Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 399852
Departamento de Planeamiento y Gestión Urbanística. PD 2020/01. Aprobación inicial proyecto de urbanización de la UE 73-05 del PERI La Soledat i el Polígon de Llevant, c/ Caracas, Rei Martí y Tavernera

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Expediente: PD2020/0001

La Junta de Gobierno de Palma, en sesión de día 31/05/2023,  aprobó inicialmente el proyecto de urbanización de la UE 73-05 del PERI La Soledat i el Polígon de Llevant, c/ Caracas, Rei Martí y Tavernera,  promovido por D. Jesús Torquemada Hernández, en representación de  PROMOTORA REINA 1957, SA, redactado por Florencio y Vicente Reolid García.

En cumplimiento de los artículos 71.2 y 79.4 de la Ley 12/2017, de 29 de Diciembre, de urbanismo de las Illes Balears (BOIB 160 de 29 de Diciembre); el 200.1.b) del Reglamento General de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (BOIB 66 de 30-04-15); el 70.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril y el 83 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se somete a información pública de un mes el mencionado proyecto de urbanización.

Quienes se consideren afectados pueden examinarlo, juntamente con la documentación técnica aprobada, en la Sección de Información Urbanística del Área de Modelo de Ciudad, Vivienda Digna y Sostenibilidad (Avda. Gabriel Alomar, 18, bajos, Edificio Municipal de las Avenidas) y/o en la sede electrónica municipal en la dirección:

https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/PD-URBANITZACIO/PD-202000010000/PD-20200001_PORTADA.pdf

y formular las alegaciones que estimen pertinentes en el mencionado plazo y mediante escrito dirigido al alcalde. Las alegaciones se han de presentar, si se trata de sujeto obligado a relacionarse a través de medios electrónicos con las administraciones públicas –según el artículo 14.2 de la Ley 39/15- obligatoriamente en la sede electrónica de la Web del Ayuntamiento de Palma, con indicación expresa y clara de qué se trata y haciendo constar el número del expediente. Si se trata de una persona física podrá utilizar la citada sede electrónica o bien presentar la documentación en cualesquiera de las Oficinas municipales de Atención a la Ciudadanía, la ubicación de las cuales puede consultarse en la Web www.palma.cat, o en las dependencias a que hace referencia el artículo 16.4 de la Ley 39/15.

 

(Firmado electrónicamente: 15 de junio de 2023)

El jefe de departamento p.d. Decreto de Alcaldía nº. 3000, de 26 de febrero de 2014, publicado en el BOIB 30 de 04-03-2014 Jaume Horrach Font