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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES

Núm. 374169
Modificación de los Estatutos de la Federación Balear de Piragüismo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El artículo 97.6 de la Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la Actividad Física y el Deporte de las Illes Balears, establece que los estatutos de las federaciones deportivas, así como sus modificaciones -una vez ratificadas por la administración deportiva del Gobierno de las Illes Balears- se inscribirán en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.

El 18 de mayo de 2023, el Director General de Deportes dictó la Resolución por la que se ratifica parcialmente la modificación del artículo 1 de los Estatutos de la Federación Balear de Piragüismo, aprobada por la Asamblea General en la sesión extraordinaria de 21 de marzo de 2023.

Asimismo, se autoriza la inscripción de dicha modificación en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears con la siguiente redacción:

«1.5 La modalidad deportiva de la Federación Balear de Piragüismo es i está compuesta por las siguientes especialidades:

a) Aguas tranquilas

b) Kayak de mar

c)) Maratón

d) Slalom

e) Aguas bravas

f) Descensos, ascensos y travesías

g) Piragüismo recreativo

h) Kayak polo

i) Rafting

j) Kayak surf

k) Estilo libre

l) SUP canoe racing* De acuerdo con la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 6 de agosto de 2019, dicha especialidad se matendrá hasta que no exista una estructura suficientemente sólida por parte de la Federación Española de Surfing u otro estamento autonómico competente.

m) Paracanoe».

La Resolución del Director General de Deportes de 18 de mayo de 2023 queda incorporada como anexo del texto refundido de los Estatutos ratificado por el Consejero de Turismo y Deportes el 16 de julio de 2012, modificado por Resolución del Consejero de Turismo y Deportes de 29 de mayo de 2014 y mediante Resolución del Director General de Deportes de 11 de octubre de 2019.

Esta modificación estatutaria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Los Estatutos deben estar permanentemente accesibles en la página web de la federación, sin perjuicio de cualquier otro medio que asegure su publicidad.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (5 de junio de 2023)

El director general de Deportes Carles Gonyalons Sureda