditada a la tramitación del correspondiente expediente de concertación, la existencia de crédito y la correspondiente fiscalización de los expedientas en el momento en que se tramiten los referidos expedientes de concertación.

Visto el informe de la Jefa de Sección de Atención a Personas con Discapacidad de fecha 24 de mayo de 2023.

De conformidad con aquello establecido en el apartado tercero letra m del Decreto de Presidencia n.º 2019000484, de fecha 16-7-2019, de determinación de las atribuciones correspondientes a los diferentes órganos del Consejo Insular de Ibiza (BOIB n.º 98 EXT., de 17-7-2019; modificaciones al BOIB núm.175, de 31 -12-2019, BOIB n.º 101, de 4-6-20020 y al BOIB n.º 153, de 5-9-2020), corresponde al Consejo Ejecutivo la aprobación del presente acuerdo, por lo cual se eleva al Consejo Ejecutivo la siguiente,

 

PROPUESTA

Primero- Aprobar la previsión del servicios de la Cartera de Servicios Sociales del Consejo Insular de Ibiza que se tienen que concertar durante el año 2023, en materia de atención a personas con discapacidad, detallados en el anexo I, de acuerdo con el previsto en el artículo 4 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

Segundo- Publicar el acuerdo que se adopte al Boletín Oficial de las Islas Baleares, y al Portal de Transparencia del Consejo Insular de Ibiza en conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

 

ANEXO I Previsión servicios a concertar en materia de atención a personas con discapacidad.

Los servicios a concertar durante el año 2023 son los siguientes (la numeración se corresponde con la numeración prevista al anexo I de la Cartera de Servicios Sociales del Consejo Insular de Ibiza)

1.2. Servicio de Centro Ocupacional para Personas con Discapacidad Intelectual y/o del Desarrollo.

Definición del servicio: El servicio de Centro Ocupacional apoya a las personas con discapacidad que necesitan organización, supervisión y asistencia en la realización de las actividades de la vida diaria, y también apoyo en el proceso de adquisición y desarrollo de actividades básicas y adaptativas personales, sociales y prelaborales, para que puedan lograr, dentro de las posibilidades de cada persona usuaria, la máxima integración sociolaboral.

  • Ámbito Territorial: Eivissa
  • Plazas: 40
  • Complementos del servicio de Centre Ocupacional:
  • 2 complementos de apoyo por motivos médicos o conductuales.
  • 1 complemento de apoyo extraordinario.
  • Servicio complementario de Transporte adaptado: 50 plazas
  • Fecha prevista de la convocatoria: segundo trimestre 2023
  • Inicio prestación tercer trimestre 2023.
  • Duración: 1 año

1.4 Vivienda Supervisada para Discapacidad Intelectual y/o del Desarrollo.

Definición del servicio: La vivienda supervisada es un servicio residencial de carácter permanente o temporal para personas con discapacidad intelectual y/o del desarrollo que necesitan supervisión y apoyo de diferente intensidad. Se organiza en viviendas ordinarias que constituyen el domicilio habitual de la persona.

  • Ámbito Territorial: Eivissa
  • Plazas 27
  • Complementos del servicio de Vivienda Supervisada:
  • 27 Complemento de alta intensidad.
  • Complementos de soporte por motivos médicos o conductuales.
  • 1 complemento de soporte extraordinario.
  • Fecha prevista de la convocatoria: segundo trimestre 2023.
  • Inicio prestación tercer trimestre 2023
  • Duración: 1año

1-7. Servicio de Atención Integral y Promoción de la Autonomía.

Definición del servicio: Los servicios de Atención Integral y promoción de la autonomía, para personas con discapacidad, son el conjunto de actuaciones que llevan a cabo profesionales para prevenir la aparición o la agravación de enfermedades o discapacidades y las secuelas consecuentes, mediante el desarrollo coordinado de actuaciones de promoción de condiciones de vida saludables y programas específicos de carácter preventivo y de rehabilitación dirigidos a las personas con discapacidad, que tienen por finalidad desarrollar y mantener la capacidad de la persona para controlar, afrontar y tomar decisiones sobre como vivir de acuerdo con las normas y las preferencias propias, y facilitar la ejecución de las actividades básicas de la vida diaria, de forma que todas las personas puedan llevar una vida tan autónoma como sea posible.

  • Ámbito Territorial: Eivissa
  • Plazas 150.
  • Fecha prevista de la convocatoria: segundo trimestre 2023.
  • Inicio prestación tercer trimestre 2023.
  • Duración: 11 meses

 

(Firmado electrónicamente: 22 de junio de 2023)

La jefa de sección de Servicios Sociales (Ana Andreu Mas)