Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 362933
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, R10 de fecha 22 de mayo de 2023, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 9 de junio de 2021 por la que se convocan subvenciones para las Inversiones en la Transformación, Comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas , para el año 2021
El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 9 de junio de 2021 por la que se convocan, subvenciones para las Inversiones en la Transformación, Comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, correspondientes al año 2021, especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas .
Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 22 de mayo de 2023, firmó la siguiente resolución,
"RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN
Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020
Medida 4.2- Inversiones en Transformación, Comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas
Convocatoria: ITC2021_1 Grupo:ITC2021_1 - R10
Antecedentes
1.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para inversiones en la transformación y comercialización de productos agrícolas.
2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el día 15/07/2021, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 54 solicitudes de ayuda.
3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.
4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I adjunto no cumplen con alguno de los requisitos previstos en la convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda, por los motivos indicados en el citado anexo.
5. Con fecha 31/10/2022 se notifica telemáticamente la citada propuesta provisional a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.
6. A fecha de hoy, los interesados relacionados en el Anexo I adjunto no han presentado alegaciones.
Fundamentos de derecho
1.Resolución de la Presidenta del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para el año 2021, subvenciones para inversiones en la transformación y la comercialización de productos agrícolas.
2.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
3.Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4.Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.
5.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.
6..Ley 39/2015, de 1 de octubre de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas.
Resolución de denegación
Por todo ello, se informa desfavorablemente y se dicta una resolución en los siguientes términos:
1.Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anexo I, que son un total de 1 expediente y que comienza con EMBOTITS MONTUIRI SA y termina con EMBOTITS MONTUIRI SA, relativa a la línea de ayudas “Transformación y comercialización de productos agrícolas 2021 ” , por no cumplir con alguno de los requisitos que se establecen en la convocatoria y que se especifican en el mencionado anexo.
2.Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en el Anexo I.
3.Notificar la resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, a fecha de la firma electrónica
El vicepresidente del FOGAIBA |
Fernando Fernández Such” |
ANEXO I RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS
Solicitante |
NIF |
Núm. exp. |
Motivo denegación |
---|---|---|---|
EMBOTITS MONTUIRI SA |
A07258106 |
ITC2021_1/015 |
No cumplir el punto 4 del artículo quinto de la convocatoria: "Para poder solicitar las ayudas, la inversión auxiliable debe tener un importe mínimo de 8.000,00 euros." Inversión solicitada en el plazo de la convocatoria: 3.713,27€. La ampliación de inversión presentada el 09/09/2021 (registro GOIBE407728/2021) no es admisible ya que está fuera de plazo (Artículo sexto de la convocatoria «plazo de solicitudes entre el 13/06/2021 y el 15 /07/2021»). |
(Firmado electrónicamente: 1 de junio de 2023)
El secretario general de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación Jorge Sánchez Fernández Por suplencia del director gerente del FOGAIBA (BOIB núm.151, de 7/11/2019)