Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 391781
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 22 de mayo de 2023, relativo a la aprobación de las bases que rigen la concesión de ayudas del Consejo Insular de Menorca para las organizaciones profesionales agrarias (OPA) y la convocatoria correspondiente al año 2023 (Exp. 3203-2023-000001)
BDNS 699338
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/699338):
Primero. Beneficiarios
Pueden solicitar la subvención las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas que tengan su domicilio social y ámbito de actuación dentro del territorio de Menorca y un funcionamiento interno real y democrático.
En este sentido, quedan excluidas de este procedimiento de concurrencia competitiva las organizaciones que no realicen los procesos electorales previstos en sus estatutos.
Segundo. Objeto
El objeto de estas ayudas es participar en los gastos originados en la realización de las actividades ordinarias propias de las organizaciones profesionales agrarias de la isla de Menorca (de ahora en adelante OPA) desde día 1 de enero a día 31 de diciembre del año en curso.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se rige por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 22 de mayo de 2023.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 95.000 € (noventa y cinco mil euros), con el siguiente desglose:
Línea |
Importe |
Línea 1. Mantenimiento de la propia organización profesional agraria. |
22.000 € |
Línea 2. Representación y publicaciones. |
13.000 € |
Línea 3. Asesoramiento y gestión de ayudas a la explotaciones agrarias para mejorar el servicio a sus asociados. |
60.000 € |
Total |
95.000 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar a partir del día siguiente de haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).
Sexto. Otros datos.
Las actividades antes relacionadas se tienen que llevar a cabo desde día 1 de enero hasta día 31 de diciembre del año en curso.
Los beneficiarios de estas ayudas pueden subcontratar totalmente la actividad subvencionada.
El máximo que podrá recibir cada organización por la línea 1 es de 14.000,00 €.
La ayuda máxima individual para los gastos de la línea 2 será de 5.000,00 €.
La ayuda máxima individual por los gastos de la línea 3 será de 20.000 €.
La subvención máxima total que podrá percibir cada OPA, entre las tres líneas, es de 37.000,00€.
Maó, 30 de mayo de 2023
Por delegación de la presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)