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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ARTÀ

Núm. 382585
Acuerdo del Pleno de 2 de mayo de 2023 mediante el cual se aprueba la corrección de errores en las plantillas de personal en lo que respecta al personal de la policía local

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Artà, en la sesión extraordinaria y urgente de 2 de mayo de 2023, acordó aprobar, entre otros, los siguientes acuerdos:

<< PRIMERO

1. ENMENDAR el error material detectado en la plantilla de plazas de funcionarios de 2023, aprobada en sesión del Pleno del ayuntamiento de fecha 28 de noviembre de 2022,

donde dice:

PLANTILLA DE PERSONAL PARA 2023

Debe decir:

PLANTILLA DE PLAZAS DE PERSONAL PARA 2023

2. ENMENDAR los errores materiales detectados en la plantilla de plazas de funcionarios de 2023, aprobada en sesión del Pleno del ayuntamiento de fecha 28 de noviembre de 2022, en el apartado correspondiente a mandos de la policía local,

donde dice:

Jefe del cuerpo de Policía Local

Debe decir:

Subinspector

Y donde dice:

Oficial de la policía local

Debe decir:

Oficial

3. Estas enmiendas son preceptivas porque legalmente en la plantilla de plazas de funcionarios de cualquier institución local sólo pueden constar las denominaciones legales de las plazas incluidas en la clasificación oficial en cuerpos, escalas, subescalas y categorías previstas en las leyes estatales y autonómicas, según se ha acreditado en los informes que constan en el expediente.

SEGUNDO

1. ENMENDAR el error material detectado en la plantilla presupuestaria incluida en el presupuesto municipal de 2023, aprobado en sesión del Pleno del ayuntamiento de fecha 28 de noviembre de 2022, en la rúbrica “1321-Policía municipal”, donde en una única columna constan de forma no sistemática las plazas ocupadas o bien la denominación del puesto de trabajo como sigue:

CÓDIGO

PLAZA DE PLANTILLA

1090

JEFE DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL

1017

OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL

1055

OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL

1997

OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL

Debe sustituirse por una tabla con una columna más como sigue:

CÓDIGO

PLAZA DE PLANTILLA DE PLACES

PUESTO DE TRABAJO

1090

SUBINSPECTOR

JEFE DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL

1017

OFICIAL

OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL

1055

OFICIAL

OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL

1997

OFICIAL

OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL

2. INSTAR a la Alcaldía que, dado que la enmienda afecta a la estructura del presupuesto, por parte del servicio de recursos humanos y de la intervención y servicios económicos se gestione esta enmienda con carácter extrapresupuestario de forma provisional, y que se incorpore al presupuesto en una próxima modificación presupuestaria que se tramite para la aprobación de este Pleno.

TERCERO

1. INSTAR a la Alcaldía que por parte del servicio de recursos humanos municipal se publiquen estos acuerdos en los diarios oficiales que es legalmente procedente, y que se elabore una plantilla de plazas consolidada que se publique en el portal municipal de transparencia.

2. INSTAR a la Alcaldía que por parte del servicio de recursos humanos municipal se revise la totalidad de la plantilla de plazas, la plantilla presupuestaria y la relación de puestos de trabajo municipales, a fin de verificar que no existan otros errores materiales como los que se han corregido en el acuerdo precedente, y en todo caso aplicar el cambio decidido en el acuerdo precedente de cambio de estructura de la plantilla presupuestaria a todo el personal municipal de plantilla, y que preparen otros acuerdos análogos del Pleno de el ayuntamiento para la aprobación de estas enmiendas.

3. INSTAR a la Alcaldía que por parte del servicio de recursos humanos municipal se elaboren y publiquen en el portal municipal de transparencia documentos consolidados de la plantilla de plazas y de la documentación pública de la relación de puestos de trabajo municipal cada vez que éste Pleno apruebe alguna enmienda o modificación, para dar cumplimiento exacto a las prescripciones legales en materia de transparencia y buen gobierno.>>

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante la Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998 , de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Si opta por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y el artículo 40 de la Ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de discrepancia entre la versión catalana y la versión castellana, prevalecerá la versión catalana.

 

Artà, fecha de la firma electrónica (9 de junio de 2023)

El alcalde en funciones Manuel Galán Massanet