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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 391811
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 22 de mayo de 2023, relativo a dejar sin efecto varias convocatorias de las ofertas públicas de empleo de 2017 y 2018 (exp. 0605-2023-000041)

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Texto

Por el Decreto de Presidencia núm. 2018/850, de 31 de octubre de 2018, se aprobaron las bases específicas y se convocó el proceso de selección de provisión de la plaza de celador velador de la plantilla del Consell Insular de Menorca, de conformidad con el contenido de las bases generales de la Oferta pública de empleo del Consell Insular de Menorca 2016-2017 (BOIB núm. 134 de 27/10/2018).

El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en la sesión de día 28 de junio de 2021, aprobó las bases específicas y la convocatoria de las pruebas selectivas de provisión de las plazas de la plantilla del Consell Insular de Menorca de técnico lingüístico y TAE ( asesor jurídico) de la Oferta pública de empleo de 2018.

El 10 de mayo de 2023 la jefa del Servicio de Gestión de Personas en funciones ha emitido un informe en el que explica que, una vez aprobadas las bases específicas y la convocatoria de los diferentes procedimientos de selección, se abrió el plazo de inscripciones; pero finalmente no llegaron a ejecutarse.

Vistos estos antecedentes,

Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Servicios Generales y en ejercicio de las competencias atribuidas al artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares,

El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta los siguientes acuerdos:

Primero. Dejar sin efectos las convocatorias antes mencionadas de pruebas selectivas de provisión de las plazas de celador velador, técnico lingüístico y TAE (asesor jurídico) de la plantilla del Consell Insular de Menorca.

Segundo. Realizar la correlativa devolución de las tasas abonadas por los aspirantes, por un importe conjunto que suma 1.191,54 €.

Lo que le comunico para que tome conocimiento y tenga los efectos que correspondan, al tiempo que le hago saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, puede interponer, en el plazo de un mes a partir de al día siguiente de la fecha de recepción de esta notificación, recurso de alzada ante el Pleno del Consell Insular, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que considere procedente en derecho.

Dicho recurso se entenderá desestimado si no se le ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

 

Maó, 2 de junio de 2023

Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)