Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
PARLAMENTO DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 399666
Resolución del presidente de la Diputación Permanente del Parlamento de las Illes Balears de convocatoria de la sesión constitutiva del Parlamento de las Illes Balears
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41.5 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, por la que se aprueba la reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, y el artículo 3 del Reglamento del Parlamento de las Illes Balears, una vez celebradas las elecciones al Parlamento de las Illes Balears y proclamados oficialmente sus resultados, el presidente de la Diputación Permanente debe convocar mediante resolución la sesión constitutiva, que tendrá lugar en el plazo máximo de treinta días después de la celebración de las elecciones.
Por todo ello, de conformidad con las atribuciones del artículo 3 del Reglamento del Parlamento,
Resuelvo
Primero
Convocar a los diputados y a las diputadas electos a la sesión constitutiva del Parlamento de las Illes Balears, que tendrá lugar el día 20 de junio de este año, a las 11.00 horas, en la sede del Parlamento.
Segundo
Esta resolución producirá efectos el mismo día en que se publique en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Se publicará también en el Butlletí Oficial del Parlament de les Illes Balears.
Palma, 16 de junio de 2023
El presidente de la Diputación Permanente Vicenç Thomas Mulet