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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 389749
Bases reguladoras y convocatoria de subvenciones y ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva para impulsar el sector cultural local 2023 del Ayuntamiento de Pollença

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Texto

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria de día 25 de mayo de 2023, ha aprobado las bases reguladoras de las subvenciones (Base datos nacional de subvenciones núm. 70225)

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES Y AYUDAS ECONÓMICAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA IMPULSAR EL SECTOR CULTURAL LOCAL 2023 DEL AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

El Ayuntamiento de Pollença convoca la concesión de en régimen de concurrencia competitiva del año 2023, de acuerdo con las siguientes condiciones:

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El objetivo de esta convocatoria es apoyar a la cultura local y contribuir al fomento y desarrollo en el sector cultural en el municipio de Pollença, tanto si se trata de producciones artísticas como si se incluyen dentro de las denominadas industrias creativas.

Con el fin de reforzar un pilar fundamental de nuestra identidad y un factor clave para el desarrollo sociocultural de la ciudadanía, estas subvenciones y ayudas económicas pretenden, también, favorecer una acción conjunta entre el sector público y el privado y ser de utilidad tanto por los proyectos emergentes como por aquellos que cuentan con una mayor trayectoria.

Las actividades subvencionables deben iniciarse y desarrollarse dentro del período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023 y deben englobarse dentro de una de las siguientes líneas:

  1. Línea 1. Artes Escénicas: teatro, danza, música, ópera, teatro musical, performance, cabaret, recital, títeres, circo o comedia.
  2. Línea 2. Artes Plásticas, audiovisuales y literarias: dibujo, pintura, grabado, cómic, escultura, cerámica, orfebrería, arte digital, fanart, fotografía, net.art, vídeoarte y otras publicaciones.
  3. Línea 3. Jornadas, seminarios, encuentros, muestras y estudios y trabajos de investigación sobre temas relacionados con el patrimonio, la historia, la naturaleza, la arquitectura y/o la lengua.

Se cubre, así, la competencia que confiere el artículo 30.26 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, regulado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares.

2.- NATURALEZA DE LA CONVOCATORIA

Se convocan subvenciones y ayudas económicas dirigidas a la atención del sector de población en el ámbito de la cultura. Tienen carácter voluntario y eventual y no pueden invocarse como precedente.

Las subvenciones de esta convocatoria serán de carácter voluntario, excepcional y anulables. Son revocables y reintegrables en cualquier momento por las causas previstas en la Ley o en estas bases. No generan ningún derecho a la obtención de otras subvenciones y años posteriores y no pueden alegarse como precedente.

Asimismo, son compatibles con otras subvenciones y ayudas que puedan recibir las personas y entidades beneficiarias por el mismo concepto, siempre que el total recibido no supere el coste del concepto subvencionado.

Recibir una ayuda o subvención implica la obligatoriedad de llevar a cabo el concepto subvencionado.

3.- DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

Por esta finalidad existe crédito adecuado al Presupuesto general del Ayuntamiento de Pollença del ejercicio 2023, en la partida presupuestaria 330-48004 por un importe de 40.000 euros.

 

4.- PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS

Podrán solicitar las subvenciones:

  • Las personas físicas y jurídicas con vocación o formación artística.
  • Las asociaciones y fundaciones culturales sin finalidad de lucro inscritas en el registro de entidades culturales de la Dirección General de Presidencia, Cultura e Igualdad del Gobierno de las Illes Balears y dadas de alta en el registro de entidades locales del Ayuntamiento de Pollença.
  • Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas y las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, que aunque carezcan de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones que se pretenden fomentar.

5.- ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

5.1. Línea 1: Artes Escénicas

Cualquier proyecto cultural englobado dentro del ámbito de las artes escénicas –como por ejemplo las disciplinas de teatro, danza, música, ópera, teatro musical, performance, cabaret, recital, títeres, circo o comedia– que potencie y enriquezca el tejido cultural del Municipio de Pollença y que se desarrolle en el mismo municipio durante el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023; período de que es objeto esta subvención.

5.2. Línea 2: Artes Plásticas, audiovisuales y literarias

Cualquier proyecto cultural englobado en el ámbito de las artes plásticas, visuales o literarias –como por ejemplo las disciplinas de dibujo, pintura, cómic, grabado, escultura, cerámica, orfebrería, arte digital, fanart, fotografía, net.art, vídeoarte o otras publicaciones– que potencie y enriquezca el tejido cultural del Municipio de Pollença y que se desarrolle dentro del mismo municipio durante el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023; período de que es objeto esta subvención.

5.3. Línea 3. Jornadas, seminarios, encuentros, muestras y estudios y trabajos de investigación sobre temas relacionados con el patrimonio, la historia, la naturaleza, la arquitectura y/o la lengua

Cualquier proyecto cultural englobado en el ámbito de las Jornadas, seminarios, encuentros, muestras y estudios y trabajos de investigación –como por ejemplo relacionados con el patrimonio, la historia, la naturaleza, la arquitectura y/o la lengua– que potencie y enriquezca el tejido cultural del Municipio de Pollença y que se desarrolle dentro del mismo municipio durante el 1 de enero de 2023 y el 30 de noviembre de 2023; período de que es objeto esta subvención.

6.- REQUISITOS PARA ACCEDER A LAS SUBVENCIONES

6.1. Personas físicas y jurídicas:

  • No estar sometida a ninguna de las prohibiciones por ser beneficiaria que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Estar al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal.
  • Estar al corriente en las obligaciones fiscales de la Seguridad Social.
  • Destinar los fondos aportados por el Ayuntamiento de Pollença en actividades subvencionables contempladas en la cláusula.
  • Haber realizado las actividades dentro del plazo objeto de esta subvención.
  • Haber justificado y acreditado las actividades objeto de subvención en años anteriores, en su caso.
  • No haber recibido durante el ejercicio 2023 ninguna otra aportación en concepto de subvención y/o ayuda económica del Ayuntamiento de Pollença por la misma actividad objeto de subvención.

6.2. Asociaciones y fundaciones:

  • Estar dada de alta en el registro de entidades locales del Ayuntamiento de Pollença.
  • Estar inscrita en el registro de entidades culturales de la Dirección General de Presidencia, Cultura e Igualdad del Gobierno de las Illes Balears.
  • No estar sometida a ninguna de las prohibiciones por ser beneficiaria que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Estar al corriente en sus obligaciones fiscales con la Hacienda Municipal.
  • Estar al corriente en las obligaciones fiscales de la Seguridad Social.
  • Destinar los fondos aportados por el Ayuntamiento de Pollença en actividades subvencionables contempladas en la cláusula.
  • Haber realizado las actividades dentro del plazo objeto de esta subvención.
  • Haber justificado y acreditado las actividades objeto de subvención en años anteriores, en su caso.
  • No haber recibido durante el ejercicio 2023 ninguna otra aportación en concepto de subvención y/o ayuda económica del Ayuntamiento de Pollença por la misma actividad objeto de subvención.

7.- CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN Y CUANTÍA

La concesión de las subvenciones de esta convocatoria se rige por los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Asimismo, se realizará mediante régimen de concurrencia competitiva.

La subvención se otorgará en función de la puntuación obtenida por cada proyecto presentado por las personas físicas, a las asociaciones ya las fundaciones concurrentes.

Para determinar el valor unitario del punto, se dividirá la cantidad destinada a cada línea por la totalidad de puntos obtenidos entre todas las personas físicas, a las asociaciones ya las fundaciones han solicitado subvención de la línea:

  • Línea 1. Artes Escénicas: teatro, danza, música, ópera, teatro musical, performance, cabaret, recital, títeres, circo o comedia.
  • Línea 2. Artes Plásticas, audiovisuales y literarias: dibujo, pintura, grabado, cómic, escultura, cerámica, orfebrería, arte digital, fanart, fotografía, net.art, vídeoarte y otras publicaciones.
  • Línea 3. Jornadas, seminarios, encuentros, muestras y estudios y trabajos de investigación sobre temas relacionados con el patrimonio, la historia, la naturaleza, la arquitectura y/o la lengua.

7.1. Línea 1. Artes Escénicas: teatro, danza, música, ópera, teatro musical, performance, cabaret, recital, títeres, circo o comedia

Criterios

Puntuación

Objetivos del proyecto cultural encaminados a potenciar y enriquecer el tejido cultural del Municipio de Pollença

10

Calidad técnica y artística del proyecto cultural

10

Originalidad del proyecto cultural

5

Trayectoria cultural del artista, asociación o fundación (1 punto para cada proyecto ejecutado hasta un máximo de 5 puntos)

5

Trayectoria del proyecto cultural (1 punto por cada edición ejecutada del mismo proyecto hasta un máximo de 5 puntos)

5

Público objetivo (1 punto para cada segmento de población potencial hasta un máximo de 5 puntos)

5

7.2. Línea 2. Artes Plásticas, audiovisuales y literarias: dibujo, pintura, grabado, cómic, escultura, cerámica, orfebrería, arte digital, fanart, fotografía, net.art, vídeoarte y otras publicaciones

Criterios

Puntuación

Objetivos del proyecto cultural encaminados a potenciar y enriquecer el tejido cultural del Municipio de Pollença

10

Calidad técnica y artística del proyecto cultural

10

Originalidad del proyecto cultural

5

Trayectoria cultural del artista, asociación o fundación (1 punto para cada proyecto ejecutado hasta un máximo de 5 puntos)

5

Trayectoria del proyecto cultural (1 punto por cada edición ejecutada del mismo proyecto hasta un máximo de 5 puntos)

5

Público objetivo (1 punto para cada segmento de población potencial hasta un máximo de 5 puntos)

5

7.3. Línea 3. Jornadas, seminarios, encuentros, muestras y estudios y trabajos de investigación sobre temas relacionados con el patrimonio, la historia, la naturaleza, la arquitectura y/o la lengua

Criterios

Puntuación

Objetivos del proyecto cultural encaminados a potenciar y enriquecer el tejido cultural del Municipio de Pollença

10

Calidad técnica y artística del proyecto cultural

10

Originalidad del proyecto cultural

5

Trayectoria cultural del artista, asociación o fundación (1 punto para cada proyecto ejecutado hasta un máximo de 5 puntos)

5

Trayectoria del proyecto cultural (1 punto por cada edición ejecutada del mismo proyecto hasta un máximo de 5 puntos)

5

Público objetivo (1 punto para cada segmento de población potencial hasta un máximo de 5 puntos)

5

7.4. Criterios de distribución

Se realizará el reparto proporcional de los 40.000 euros a cada proyecto presentado, según la puntuación obtenida. A partir de aquí, se aplicará el siguiente procedimiento:

  1. La subvención se otorgará en función de la puntuación obtenida por cada persona física, asociación o fundación. Para la determinación del valor unitario del punto, se dividirá la cantidad destinada por la totalidad de puntos obtenidos entre todas las personas físicas, asociaciones y fundaciones que hayan solicitado la subvención.
  2. El importe de la subvención será la multiplicación del precio por punto por el total de puntos obtenidos por cada proyecto.
  3. Si de la aplicación del segundo punto resulta que el importe obtenido supera el 100% de la solicitud presentada, este remanente pasará a una bolsa común. La cuantía de esta bolsa común se repartirá entre las personas físicas, asociaciones y fundaciones que del resultado de la puntuación no puedan percibir el 100% de lo solicitado. El reparto se realizará siguiendo los mismos pasos establecidos desde el punto primero, teniendo en cuenta que en este caso la dotación económica será la cuantía de la bolsa común de remanente. Esta fórmula se llevará a cabo hasta que se agote el presupuesto de la actual convocatoria o que todos los proyectos reciban el 100% de la subvención solicitada.
  4. Para estudiar y evaluar la puntuación de los proyectos culturales, se constituirá un tribunal integrado por las personas relacionadas a continuación:
  • Marina Velasco Puigròs, técnica coordinadora de Cultura del Ayuntamiento de Pollença
  • Andreu Aguiló Díaz, director del Museo de Pollença
  • Josep Marquet Cerdà, concejal delegado de Cultura del Ayuntamiento de Pollença

8.- TRAMITACIÓN, PRESENTACIÓN Y PLAZO

8.1. Tramitación

El Ayuntamiento de Pollença facilita el único modelo de solicitudes para esta convocatoria. (Se adjunta anexo)

Para cualquier información o soporte para la tramitación y seguimiento de las solicitudes puede dirigirse a las dependencias del Área de Cultura:

Edificio Miquel Capllonch

Calle Médico Llopís, 1

07470 - Puerto Pollensa

Horario: de 9 a 14 h

971 53 01 08 - Extensión 341

cultura@ajpollenca.net

8.2. Presentación

En el caso de personas físicas, la presentación de las solicitudes se hará de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pollença (https://ajpollenca.sedelectronica.es/info.0) o de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento (OAC Ayuntamiento de Pollença, calle del Calvari, 2 y/u OAC Puerto de Pollença, calle del Médico Llopis, 1) y tendrán que ir dirigidas a la Alcaldía Presidencia.

En el caso de asociaciones o fundaciones, la presentación de las solicitudes se hará únicamente de forma telemática en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pollença (https://ajpollenca.sedelectronica.es/info.0) y tendrán que ir dirigidas a la Alcaldía Presidencia.

La presentación de la solicitud y de la documentación adjunta también puede realizarse en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las empresas que están obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos deben presentar la solicitud de forma telemática en la sede electrónica del Ayuntamiento de Pollença (https://ajpollenca.sedelectronica.es/info.0), en la que está disponible la información de la convocatoria y el modelo de solicitud, así como las publicaciones de la resolución de las ayudas.

De acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, están obligados a presentar la documentación a través de medios electrónicos los siguientes sujetos:

  • Las personas jurídicas
  • Las entidades sin personalidad jurídica
  • Las personas que ejercen una actividad profesional para la que se requiere colegiación obligatoria
  • Quien representa a una persona interesada que esté obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración

8.3. Plazo

El plazo para la presentación de las solicitudes será de diez (10) días naturales, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en la página web de el Ayuntamiento de Pollença.

9.- DOCUMENTACIÓN

Las personas físicas y jurídicas, asociaciones y fundaciones culturales sólo podrán presentar una única solicitud de subvención.

Para solicitar la subvención, el Ayuntamiento de Pollença facilita los siguientes modelos normalizados:

Por parte de las personas físicas y jurídicas:

  • Impreso 1. Solicitud de subvención
  • Impreso 2. Proyecto cultural
  • Impreso 3. Presupuesto del proyecto cultural
  • Impreso 4. Certificado bancario
  • Impreso 5. Declaración jurada

Por parte de las asociaciones y fundaciones culturales:

  • Impreso 1.Solicitud de subvención
  • Impreso 2.Proyecto cultural
  • Impreso 3.Presupuesto del proyecto cultural
  • Impreso 4.Certificado bancario
  • Impreso 6.Solicitud de certificación

Además, deberá aportarse la siguiente documentación adicional:

Por parte de las personas físicas:

  • Fotocopia del DNI de la persona titular que recibe la subvención
  • Declaración jurada de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento (ver Impreso 5)

Por parte de las asociaciones y fundaciones culturales y personas jurídicas:

  • Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad
  • Fotocopia del DNI de la persona representante de la entidad que solicita la subvención
  • Fotocopia de los estatutos inscritos en el registro oficial correspondiente debidamente legalizados
  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento
  • Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) acreditativo de estar al corriente de las obligaciones tributarias de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.1.e de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) acreditativo de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social de acuerdo con lo que dispone el artículo 14.1.e de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones

10.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. INICIO, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN

10.1. Inicio

Las bases y el inicio del procedimiento de concesión de subvenciones se producen de oficio y el Ayuntamiento Pleno será el órgano encargado de su aprobación. Las bases serán publicadas en el BOIB, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones BDNS, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la web www.ajpollenca.net,a fin de que se puedan presentar las solicitudes durante el plazo establecido en la base séptima.

10.2. Instrucción

El órgano instructor del procedimiento de concesión corresponde a la Concejalía de Cultura que debe llevar a cabo las actuaciones a que se refiere el artículo 24 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

Una Comisión Evaluadora se reunirá para examinar si los beneficiarios cumplen con todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones y evaluar las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en estas Bases. De todo lo actuado en esta reunión se levantará acta.

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes miembros:

  • Presidencia: alcalde del Ayuntamiento de Pollença o en su lugar, persona en quien delegue
  • Vicepresidencia: concejal de Cultura del Ayuntamiento de Pollença o en su lugar, persona en quien delegue
  • Secretario: un/a funcionario/a adscrito a Secretaría o Intervención
  • Vocales:
    • Concejal/a de laCorporación
    • Concejal/a de Educación
    • Técnica de Cultura

La Comisión Técnica Evaluadora quedará constituida legalmente con la asistencia del presidente, vicepresidente y secretario o sus sustitutos en su caso, y de uno de los tres vocales citados en el párrafo anterior.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del acta de la reunión de la Comisión, formulará propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que se publicará en la web del Ayuntamiento, abriéndose un plazo de 10 días para presentar alegaciones.

Si no se presentan alegaciones dentro del plazo concedido, la propuesta de resolución formulada tendrá carácter de definitiva. En otro caso, una vez examinadas alegaciones presentadas por los interesados, el órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar el solicitante o la relación de solicitantes por los que se propone la concesión de la subvención, su cuantía, especificando su evaluación y los criterios de valoración seguidos para efectuarla.

La propuesta de resolución definitiva se publicará en la web del Ayuntamiento otorgando a los beneficiarios un plazo de 10 días para que comuniquen su aceptación. Se entenderá aceptada si dentro de ese plazo no se expresa lo contrario.

10.3. Resolución

La competencia para resolver el procedimiento y conceder la subvención se atribuye a la Junta de Gobierno Local, que dictará esta resolución una vez dictada la propuesta de resolución definitiva y emitido informe de fiscalización por la Intervención Municipal.

La resolución se notificará a todos los solicitantes y se publicará en la web del Ayuntamiento.

11.- ABONO Y JUSTIFICACIÓN DE GASTOS

El pago de las subvenciones o ayudas económicas se realizará como norma general, previa justificación por parte del solicitante de la cantidad subvencionada según la propuesta de resolución definitiva.

Las personas beneficiarias quedan obligados a justificar los gastos efectuados con cargo a subvención o ayuda económica concedida dentro del ejercicio económico al que se haya concedido y los gastos justificados deben ser de dicho plazo (1 de enero de 2023 y 30 de noviembre de 2023) y presentadas dentro del plazo correspondiente.

Si la fecha de pago o factura es anterior al período objeto de subvención pero la actividad se ha llevado a cabo dentro del plazo establecido, se entenderá como subvencionable.

El plazo para justificar la subvención finalizará el 12 de diciembre de 2023. La documentación acreditativa para justificar los gastos será:

La documentación acreditativa para justificar los gastos será:

— Impreso normalizado facilitado por el Ayuntamiento de Pollença, de certificación bancaria por el cobro de la subvención (Impreso 4. Certificado bancario) y sellado por la entidad bancaria

— Memoria de la actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con la descripción del proyecto cultural, los objetivos alcanzados, los resultados obtenidos, la temporalización, los medios de difusión utilizados, la evaluación y cualquier otro aspecto que se considere adecuado

— Memoria económica justificativa del coste del proyecto cultural, que contendrá (Impreso 7 cuenta justificativa):

  • Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Si la subvención se otorga de acuerdo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
  • Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación referida en el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago por el valor de la cantidad subvencionada.
  • Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada señalando su importe y procedencia.

Los gastos deben justificarse con facturas y otros documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en original y copia a compulsar. Si deben devolverse las facturas o justificantes originales, a petición de la entidad subvencionada, debe reflejarse con un sello la fecha de concesión de la subvención así como el importe del justificante que se imputa a la subvención .

Las facturas originales, acreditativas del gasto subvencionado, expedidas a nombre de las personas físicas oa las entidades subvencionadas y con su NIF, deben expresar claramente:

  • Fecha de emisión, que deberá corresponder al período comprendido entre 1 de enero de 2023 y 30 de noviembre de 2023
  • Datos fiscales (Nombre, domicilio, NIF, etc.) de la entidad emisora ​​y de la entidad pagadora
  • Número de la factura
  • Concepto detallado por el que se expide, que deberá ser suficientemente claro
  • Importe, desglosando la parte que corresponde a IVA, si procede. Si la operación está exenta de IVA debe mencionarse en la factura

Si la entidad beneficiaria únicamente dispone de la factura o documento justificativo que acredita el gasto recibido por correo electrónico, se admitirá siempre que a la impresión de la factura se adjunte un certificado firmado por el representante legal de la entidad en que manifieste la imposibilidad o dificultad grave para obtener el documento original y declare que la factura ni se ha utilizado ni se utilizará para justificar ninguna otra subvención.

No se podrá efectuar ningún pago si no se acredita de forma fehaciente, hecho que se hará constar por escrito junto con la presentación de los justificantes de haber realizado la totalidad del gasto que figure en el presupuesto de gastos que acompañe a la solicitud de la subvención.

Si el gasto justificado es inferior al importe del presupuesto solicitado y subvencionado, se procederá a la reducción proporcional de la subvención o ayuda económica concedida.

El importe de las subvenciones o ayudas económicas concedidas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas económicas de otras Administraciones Públicas o de entidades privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar por la persona física o entidad beneficiaria.

Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas en los siguientes casos:

  • Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas u ocultando aquellas circunstancias que lo hubiesen impedido.
  • Incumplimiento total o parcial del objetivo de la actividad.
  • Incumplimiento de la obligación de justificación o la insuficiente justificación.
  • Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o organismos internacionales.
  • El incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración a las entidades colaboradoras y beneficiarios, así como de los compromisos por estos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutado el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

12.- PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA

La aprobación del gasto deberá efectuarse con carácter previo a la convocatoria de la subvención.

La resolución de la concesión de la subvención comportará el correspondiente compromiso de gasto.

El pago de la subvención se realizará después de que el beneficiario haya justificado los gastos subvencionados, y se haya certificado por los servicios técnicos del área de Cultura para con la realización de la actividad y cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 88 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

El pago de las subvenciones o ayudas económicas se realizará, como norma general, después de que el solicitante haya justificado los gastos subvencionados.

13.- OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES BENEFICIARIAS

Serán obligaciones mínimas de las personas y entidades beneficiarias de las subvenciones:

  • Realizar y acreditar la actividad objeto de la subvención de acuerdo con las condiciones establecidas.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Pollença las modificaciones que se hayan producido y que sean causa de la concesión o cumplimiento de la subvención.
  • Comunicar al Ayuntamiento de Pollença, en cualquier momento, la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad y no consignadas en la solicitud.
  • Constituir las garantías que resulten exigibles, en su caso.
  • Hacer constar que el proyecto cultural está subvencionado o patrocinado por el Área de Cultura del Ayuntamiento de Pollença.
  • Someterse a las actuaciones de fiscalización y control de la Intervención del Ajuntament de Pollença.

El Ayuntamiento de Pollença podrá, en cualquier momento, auditar tanto económica como técnicamente el proyecto objeto de la subvención.

Pollença, ___ de __________ de 2023

EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

(Firmado electrónicamente: 16 de junio de 2023

El alcalde Andrés Nevado Rodríguez)

 

 

IMPRESO 1 SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA ACTIVIDAD CULTURAL LOCAL 2023

SOLICITANTE: (marque con una cruz la opción pertinente)

  • Persona física ( )
  • Asociación o fundación cultural sin ánimo de lucro ( )
  • Agrupación de personas físicas, jurídicas privadas o comunidad de bienes ( )

DATOS DE LA PERSONA SOLICITANTE:

Sr./Sra./Asociación/Fundación/Agrupación: _______________________________________

Nombre de la persona representante: _________________________________________ con dirección domicilio social: ______________________________________________________ con distrito postal: ________________, población: ______________________________, con CIF/NIF (DNI + letra): _____________________, teléfono: __________________, fax: __________________

SOLICITA:

Una ayuda económica por la cantidad de: _______________________ €para la actividad cultural siguiente: _______________________________________________________.

Firma de la persona solicitante

 

 

EN EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

IMPRESO 2 PROYECTO DESCRIPTIVO DEL PROYECTO CULTURAL 2023

(Rellene todos los campos que tiene a continuación)

NOMBRE DEL PROYECTO: __________________________________________________

LÍNEA: (marca con una cruz la opción pertinente)

Línea 1. Artes Escénicas: teatro, danza, música, ópera, teatro musical, performance, cabaret, recital, títeres, circo o comedia ( )

Línea 2. Artes Plásticas, audiovisuales y literarias: dibujo, pintura, grabado, cómic, escultura, cerámica, orfebrería, arte digital, fanart, fotografía, net.art, vídeoarte y otras publicaciones ( )

Línea 3. Jornadas, seminarios, encuentros, muestras y estudios y trabajos de investigación sobre temas relacionados con el patrimonio, la historia, la naturaleza, la arquitectura y/o la lengua ( )

EXPLICACIÓN DE LAS ACTUACIONES A DESARROLLAR: (de las actuaciones para las que se solicita la subvención es necesario indicar)

  • Objetivos del proyecto cultural encaminados a potenciar y enriquecer el tejido cultural del Municipio de Pollença
  • Calidad técnica y artística del proyecto cultural
  • Originalidad del proyecto cultural
  • Trayectoria cultural del artista, la asociación o la fundación
  • Público objetivo al que va destinado el proyecto

Pollensa, día ___ de _______________ de 2023

(firma del interesado/a)

 

 

EN EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

IMPRESO 3 PRESUPUESTO DEL PROYECTO CULTURAL 2023

SOLICITANTE: (marque con una cruz la opción pertinente)

  • Persona física ( )
  • Asociación o fundación cultural sin ánimo de lucro ( )
  • Agrupación de personas físicas, jurídicas privadas o comunidad de bienes ( )

INGRESOS:

Entidad:

Cuantía:

 

 

 

 

 

 

GASTOS:

Concepto:

Cuantía:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Suma de las subvenciones:_____________________ €

Para la formalización de este impreso DECLARA que los datos anteriores son auténticos,

Pollensa, día ___ de _______________ de 2023

(firma del interesado/a)

 

​​​​​​​

EN EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

IMPRESO 4 (SE PUEDE SUSTITUIR CON UN CERTIFICADO DE TITULARIDAD BANCARIA) SOLICITUD DE TRANSFERENCIA BANCARIA PARA PAGOS

DATOS DE LA PERSONA PERCEPTORA:

  • CIF/NIF:
  • NOMBRE/RAZÓN SOCIAL:
  • DIRECCIÓN:
  • CÓDIGO POSTAL:
  • LOCALIDAD:
  • TELÉFONO:
  • FAX:
  • CORREO ELECTRÓNICO:

DATOS BANCARIOS:

  • CÓDIGO BANCO:
  • CÓDIGO OFICINA:
  • DÍGITO CONTROL:
  • NÚMERO DE CUENTA:

Bajo mi responsabilidad declaro que estos datos corresponden a la c/coa la libreta abierta a mi nombre o, en caso de una entidad jurídica, a nombre de ésta.

(firma de la persona interesada, y en caso de asociación o fundación, firma de la persona representante y sello)

 

 

Pollensa, día ___ de _______________ de 2023

CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE LA ENTIDAD BANCARIA:

________________________________________________________________________

Estos datos coinciden con los que cuestan en esta oficina.

LA DIRECCIÓN: ___________________________________________________________

(firma y sello de la Entidad Bancaria)

 

 

 

EN EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

IMPRESO 5 DECLARACIÓN JURADA PARA PERSONAS FÍSICAS INDIVIDUALES

DECLARACIÓN JURADA DE NO INCORRER EN JEFE DE LAS PROHIBICIONES ESTABLECIDAS A LOS APARTADOS 2 Y 3 DEL ARTÍCULO 13 DE LA LEY 38/2033, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES

El/La Sr./a____________________________________________________________ con DNI _____________ con domicilio en la calle _____________________________________, núm._______, Piso __________ población _______________________________________ CP___________________ actuando en nombre _____________________________________

DECLARO:

  • Estar al corriente de sus obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Pollença.
  • No incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2033) para obtener la condición beneficiaria de una subvención.

Y para que así conste, lo firmo.

Pollensa, día ___ de _______________ de 2023

(firma del interesado/a)

 

 

EN EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

IMPRESO 6 DECLARACIÓN JURADA PARA ASOCIACIONES, FUNDACIONES O AGRUPACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS PRIVADAS O COMUNIDAD DE BIENES

El/La Sr./Sra._________________________________________________________ con DNI ________ con domicilio en la calle __________________________________________, núm._______, Piso __________ población _______________________________________ CP________ actuando en nombre ________________________________________________

DECLARO:

Que la citada entidad solicitante no incurre en ninguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2033, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003) para obtener la condición de beneficiario de una subvención.

SOLICITO:

Que se emita el correspondiente certificado de estar al corriente de las obligaciones económicas con el Ayuntamiento de Pollença, en su caso, para adjuntar en el correspondiente expediente.

Y para que así conste, lo firmo.

Pollensa, día ___ de _______________ de 2023

(firma del interesado/a)

 

 

EN EL ALCALDE DEL EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

 

IMPRESO 7 MODELO DE CUENTA JUSTIFICATIVO

I. MEMORIA ECONÓMICA

1. RELACIÓN CLASIFICADA DE LOS GASTOS Y PAGOS EFECTUADOS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

[Es necesario adjuntar las facturas originales u otros documentos contables acreditativos del pago, así como los certificados, cargos bancarios o detalles de movimientos de cuenta que acrediten el gasto]

ACREEDO (CIF)

DESCRIPCIÓN DEL GASTO

IMPORTE

FECHA DE EMISIÓN

DOCUMENTO ACREDITATIVO DEL GASTO

FECHA DE PAGO

 

 

 

 

 

 

2. RELACIÓN DE OTROS INGRESOS O SUBVENCIONES QUE HAN FINANCIADO LA ACTIVIDAD SUBVENCIONADA

IMPORTE

PROCEDENCIA

 

 

 

 

3. OTROS DOCUMENTOS A APORTAR EN LA CUENTA JUSTIFICATIVO

1.Cuando el importe de algunos gastos supere la cuantía de 14.999,99 €, es necesario aportar relación de presupuestos solicitados y justificación escrita del presupuesto escogido.

Mediante la presente, el/la Sr./a. __________________________________________ con DNI _______________ y ​​domicilio en la calle ______________________________________, núm. _______, piso _____, población _________________________ CP __________, que actúa en nombre _____________________________________________________________

DECLARA bajo su responsabilidad:

  1. Que todos los datos presentados en esta cuenta justificativa son ciertos.
  2. Que la entidad beneficiaria de la subvención ha ejecutado el proyecto y la subvención otorgada se ha aplicado a la finalidad para la que se concedió.
  3. Que de la ejecución de dicho proyecto se han derivado los ingresos especificados en el apartado 2 y los gastos cuyos justificantes se aportan en una relación adjunta; se indica, en su caso, su desviación.
  4. Que las facturas presentadas para justificar la subvención otorgada no superen el valor de mercado y que no se recuperará ni compensará el IVA.
  5. Que todos los gastos presentados en esta cuenta justificativa se han abonado en su totalidad al proveedor o suministrador.

Con el fin de justificar la adecuada ejecución del gasto realizado y el fiel cumplimiento de la finalidad para la que fue concedida la subvención ante el Ayuntamiento de Pollença, como órgano concedente, se emite este certificado.

Pollensa, _____ de _________ de 20___

Representante legal del beneficiario de la subvención.

Sr./Sra. __________________________________

Firma: ________________»