Sección V. Anuncios
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CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 370394
Notificación de acuerdo de inicio, expediente sancionador número 2022/20547Q por infracción de la normativa en materia de caza
Visto que no ha sido posible notificar personalmente el acuerdo de inicio del expediente sancionador abajo referenciado, por presunta infracción de la normativa vigente de caza, Ley 3/2013, de 17 de julio, de modificación de la Ley 6/2006, de 12 de abril, Balear de Caza y Pesca Fluvial, y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y económico-administrativas. De conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la persona interesada que se detalla en el anexo adjunto, se les notifica que:
1º.- Dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que presenten cuantas alegaciones, documentos o informaciones consideren convenientes y, en todo caso, proponer prueba concretando los medios de los que pretenda valerse.
2ª.- Durante el transcurso de la tramitación de los expedientes sancionadores, las personas interesadas podrán examinarlos y conocer la identidad de la instructora y de la secretaria, a los efectos de recusación según el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Nº de expediente: 2022/20547Q
DNI Presunto infractor: 41454225Z
Fecha de la resolución de inicio: 22 de marzo de 2023
Preceptos infringidos: Artículo 74.11 de la Ley 6/2006, de 12 de abril, de Caza y Pesca Fluvial (BOIB nº 61, de 27 de abril de 2006) modificada por la Ley 3/2013, de 17 de julio y modificada per la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y Económico-Administrativas (BOIB nº 16 de 30 de julio de 2013) por cazar en un terreno cinegético en un día en que no se tiene autorización del titular. Se trata de una infracción tipificada como grave por la normativa vigente, sancionable con una multa de 451 a 2.000 € y posible retirada de la licencia de caza, así como inhabilitación para obtenerla durante un período de hasta dos años (art. 76.1.b); además de una indemnización por pieza capturada; todo ello de acuerdo con los artículos 69, 70 y 72 de la Ley Balear de Caza.
Último domicilio: Can Bassa Rotja – Sant Rafel de sa Creu
Municipio: Sant Antoni de Portmany
Ibiza, 5 de junio de 2023
La técnica de Administración General de Agricultura Mª José Cardona Muñoz