Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 406979
Resolución del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears, a propuesta de la Directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears, por la cual se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago de ayudas al transporte y/o becas para personas con discapacidad, ayudas a la conciliación y becas para mujeres víctimas de violencia de género para el periodo 2019-2020
En fecha 17 de mayo de 2023, la jefa del Servicio de Gestión de Programas de Empleo 1, con el visto bueno de la jefa del Departamento de Gestión Administrativa y Jurídica ha emitido el informe técnico siguiente:
Hechos
1. Las personas que se indican en el anexo adjunto, como alumnos de acciones formativas dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, han presentado solicitudes de concesión de ayudas para transporte y/o de becas para personas con discapacidad, ayudas a la conciliación y becas para mujeres víctimas de violencia de género en el marco de la Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria y Presidente del Servicio de Empleo de las Illes Balears de 27 de agosto de 2018 por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones SOIB Itinerarios Integrales de Inserción para los ejercicios 2019 y 2020, con la cofinanciación hasta un máximo del 50 % del Fondo Social Europeo, en el marco del Programa Operativo de las Illes Balears para el período 2014-2020 (BOIB núm. 108, de 1 de septiembre).
2. Dichas personas han presentado las solicitudes en el plazo establecido, junto con la documentación que requiere el apartado 6 del anexo 5 de la Resolución mencionada en el anterior apartado.
Fundamentos de derecho
El articulo 2.2 del Decreto22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los Estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 131, de 25 de julio) establece que el SOIB, para cumplir sus fines, puede llevar a cabo, entre otros, las funciones necesarias para gestionar las políticas activas de empleo; gestionar el conjunto de programas y medidas de orientación, empleo, formación y formación con alternancia con el empleo, que tienen por objeto mejorar las posibilidades de acceso a la colocación de las personas desempleadas en el mercado de trabajo, por cuenta propia o ajena; la adaptación de la formación y la recualificación para el empleo de los trabajadores, así como las otras acciones destinadas a fomentar el espíritu empresarial, la economía social y mejorar las condiciones de los trabajadores.
De acuerdo con los apartados g) y y) del artículo 9.4 del Decreto 22/2020, de 24 de julio, de aprobación de los estatutos de Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB nº 131, de 25 de julio), es función del presidente del SOIB autorizar gastos, contraer obligaciones y proponer pagos del servicio, así como conceder ayudas y subvenciones.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre, y suplemento en catalán del BOE nº 23, de 24 de noviembre), tiene por objeto regular el régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por las administraciones públicas.
El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones la gestión de las cuales corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears o las entidades públicas dependientes.
La Orden del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social de 28 de marzo de 2019 (Orden TMS/368/2019), por la cual se desarrolla el Real decreto 694/17, de 3 de julio, por la cual se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo dentro del ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación (BOE nº 78, de 1 de abril de 2019).
El Real decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el cual se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (BOE nº 83, de 7 de abril, y suplemento en catalán del BOE nº 9, de 17 de abril).
Mediante la Resolución del Resolución del Consejero de Trabajo, Comercio e Industria, y presidente del SOIB de 27 de agosto de 2018 (BOIB núm. 108, de 1 de septiembre), se aprueba la convocatoria para solicitar ayudas y becas dirigida a los trabajadores desempleados, alumnos de las acciones formativas financiadas por el SOIB Itinerarios Integrales de Inserción para los ejercicios 2019-2020 y se convoca a los alumnos de estos cursos para que presenten solicitudes de ayudas al transporte, manutención y alojamiento, y/o solicitudes de becas cuando se trate de personas desempleadas con discapacidad y de ayudas a la conciliación. En el apartado 7 del anexo 5 de la convocatoria se regulan los importes de las becas para personas con discapacidad desempleadas, de las ayudas al transporte, manutención, alojamiento y conciliación.
De acuerdo con el artículo 39.7 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, las subvenciones que se conceden en consideración a la concurrencia de una determinada situación en la persona perceptora no requieren ninguna otra justificación que la acreditación de esta situación, previamente a la concesión, por cualquier medio admisible en derecho, sin perjuicio de los controles que se puedan establecer para verificar la existencia.
La Ley 13/2014, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2015, en la disposición final séptima modifica el artículo 1 de la Ley 7/2000, de 15 de junio, de creación de Servicio de Empleo de las Illes Balears, y lo define como un organismo autónomo dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, adscrito a la consejería competente en materia de trabajo. De acuerdo con el Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 21/2019 de 2 de agosto, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
Por todo ello, se informa favorablemente la concesión de la subvención, la autorización y la disposición del gasto, el reconocimiento de la obligación y el pago de las ayudas para transporte, manutención y alojamiento y/o becas cuando se trate de personas con discapacidad, ayudas de conciliación y becas para mujeres víctimas de violencia de género para alumnado de especialidades formativas de la programación del 2019-2020 relacionadas en el anexo adjunto, con cargo a la partida presupuestaria 76101.322D02.48000.00.19213 por una cantidad de 1.168 €, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2023.
Por todo ello, y visto el informe de la jefa Servicio de Gestión de Programas de Empleo 1, con el visto bueno de la jefa del Departamento de Gestión Administrativa y Jurídica, la directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears ha formulado la propuesta de resolución siguiente:
Propuesta de resolución
Conceder la subvención, autorizar y disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago de las ayudas de transporte, manutención y alojamiento y/o, becas para personas con discapacidad, de conciliación y becas para mujeres víctimas de violencia de género de los alumnos relacionados en el anexo adjunto, con cargo a la partida presupuestaria 76101.322D02.48000.00.19213 por una cantidad de 1.168 €, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio 2023.
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del Consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y Presidente del Servicio de Ocupación de las Illes Balears en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a haberse publicado en el BOIB, de acurdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 25 de mayo de 2023
El director general de Modelo Económico y Empleo Llorenç Pou Garcías Por delegación del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente del SOIB (BOIB núm. 94 de 11/07/19)
La directora proponiendo Pilar Ortiz Vilar
ANEXO
NÚM. CONCA |
DNI |
CURSO |
DIAS ASISTENCIA |
AJUDA TRANSPORTE MISMO MUNICIPIO (1,50 €/DIA) |
AJUDA TRANSPORTE DISTINTO MUNICIPIO (4,50 €/DIA) |
BECA DISCAPACIDAD (5,5 €/DIA) |
TOTAL BECA |
---|---|---|---|---|---|---|---|
7507/2023 |
34755063Q |
387/19 |
15 |
22,50 |
|
82,50 |
105,00 |
7515/2023 |
X6888690Y |
387/19 |
20 |
30,00 |
|
110,00 |
140,00 |
7516/2023 |
Y5774306D |
387/19 |
20 |
30,00 |
|
110,00 |
140,00 |
7518/2023 |
49921475K |
387/19 |
20 |
30,00 |
|
110,00 |
140,00 |
7520/2023 |
43083052G |
387/19 |
20 |
30,00 |
|
110,00 |
140,00 |
7522/2023 |
X6406587Y |
387/19 |
20 |
|
90,00 |
110,00 |
200,00 |
7523/2023 |
55088368X |
406/19 |
13 |
19,50 |
|
|
19,50 |
7527/2023 |
34065676P |
406/19 |
13 |
19,50 |
|
|
19,50 |
7528/2023 |
45614678C |
406/19 |
13 |
19,50 |
|
|
19,50 |
7529/2023 |
Y7294304Y |
406/19 |
12 |
|
54,00 |
|
54,00 |
7530/2023 |
43188537B |
406/19 |
13 |
19,50 |
|
|
19,50 |
7531/2023 |
X9939397Q |
406/19 |
13 |
19,50 |
|
|
19,50 |
7532/2023 |
46396377H |
406/19 |
12 |
|
54,00 |
|
54,00 |
7533/2023 |
43194954B |
406/19 |
13 |
19,50 |
|
|
19,50 |
7539/2023 |
43186969F |
406/19 |
13 |
19,50 |
58,50 |
|
78,00 |
|
|
|
|
|
|
TOTAL |
1.168,00 |