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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, FUNCIÓN PÚBLICA E IGUALDAD

Núm. 403378
Resolución de rectificación de errores en la resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de día 5 de abril de 2023 por la que se da publicidad a los medios documentales a utilizar en las elecciones a la entidad local menor de Palmanyola

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Texto

Antecedentes

1. La Resolución de día 5 de abril de 2023 de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se da publicidad a los medios documentales que deben utilizarse en las elecciones a la entidad local menor de Palmanyola ( BOIB nº 43, de 6 de abril de 2023).

Esta Resolución recoge modelos de papeletas, sobres y diversa documentación electoral en relación con las elecciones a la entidad local menor de Palmanyola.

2. La propuesta del técnico superior del Servicio Jurídico, de 16 de junio de 2023, de rectificación de un error material respecto a la indicación del año que afecta a los modelos de documentos EELM 9, EELM 10, EELM 11, EELM 12a y EELM 12b que deben utilizarse en las elecciones futuras a la entidad local menor de Palmanyola, que constan en el anexo de la Resolución de día 5 de abril de 2023 antes mencionada.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, establece que: “Las administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o disposición.

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Corregir el error material advertido en los modelos de documentos EELM 9, EELM 10, EELM 11, EELM 12a y EELM 12b, que deben utilizarse en las elecciones a la entidad local menor de Palmanyola, que constan en el anexo de la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad, de día 5 de abril de 2023, por la que se da publicidad a los medios documentales que deben utilizarse en las elecciones a la entidad local menor de Palmanyola, de la siguiente forma:

Donde dice:

“ELECCIONES A LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE PALMANYOLA 2023 ELECCIONES A LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE PALMANYOLA 2023”

Debe decir:

“ELECCIONES A LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE PALMANYOLA 20... ELECCIONES A LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE PALMANYOLA 20...”

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de junio de 2023)

La consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad Mercedes Garrido Rodríguez