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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA, SECTORES PRODUCTIVOS Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Núm. 404043
Resolución de consejero Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que modifica Resolución consejero Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 17 septiembre 2022 por la que aprueba convocatoria pública de subvenciones para fomento comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, comunidades propietarios, asociaciones empresariales, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro de Illes Balears dentro de las actuaciones previstas en Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en marco del Plan Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU)

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 122, de 17 de septiembre de 2022, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 14 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el fomento de comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, comunidades de propietarios, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro de las Illes Balears dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU).

En el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 125, de 24 de septiembre de 2022, se publicó la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica la Resolución de 14 de septiembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones por al fomento de comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, comunidades de propietarios, asociaciones empresariales, cooperativas y entidades sin ánimo de lucro de las Illes Balears dentro de las actuaciones previstas en el Plan de Inversiones para la Transición Energética de las Illes Balears, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea (NextGenerationEU).

En punto 1 del apartado noveno de la convocatoria establece que el plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 30 de junio de 2023 o hasta el posible agotamiento, dentro de este período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

En el punto 2 del apartado noveno de la convocatoria establece que si se agotan los créditos destinados a la convocatoria antes de terminar el plazo de presentación debe suspenderse la concesión de nuevas ayudas mediante la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears de la resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática.

Vistas las solicitudes actualmente presentadas no se prevé que se agote el crédito total asignado a la convocatoria, se considera adecuado ampliar el plazo para presentar las solicitudes hasta el 31 de octubre de 2023.

Por todo ello, se hace necesario modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria de subvenciones para ampliar el plazo para presentar las solicitudes y dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el punto 1 del apartado noveno de la convocatoria con la siguiente redacción:

1. El plazo para presentar las solicitudes se inicia a partir del quinto día de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 31 de octubre de 2023 o hasta su posible agotamiento, dentro del mismo período, de la cuantía económica asignada a esta convocatoria.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (16 de junio de 2023)

El consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática Juan Pedro Yllanes Suárez