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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 407010
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinaria de 22 de mayo de 2023, relativo a la aprobación de las bases y la convocatoria por la que se rige la concesión de las ayudas para el alquiler de viviendas que están adheridas al “Lloguer Ètic” del Consejo Insular de Menorca para el año 2023 (Exp. 5105-2023-000003)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 BDNS 702471

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/702471):

Primero. Beneficiarios

Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que sean titulares de una o más viviendas vacías en condiciones de ser alquiladas.

  • Que sean titulares de una o más viviendas destinadas al alquiler de estancias cortas y que quieran destinar a alquiler de larga duración.

Se entiende como titular de una vivienda la persona que tenga un derecho real sobre ésta que la faculta a alquilarla como arrendador (en régimen de propiedad, alquiler, usufructo o cualquier otro derecho que les faculte para ceder el uso).

  • Que estén adheridas a “Lloguer Ètic” y hayan formalizado un contrato de alquiler ético en el momento de presentar la solicitud.

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases es establecer y regular las ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca destinadas a las personas propietarias que hayan adherido su vivienda a “Lloguer Ètic” antes del 24 de junio de 2023.

Tercero. Bases reguladoras

Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 22 de mayo de 2023.

Cuarto. Cuantía

El importe global máximo de la convocatoria es de 37.125 € (treinta y siete mil ciento veinticinco euros), con el siguiente desglose:

Línea 1: Ayudas dirigidas a personas propietarias que adhieren un inmueble que ya tienen alquilado, con un importe total de 5.067,56 €.

Línea 2: Ayudas dirigidas a personas propietarias que adhieren su inmueble para que se alquile dentro de “Lloguer Ètic”, con un importe total para esta línea de 32.057,44 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) hasta el 2 de noviembre de 2023, o hasta que exista crédito en la partida correspondiente

 

Sexto. Otros datos.

El importe máximo que se podrá conceder por solicitud será de 525,24 € en el caso de las ayudas de la línea 1 de la convocatoria y de 3.325,24 € en caso de que las ayudas sean de la línea 2.

 

Maó,  13 de junio de 2023

Por delegación de la presidenta ​​​​​​​El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)