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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 348140
Bases tercer premio de poesía para jóvenes Gumersind Gomila 2023

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BNDS: 696443 https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index

Por resolución de Decreto de Alcaldía núm. 2023/DA/0002007, de fecha 19 de mayo de 2023, se han aprobado las bases y se abre la convocatoria de subvenciones del concurso de poesía Tercer Premio de Poesía para Jóvenes Gumersind Gomila 2023, dirigido a jóvenes de entre 18 y 35 años.

El plazo de admisión de las obras será a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases y hasta el 18 de agosto de 2023.

Conforme a lo previsto en los artículos 18 y 20.8. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Publicidad de las bases reguladoras

Las bases reguladoras estarán disponibles, durante el periodo de vigencia de la promoción, en la página web.

http://www.ajmao.org

Beneficiarios

Podrán participar todos los jóvenes de entre 18 y 35 años, que lo deseen sin distinción de nacionalidad o lugar de residencia.

Bases reguladoras

Las bases reguladoras están publicadas en la página web del Ayuntamiento de Maó.

Cantidad y dotación del premio

El importe total será de 2.500€ con cargo a la aplicación presupuestaria E01 3370 4840311 del presupuesto del ejercicio 2023.

Se publicará la obra ganadora en la editorial Adia Edicions.

Requisitos para poder participar en el Premio

Pueden participar en este concurso todas las personas físicas de entre 18 y 35 años.

No pueden optar al premio las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones que establecen el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 10 de la Ordenanza general municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Maó (BOIB n.º 12 de 25 de enero de 2018).

No puede optar al premio la persona ganadora del Premio de Poesía para Jóvenes Gumersind Gomila en su edición anterior.

Requisitos de las obras que se presenten al Premio

Las obras que se presenten al certamen deberán ser originales e inéditas.

Deben estar escritas en lengua catalana. El tema será libre. Cada participante solo podrá presentar una obra.

La extensión de la obra será similar a la de un libro convencional de poesía: tendrán un mínimo de 300 versos (o de líneas, en caso de que se trate de poemas en prosa).

La obra presentada no podrá concurrir a ningún otro premio literario mientras no se haga público el veredicto del jurado.

La institución convocante no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente con los mismos. En cualquier caso, no se admitirán a concurso obras que hagan apología de la vulneración de los derechos humanos.

Forma de presentación

El plazo de admisión de las obras será a partir del día siguiente a la publicación de las presentes bases y hasta el 18 de agosto de 2023.

El lugar de presentación es el siguiente:

Área de Juventud (edificio Principal de Guardia)

Pl. de la Constitución, 12-13

07701 MAÓ

Se admitirán a concurso todos los originales que lleguen por correo, siempre que su fecha de expedición no sea posterior al 18 de agosto de 2023. Una vez presentado el original, el autor/a no lo podrá retirar para hacer correcciones, ni para ampliar su texto, así como tampoco podrá renunciar al premio. 

Los originales se presentarán debidamente encuadernados y por triplicado, en hojas de medida DIN A4, mecanografiados con un interlineado de 1,5, por una cara o por doble cara, con letra tipo Times (o similar), de cuerpo 12, perfectamente legible. También incluirán una copia en soporte informático, en formato PDF.

En la portada debe consignarse el título de la obra y el pseudónimo del autor/a. Aparte, y con el mismo pseudónimo, se presentará un sobre cerrado que contenga las referencias personales.

La presentación de las obras con pseudónimo es obligatoria.

Jurado

El jurado estará formado por tres personas ligadas al mundo literario.

Actuará como secretario/a del jurado, con voz pero sin voto, un técnico/a del Servicio de Política Lingüística o del Departamento de Juventud del Ayuntamiento de Maó.

El premio no se podrá dividir, pero el jurado lo podrá declarar desierto, si lo considera conveniente.

El jurado podrá resolver, de manera inapelable, todas aquellas cuestiones no estipuladas en estas bases; su veredicto también será inapelable.

Criterios que se tendrán en cuenta para la concesión del Premio

El jurado, conforme a los principios de transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad, valorará las obras conforme a los criterios siguientes:

  • Creatividad
  • Originalidad
  • Calidad
  • Tratamiento técnico

El jurado seguirá el procedimiento de votaciones sucesivas hasta obtener una mayoría de votos a favor de una obra determinada, que será la ganadora.

Devolución de las obras

Los trabajos no premiados no se volverán; el Ayuntamiento procederá a eliminarlos.

Órgano competente para la resolución del procedimiento

El órgano competente para la resolución del procedimiento es el alcalde/esa o el/la concejal/a competente.

Las resoluciones por las cuales se aprueban las bases y las convocatorias, y se conceden o deniegan los premios, agotan la vía administrativa.

El Ayuntamiento deberá resolver sobre las obras participantes en el III Premio de Poesía para Jóvenes Gumersind Gomila y deberá notificar a las personas interesadas sobre la concesión del premio en un plazo de diez días hábiles, después de que el jurado se haya constituido y formulado el veredicto.

Plazo de resolución y publicación

Se establece un plazo de un mes, a partir de la finalización del plazo de presentación de obras, para resolver la convocatoria y publicar los resultados de la misma.

La decisión del jurado se dará a conocer en un acto público que tendrá lugar durante el mes de septiembre de 2023.

La persona premiada se compromete a asistir a la presentación o presentaciones del libro que se puedan programar oportunamente.

Pago del premio

Los premios que sean en metálico se abonarán mediante transferencia bancaria, en el plazo de dos meses, a partir de la resolución de la convocatoria.

Las personas premiadas disponen de 15 días hábiles, a partir de la resolución de la convocatoria, para presentar el documento de alta de acreedor/a, donde constan los datos bancarios de la cuenta corriente a la cual quieren que se les haga efectivo el pago (a través de Carpeta Ciudadana).

Si, en este plazo, no han facilitado la cuenta corriente, se entenderá que desisten de ello.

En aquellos casos que sea de aplicación, el Ayuntamiento retendrá la parte correspondiente del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Medio de publicación de las resoluciones

Las resoluciones que resuelvan la concesión de premios de esta convocatoria o de otra naturaleza serán publicadas en el tablón de edictos electrónico del Ayuntamiento de Maó, en aplicación del artículo 45.1.a de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al tratarse de un acto que tiene por destinataria una pluralidad indeterminada de personas; sin perjuicio de su publicación en la BDNS, que marca la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Normativa general aplicable

En todo lo no previsto expresamente en estas bases rigen las disposiciones que sean aplicables en el Ayuntamiento de Maó en materia de subvenciones, especialmente las contenidas en las normas siguientes:

  • Ley 7/85 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL).
  • RD Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el cual se aprueba el Texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local (TRRL).
  • Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears (LMRL).
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el cual se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y otras ayudas públicas.
  • Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Maó, publicada en el BOIB n.º 101 de 20 de julio de 2013, con la modificación publicada en el BOIB de 25 de enero de 2018.

 

Maó, 25 de mayo de 2023

El alcalde Héctor Pons Riudavtes