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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD Y VIVIENDA

Núm. 349711
Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda, a propuesta de la directora general de Vivienda y Arquitectura, por la cual se aprueba la cuarta concesión parcial de las ayudas para el alquiler de viviendas durante el año 2021 y se reconoce la obligación a favor de 205 beneficiarios de la ayuda destinada a subvencionar el alquiler, en conformidad con la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 (BOIB 134 de 30 de septiembre de 2021), por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del RD 106/2018, de 9 de marzo, por el cual se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021

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Texto

A fecha 19 de mayo de 2023, la directora general de Vivienda y Arquitectura ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. El día 30 de septiembre de 2021 se publicó en el BOIB n.º 134 la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el cual se regula el Plan Estado de Vivienda 2018-2021, por un importe de 8.928.000,00 €, con cargo a fondo estatales, a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00 (FF 18030), y de 100.000,00 €, con cargo a fondo autonómicos, para los importes de alquiler que superan el máximo indicado por isla y municipio en el punto tercero de las bases y hasta 900 €, con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00.

2. El día 04 de mayo de 2023 se publicó en el BOIB n.º 57 la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda por la cual se aprueba una ampliación del crédito presupuestario consignado en la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021, por un importe de 3.000.000,00 € con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00 del presupuesto del año 2023.

3. De acuerdo con el artículo ocho de la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021, a todos los efectos, incluso en el caso de las familias numerosas, la cuantía de la ayuda es del 40% de la renta máxima mensual, si esta es igual o inferior a 900 €. En todo caso, la cuantía de la ayuda no puede superar el límite máximo por vivienda de 3.000,00 €.

En el caso de jóvenes de menos de 35 años o de personas mayores de 65 años, la cuantía de la ayuda es del 50% en el tramo comprendido entre 1 y 600 € mensuales de la renta máxima mensual y, si procede, es del 30% en el tramo comprendido entre 601 y 900 € mensuales de esta renta. En todo caso, la cuantía de la ayuda no puede superar el límite máximo por vivienda de 3.000 € anuales.

4. De conformidad con el que establece el artículo dieciocho de la Orden y la Resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de 9 de noviembre de 2021 (BOIB n.º 156 de 11 de noviembre de 2021) por la cual se amplía el plazo para presentar las solicitudes correspondientes a la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el cual se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, el plazo de presentación de solicitudes era desde el día 1 de octubre de 2021 y hasta el día 30 de noviembre de 2021, ambos incluidos. En esta convocatoria se han presentado 9.384 solicitudes de ayudas para el alquiler correspondientes a 2021.

5. Las personas interesadas que se recogen en el anexo presentaron la solicitud para la concesión de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas dentro del plazo legal establecido.

6. De conformidad con el que establece el artículo 22 de la Orden, una vez transcurrido el plazo para presentar las solicitudes, enmendados los defectos y efectuadas las comprobaciones que se consideren necesarias, los servicios competentes de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, o del órgano colaborador, si procede, tienen que valorar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios y el procedimiento establecido, y se pueden emitir informes parciales sobre bloques de expedientes a medida que se obtenga información y se complete la tramitación de estos. Este informes de los servicios competentes tienen que servir de base para elaborar la propuesta de resolución que tiene que formular el órgano instructor competente.

7. Mediante resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de fecha 24 de mayo de 2022 se aprobó la concesión del primer pago de ayudas para el alquiler de viviendas 2021 y se reconoció la obligación a favor de 1530 beneficiarios por importe total de 3.120.229,60 € con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00 (FF 18030).

8. Mediante resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de fecha 27 de julio de 2022 se aprobó la concesión del segundo pago de ayudas para el alquiler de viviendas 2021 y se reconoció la obligación a favor de 1811 beneficiarios por importe total de 3.469.911,29 € con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00 (FF 18030).

9. Mediante resolución del consejero de Movilidad y Vivienda de fecha 28 de septiembre de 2022 se aprobó la concesión del tercer pago de ayudas para el alquiler de viviendas 2021 y se reconoció la obligación a favor de 1172 beneficiarios por importe total de 2.098.670,60 € con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00 (FF 18030).

10. De conformidad con lo que se establece en la convocatoria, los servicios competentes de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura han emitido un informe parcial de un cuarto grupo de expedientes cuyos solicitantes cumplen con todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria para la ayuda de alquiler 2021.

11. El interventor general de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, con fecha 27 de abril de 2021, ha autorizado para este expediente la utilización del sistema de pago a un número significativo de perceptores de orden de pago 3 en la tramitación de los pagos derivados de la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo por el cual se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

12. El abono de la subvención a los beneficiarios se ha justificado, en conformidad con el artículo 14 de la Orden, con la presentación de los justificantes del abono de los recibos de alquiler hechos por transferencia, domiciliación o ingreso, todos ellos a través de una entidad financiera o de crédito a partir del 1 de enero de 2021 y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2021.

Fundamentos de derecho

1. La Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el cual se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 (BOIB n.º 134, de 30 de septiembre de 2021).

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003).

3. El Decreto Legislativo 2/2005, 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones (BOE n.º 176, de 25 de julio de 2006).

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril de 2003).

7. La Ley 11/2022, de 28 de diciembre de 2022, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2023 (BOIB n.º 171, de 31 de diciembre de 2022).

8. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 8, de 15 de enero de 2015).

9. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

10. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB n.º 15, de 2 de febrero de 2019).

11. El Decreto 8/2021, de 13 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que incluye la Consellería de Movilidad y Vivienda (BOIB n.º 20, de 14 de febrero de 2021).

12. El artículo 2.11.b) del Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, que establece que la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, que depende de la Consellería de Movilidad y Vivienda, ejerce sus competencias, entre otros, en el ámbito material de fomento, coordinación y gestión de las ayudas públicas en materia de vivienda (BOIB n.º 21, de 15 de febrero de 2021).

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Movilidad y Vivienda que dicte la resolución en los siguientes términos:

1. Conceder las ayudas para el alquiler de viviendas de 2021 a los beneficiarios que se indican en el anexo de esta Resolución, que empieza con DNI 02656495H, expediente PAV-06205/2021_1 ayuda total 650 €, y acaba con NIE Y8378519R, expediente PAV-01703/2021, ayuda total 684 €, para cumplir los requisitos exigidos en la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el cual se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

2. Autorizar y disponer un gasto, a favor de los beneficiarios y por los importes que figuran en la relación establecida en el anexo, por un importe total de 365.923,47 €, con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00, en concepto de ayudas para el alquiler de viviendas 2021, de acuerdo con el que dispone la Orden del consejero de Movilidad y Vivienda de 29 de septiembre de 2021 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas del año 2021 para el alquiler de viviendas, en el marco del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo , por el cual se regula el Plan Estatal de Vivienda 20218-2021.

3. Reconocer la obligación y proponer a la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el pago de las subvenciones a favor de los beneficiarios señalados en el anexo por un importe total de 365.923,47 €, con cargo a la partida presupuestaria 25501 431B01 48000 00. El pago se tiene que hacer por el sistema de orden de pago 3.

4. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente:

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar la resolución en los siguientes términos

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Movilidad y Vivienda, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, (firmado electrónicamente: 23 de mayo de 2023)

El secretario general Francesc Ramis Oliver Por delegación del consejero de Movilidad y Vivienda (BOIB núm. 24, de 18 de febrer de 2021)

 

ANEXO

DNI/NIE SOLICITANTE

EXPEDIENTE

IMPORTE

02656495H

PAV-06205/2021_1

650,00 €

02716009P

PAV-08278/2021

3.000,00 €

04302686F

PAV-09322/2021_2

766,81 €

04305075G

PAV-04760/2021

2.304,00 €

04307453J

PAV-09400/2021

2.860,00 €

08820069Y

PAV-06187/2021_2

1.200,00 €

08873720K

PAV-06187/2021_1

1.200,00 €

08899116W

PAV-06880/2021_1

1.500,00 €

10898724J

PAV-09501/2021_1

2.640,00 €

12408342A

PAV-04627/2021

2.640,00 €

13937795W

PAV-07720/2021

1.964,00 €

15410609B

PAV-01849/2021_1

1.500,00 €

18225528Y

PAV-00614/2021

1.600,00 €

20841979T

PAV-05713/2021_2

1.500,00 €

21955761F

PAV-02263/2021_1

1.410,00 €

25925971A

PAV-09622/2021

1.800,00 €

28374458W

PAV-05733/2021

900,00 €

32073970X

PAV-04390/2021_2

1.500,00 €

32088713X

PAV-04390/2021

1.500,00 €

34067145M

PAV-09286/2021

1.993,20 €

34323720S

PAC-00073/2021

1.040,00 €

34285759G

PAC-00073/2021_2

1.040,00 €

35107469Q

PAV-08254/2021

1.760,00 €

37342509P

PAV-02598/2021_2

1.500,00 €

37719948V

PAV-00520/2021_2

914,43 €

38866658Q

PAV-02954/2021

3.000,00 €

39034013T

PAV-02052/2021_1

1.428,00 €

41307374H

PAV-05165/2021

3.000,00 €

41326335G

PAV-09603/2021_1

900,00 €

41327001A

PAV-09603/2021_2

900,00 €

41335177Z

PAV-09169/2021

2.000,00 €

41344852Y

PAV-06182/2021

3.000,00 €

41402952P

PAV-02263/2021_2

1.410,00 €

41485902C

PAV-03492/2021

2.700,00 €

41491196R

PAV-05933/2021_1

2.100,00 €

41507888H

PAV-07194/2021

2.820,00 €

41509244V

PAV-08109/2021

2.160,00 €

41510449A

PAV-05713/2021_1

1.500,00 €

41512674C

PAV-00529/2021

2.250,00 €

41519120A

PAV-05866/2021

3.000,00 €

41613141T

PAV-03524/2021_1

1.200,00 €

41617355M

PAV-01463/2021_1

2.000,00 €

41663237W

PAV-01686/2021_1

1.300,00 €

41694912Y

PAV-04520/2021_1

446,85 €

41695032B

PAV-02239/2021

3.000,00 €

41697462A

PAV-09536/2021

2.476,00 €

41697690R

PAV-09580/2021

3.000,00 €

41736206S

PAV-08576/2021_1

1.760,00 €

41745928P

PAV-07015/2021

3.000,00 €

41746256Z

PAV-09287/2021

2.090,00 €

41755576L

PAV-08277/2021

200,00 €

42313074C

PAV-07676/2021_1

2.400,00 €

42390509Z

PAV-05324/2021

3.000,00 €

42404483G

PAV-04166/2021_1

1.108,24 €

42961472W

PAV-01554/2021_1

1.512,00 €

42973397J

PAV-04381/2021

3.000,00 €

42978407D

PAV-02052/2021_2

1.428,00 €

43015123V

PAV-00081/2021

3.000,00 €

43023422J

PAV-00078/2021

859,20 €

43038457Y

PAV-00095/2021

409,00 €

43039657X

PAV-09530/2021_1

1.200,00 €

43039829K

PAV-02059/2021_1

2.640,00 €

43055204D

PAV-08297/2021

1.500,00 €

43063799W

PAV-09553/2021_1

2.300,00 €

43098599A

PAV-09544/2021_1

1.600,00 €

43103169L

PAV-09630/2021

3.000,00 €

43113264V

PAV-07918/2021

1.414,80 €

43118877H

PAV-04697/2021

3.000,00 €

43120851Z

PAV-09467/2021_1

1.800,00 €

43126552B

PAV-01873/2021

2.880,00 €

43131361J

PAV-09354/2021_1

1.540,00 €

43134927Z

PAV-02982/2021_2

561,60 €

43142682H

PAV-02982/2021_1

561,60 €

43153679K

PAV-05982/2021

2.640,00 €

43157954H

PAV-02307/2021

1.920,00 €

43166397C

PAV-09541/2021

3.000,00 €

43167304F

PAV-02982/2021_3

561,60 €

43171781E

PAV-09396/2021

640,00 €

43174482D

PAV-09348/2021_1

1.700,00 €

43175590J

PAV-09309/2021

3.000,00 €

43176587K

PAV-02598/2021_1

1.500,00 €

43179196P

PAV-08670/2021

3.000,00 €

43180789Z

PAV-01128/2021_1

156,00 €

43197976C

PAV-06880/2021_2

1.500,00 €

43198642L

PAV-06635/2021_1

1.320,00 €

43201491Q

PAV-01971/2021_2

1.500,00 €

43218493K

PAV-07575/2021_2

1.375,00 €

43218494E

PAV-07575/2021_1

1.375,00 €

43218825P

PAV-07426/2021

2.750,00 €

43228433W

PAV-04769/2021_1

945,00 €

43231644Q

PAV-01971/2021_1

1.500,00 €

43463227N

PAV-08808/2021

2.880,00 €

43464363K

PAV-04769/2021_2

945,00 €

43465189L

PAV-07673/2021

3.000,00 €

43563487S

PAV-07630/2021_1

1.500,00 €

44050718Z

PAV-02783/2021_2

2.400,00 €

44328638W

PAV-07694/2021

2.400,00 €

45185362E

PAV-09305/2021_1

1.500,00 €

45188909G

PAV-01128/2021_2

156,00 €

45191626F

PAV-01904/2021

1.287,66 €

45192222M

PAV-09643/2021

1.900,00 €

45370626K

PAV-04132/2021

2.880,00 €

45609906D

PAV-09305/2021_2

1.500,00 €

45612711P

PAV-07930/2021_1

1.320,00 €

45694432X

PAV-03156/2021

2.640,00 €

45698306C

PAV-02045/2021_1

1.200,00 €

45790435B

PAV-00887/2021

3.000,00 €

45963104L

PAC-00081/2021

585,00 €

46006833W

PAV-00520/2021_1

914,43 €

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Total importe

365.923,47 €

Total beneficiarios

205