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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

AGENCIA DE ESTRATEGIA TURÍSTICA DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 347136
Resolución del presidente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears de 25 de mayo de 2023, por la que se publican las bases de la convocatoria para la concesión de los Galardones "Premios del Turismo de las Illes Balears" para el año 2023

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Texto

El turismo se configura como la actividad que mayor repercusión en términos de renta, ocupación y actividad, genera en las Islas Baleares y constituye, sin duda, el principal recurso de las Islas.

La crisis sanitaria de la Covid-19 ha marcado los tiempos de los últimos tres años, donde las medidas sanitarias y de control de la pandemia se han adaptado a la gravedad de la situación en cada momento. Ahora, una vez reactivada la economía y la conectividad, debemos volver a la estrategia de la desestacionalización, de alargamiento de la temporada y de la sostenibilidad económica, social y medioambiental de nuestro destino.

Baleares ha hecho del diálogo y de la estabilidad política, elementos fundamentales para consensuar un plan de modernización y diversificación, y fortalecer el sistema del bienestar que garantiza la igualdad de oportunidades e impulsa la transformación social y económica. Así se están abordando desde el Govern de les Illes Balears actuaciones complementarias a las ya llevadas a cabo, para intentar estimular el turismo internacional y aportar atractivo y diferenciación a nuestra oferta, haciendo de las Islas Baleares un destino sostenible, resiliente, seguro y circular.

Nos encontramos ante el reto de mejorar el modelo económico y turístico, teniendo como objetivo la circularidad, la sostenibilidad medioambiental, pero también económica y social, una oportunidad de mejora en línea con los Objetivos de desarrollo sostenible de la agenda 2030.

El artículo 68 de la Ley 8/2012 de 19 de julio, de Turismo de las Islas Baleares, y la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Islas Baleares, contemplan la posibilidad de abrir ventanas de oportunidad nuevas al compás que marca el tránsito propuesto por el nuevo paradigma de economía circular y de mejorar la competitividad a través del desarrollo del turismo sostenible que atiende principalmente a la preservación y conservación de los recursos turísticos, procura un correcto y proporcionado aprovechamiento de los mismos, garantiza la perdurabilidad, conservación y mantenimiento del legado natural, cultural, artístico y social de las Illes Balears a la vez que contribuye de forma equitativa al crecimiento económico y al bienestar general.

En este marco, con el objetivo de difundir, reconocer e incentivar las buenas prácticas del sector en materia de innovación turística y circularidad, de responsabilidad social, de empleo turístico, de igualdad de oportunidades o de género, de incentivación de la creación de nuevas experiencias y en reconocimiento de quienes desarrollan una labor destacada, un esfuerzo y una dedicación en favor del turismo en la comunidad autónoma de las Illes Balears, se considera adecuado y favorable el reconocimiento institucional de iniciativas, propuestas y actuaciones vinculadas a todo lo anterior, dado que contribuyen a reforzar la calidad, la competitividad, el emprendimiento y la capacidad de atracción de las Islas Baleares como destino turístico, y a promover las Islas Baleares tanto a escala nacional como internacional.

Los premios del turismo de las Islas Baleares son unas distinciones que tienen por finalidad reconocer las actuaciones, en diversas vertientes, de personas, empresas e instituciones, tanto públicas como privadas, en favor del turismo y servir de instrumento para estimular comportamientos profesionales e iniciativas que contribuyan a mejorar la imagen turística de las Islas Baleares y de sus servicios turísticos.

El Govern de les Illes Balears, a través de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, tiene interés en que esta iniciativa de concesión de los galardones Premios de Turismo de las Islas Baleares, se celebre en el mes de septiembre con motivo de la próxima celebración del Día Mundial del Turismo.

Los galardones, meramente honoríficos, pretenden reconocer en cada categoría, el esfuerzo y la dedicación de personas, empresas e instituciones tanto públicas como privadas en favor del turismo.

El 25 de mayo de 2023, el consejo de direcció de la AETIB ha aprovado estas bases para la convocatoria  pública de concesión de los galardones "PREMIOS DEL TURISMO DE LES ILLES BALEARS 2023", que se anexan a esta Resolución

 

RESUELVO

Primer.- Ordenar la publicación de las bases de la convocatoria pública del otorgamiento de los "PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS 2023", anexas a esta Resolución.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de mayo de 2023)

El presidente de la AETIB Rubén Castro Ortega (Por Resolución del Presidente de la AETIB de 1 de diciembre de 2022, de delegación de firma de gestión ordinaria)

 

 

ANEXO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE LOS GALARDONES “PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS” PARA EL AÑO 2023

Con motivo de la celebración del Día Mundial del Turismo, la Consejería de Modelo Económico Turismo y Trabajo, a través de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares organizará la sexta edición de los galardones "PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS 2023".

1. Objeto y finalidad

1.1. El objeto de estas bases es hacer pública la convocatoria y regular el otorgamiento de los galardones "Premios del Turismo de las Islas Baleares" para el año 2023.

1.2. La finalidad de los galardones "Premios del Turismo de las Islas Baleares" es reconocer el esfuerzo y la dedicación de personas, empresas e instituciones tanto públicas como privadas a favor del turismo, y servir de instrumento para estimular comportamientos profesionales e iniciativas que laboren en mejorar la imagen turística de las Islas Baleares y de sus servicios turísticos.

2. Solicitudes y plazo de presentación

2.1. El plazo de presentación de candidaturas comienza a contar a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y finaliza el 7 de julio de 2023, incluido.

2.2. Las solicitudes deben presentarse en los lugares y por los medios que especifica la base 6 de esta convocatoria.

3. Categorías de los galardones

3.1. Se establecen las siguientes categorías de galardones:

- Galardón "a la innovación turística y la circularidad.

- Galardón "a la mejor iniciativa de responsabilidad social”.

- Galardón "a las buenas prácticas en materia de empleo turístico, igualdad de oportunidades o de género”.

- Galardón "al trabajador o trabajadora del sector turístico 2023”.

- Galardón “al trabajo, al esfuerzo y a la dedicación profesional en turismo".

- Galardón "a la experiencia turística".

- Galardón “al embajador o embajadora de Baleares".

3.2. Los galardones que se entregarán consistirán en una única tipología: PREMIOS DEL TURISMO DE LAS ILLES BALEARS.

3.3. Los galardones a los que se refieren estas bases son a título exclusivamente honorífico y no comportan ninguna dotación económica.

4. Candidatos/as.

Pueden ser candidatos/as las administraciones públicas, los órganos y entes públicos, las asociaciones y las organizaciones representativas de intereses económicos, medio ambientales o sociales, y las personas físicas y jurídicas, a título individual o colectivo, que hayan contribuido al desarrollo turístico de las Islas Baleares de acuerdo con los requisitos y los criterios que establece la base 5.2 de esta convocatoria.

En relación con la Administración de la CAIB puede presentar candidatura cualquier consejería, así como los entes que integran el sector público instrumental de la CAIB, incluida la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears que, en aplicación del artículo 8 del Decreto podrá presentar candidatura/s a favor de quien estime pertinente, siempre que en la misma concurran las condiciones necesarias para su posible participación.

Los proyectos incompletos o en proceso de desarrollo no serán considerados.

5. Requisitos de los candidatos/as y criterios de valoración para la concesión de los galardones

5.1. Requisitos de los candidatos/as.

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y el Gobierno de las Illes Balears y las obligaciones ante la Seguridad Social. Este cumplimiento deberá mantenerse a lo largo de todo el procedimiento: en el momento de presentación de la solicitud, y previamente a la resolución de otorgamiento.

b) No haber sido sancionado/a con sanción firme en materia turística por parte de ningún organismo público estatal, autonómico, insular o local por infracción grave alguna, en el plazo de los cinco años anteriores a la presentación de la candidatura, o muy grave en el plazo de diez años anteriores a la presentación de la candidatura.

c) No haber sido sancionado/a con sanción firme en materia de inspección de trabajo o de salud laboral por parte de ningún organismo público estatal, autonómico, insular o local por infracción grave, en el plazo de los cinco años anteriores a la presentación de la candidatura, o muy grave en el plazo de diez años anteriores a la presentación de la candidatura.

d) La persona galardonada no debe haber sido condenada por sentencia firme por ningún hecho delictivo.

El cumplimiento de estos requisitos se acreditará en el formulario de solicitud, mediante las declaraciones responsables.

Ello faculta a la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears a realizar, en cualquier momento, de forma telemática o por otros medios, las comprobaciones necesarias para verificar el cumplimiento de las declaraciones responsables.

La inexactitud o falsedad en las declaraciones responsables será causa de exclusión de la solicitud, así como causa de revocación, sin perjuicio de las responsabilidades de cualquier tipo en que se haya podido incurrir.

5.2. Criterios de valoración

Se establecen los siguientes criterios de valoración para cada categoría de galardón, de acuerdo con los puntos que se detallan a continuación.

5.2.1.1. Para el otorgamiento del galardón “a la innovación turística y la circularidad”, se valorará lo siguiente:

Se reconocerán las prácticas, productos o proyectos de los que se desprenda una innovación conceptual o tecnológica que contribuya a la consolidación de un modelo turístico sostenible, así como el reconocimiento a prácticas o actuaciones innovadoras de turismo circular de las Islas Baleares, que fomenten la aplicación de principios de economía circular en el turismo.

5.2.1.2. Para el otorgamiento del galardón "a la mejor iniciativa de responsabilidad social", se valorará lo siguiente:

Se reconocerán las buenas prácticas de responsabilidad social corporativa siguiendo los ODS de Naciones Unidas que cumplan alguna de las tres vertientes de la RSC: social (contribuciones positivas en favor de la sociedad y el progreso de las Islas Baleares), ambiental (contribuciones positivas en favor del medio ambiente o del espacio territorial y de la conservación y preservación del patrimonio natural y cultural de las Islas Baleares) y económica (ética empresarial, generación de empleo, conciliación laboral, etc.) .

5.2.1.3. Para el otorgamiento del galardón "a las Buenas prácticas en materia de empleo turístico, igualdad de oportunidades o de género”, se valorará lo siguiente:

Se reconocerán las iniciativas o actividades empresariales con vocación de mejora de la empleabilidad en el sector turístico, que favorezcan y promuevan un escenario laboral de calidad, igualitario, de igualdad de oportunidades o de género, cualificado y con una mayor tasa de empleo estable.

5.2.1.4. Para el otorgamiento del galardón "al trabajador o trabajadora del sector turístico 2023" se valorará lo siguiente:

Se reconocerán aquellas personas que hayan desarrollado una destacada actividad profesional destacada en el turismo a lo largo del año 2023 vinculada con los Objetivos de Desarrollo sostenible de Naciones Unidas, por la que pueda ser nombrada “trabajador/a del año”. Las tareas desarrolladas objeto de esta mención tendrán que ser a favor del cumplimiento de alguno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, que persiguen la igualdad entre las personas, proteger el planeta y asegurar la prosperidad como parte de una nueva agenda de desarrollo sostenible.

5.2.1.5. Para el otorgamiento del galardón “al trabajo, al esfuerzo y a la dedicación profesional en turismo" se valorará lo siguiente:

Se reconocerá la labor de personas físicas o colectivos laborales que, con su trayectoria, ejemplaridad profesional y esfuerzo han contribuido de forma significativa a mejorar el turismo de las Islas Baleares, sus servicios, la calidad, la oferta, la imagen o la reputación de destino.

5.2.1.6. Para el otorgamiento del galardón "a la experiencia turística", se valorará lo siguiente:

Se reconocerán aquellas personas y/o a aquellas actuaciones innovadoras, que proporcionen mejores experiencias a los turistas, propuestas singulares (eventos, programas, actuaciones, productos turísticos, experiencias, etc..) oferta diferencial, que fomenten la excelencia o supongan una mejora y un avance para el turismo de las Islas Baleares mediante conexiones significativas con la población local o con los recursos del territorio (naturales, culturales, gastronómicos, etc.) bajo criterios de calidad y sostenibilidad, así como actuaciones concretas destinadas a fomentar la calidad de los productos y experiencias turísticas que se ofrecen a los visitantes de las Illes Balears.

5.2.1.7. Para el otorgamiento del galardón “al embajador o embajadora de Baleares” se valorará los siguiente:

Se reconocerá la labor de aquellas personalidades que, por su especial arraigo e identificación con Baleares, hayan contribuido con sus manifestaciones y actuaciones a la difusión de los valores turísticos de las Islas Baleares.

Se entiende como "embajador/a de un destino turístico" aquella persona física que con su trayectoria tanto profesional como personal, contribuye a reforzar la marca turística del destino Illes Balears, generando un fuerte vínculo entre sus seguidores y las Islas Baleares, y que suponen una influencia positiva en la promoción de nuestro destino.

6. Presentación de candidaturas y documentación

6.1. Las solicitudes deberán presentarse según el modelo normalizado que figura como anexo de estas Bases. Las candidaturas que no presenten este modelo de solicitud serán excluidas.

6.2. Las candidaturas deben presentarse exclusivamente de forma telemática, a través del trámite específico que se pone a disposición de los interesados en la página web de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares y en la Sede Electrónica del Gobierno de las Islas Baleares. No se consideran válidas las solicitudes telemáticas a través de otro medio electrónico que no sea el trámite específico mencionado.

6.3. Es obligatorio hacer un único registro por solicitud. En caso de más de un registro por solicitud, tan solo se aceptará el primer registro realizado. Hay que tener en cuenta que existe un límite que no debe superar los 10MB y/o 10 archivos.

6.4. Paralelamente al registro telemático, deberá enviarse al correo electrónico premisdelturisme@aetib.caib.es copia de toda la documentación presentada, tanto los adjuntos como la solicitud en la que conste el registro de entrada (que justifique la fecha de envío de la solicitud dentro del plazo establecido).

6.5. Con la solicitud debe adjuntarse una biografía o una memoria explicativa (de un máximo de 10 páginas) donde se haga constar claramente a qué categoría se opta, y dónde consten, razonadamente y suficientemente, los méritos por los que se considera merecedor o merecedora de la distinción.

6.6. Si la candidatura se propusiera a título póstumo, se hará constar esta circunstancia.

6.7. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en este artículo se requerirá a la persona solicitante para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane el defecto o adjunte los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, previa resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

6.8. El incumplimiento de los requisitos no subsanables y del plazo de presentación de las solicitudes comporta la inadmisibilidad de la solicitud.

7. Procedimiento de concesión

7.1. Una vez finalizado el plazo de presentación y revisión de las candidaturas se convocará al Jurado, que evaluará las candidaturas presentadas de acuerdo con los criterios de valoración de la base 5.2 y elaborará la propuesta de concesión con las candidaturas que obtengan mejor puntuación en cada categoría.

Esta propuesta de concesión se debe elevar, por medio de la presidencia, al Consejo de Gobierno, el cual debe adoptar el acuerdo de concesión de distinciones correspondiente. El Jurado se reserva el derecho de declarar desierta cualquier categoría.

7.2. El jurado, en sus actuaciones, se regirá por lo dispuesto en la sección 3ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y por lo establecido en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la CAIB.

7.3. Para la válida constitución del Jurado, será necesaria la asistencia al menos de las dos terceras partes de sus miembros. El Jurado debe ser convocado con una antelación mínima de cinco días.

7.4. Para la adopción de los acuerdos será necesario el voto favorable de la mayoría de los asistentes. En caso de empate, el voto de la persona titular de la presidencia del Jurado, o de la persona en quien delegue, tendrá carácter cualificado.

7.5. Si se dan las circunstancias excepcionales que así lo justifiquen, el presidente de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears, o la persona en quien haya delegado sus funciones, puede proponer directamente a la persona, el órgano, la administración, el ente o la entidad que deba galardonarse, propuesta que debe ser sometida a deliberación del jurado. En este caso, la propuesta debe ser motivada y debe ir acompañada del informe en el que se expongan los méritos y las circunstancias concurrentes.

7.6. Finalizado este proceso, el Jurado resolverá antes del 9 de septiembre la concesión de los Premios o los declarará desiertos, según considere.

​​​​​​​8. El jurado

8.1. Para la concesión de los galardones a los que se refieren estas bases se constituirá un jurado compuesto por los siguientes miembros:

- Presidente: Consejero competente en materia de turismo que puede delegar en la Dirección de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares.

- Vocales (persona titular de las siguientes entidades):

- Seis representantes de los miembros del Consejo de Dirección de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears:

  • Dirección general de Turismo del GOIB
  • Consell Insular de Mallorca
  • Consell Insular de Menorca
  • Consell Insular d'Eivissa
  • Consell Insular de Formentera
  • Ayuntamiento de Palma

- Decanato de la Facultad de Turismo de la Universidad de las Islas Baleares.

- Dirección de la Escuela de Hostelería de las Islas Baleares.

- Presidencia del Fomento del Turismo de Mallorca.

- Presidencia de la FELIB.

- Secretaría General de CCOO.

- Secretaría General de UGT.

- Presidencia de la CAEB.

- Presidencia de la Cámara de Comercio de Mallorca.

- Presidencia de la Cámara de Comercio de Menorca.

- Presidencia de la Cámara de Comercio de Ibiza y Formentera.

- Presidencia de PYME Islas Baleares.

- Federación Empresarial Hotelera de Mallorca (FEHM)

- Federación Empresarial Hotelera de Ibiza y Formentera (FEHIF)

- Asociación Hotelera de Menorca (ASHOME)

- Asociación Empresarial de Agencias de Viajes de Baleares (AVIBA)

Ejercerá la secretaría, la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, la cual podrá delegar en un alto cargo o en un técnico/a de la AETIB, nombrado por la presidencia del jurado.

En caso que existan candidaturas referentes a igualdad de género, asesorará al Jurado en materia de igualdad, con voz, pero sin voto, la Dirección del IB Dona.

8.2. Las personas miembros del jurado podrán delegar por escrito su presencia y voto en otra persona del jurado. En cualquier caso, esta delegación deberá ser explícita, haciendo constar la designación de las candidaturas a las que se emite el voto para cada una de las categorías.

8.3. Todos los miembros del jurado tendrán voz y voto. Ningún miembro del jurado podrá acumular más de tres votos delegados.

8.4. La actividad de los miembros del Jurado no será retribuida. La AETIB asumirá los costes de los desplazamientos a petición de los jurados participantes de otras islas.

9. Otorgamiento

9.1. El Consejo de Gobierno a propuesta del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo o el competente en materia de turismo, adoptará el acuerdo de concesión de distinciones de los Galardones del Turismo, que debe publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, con posterioridad a la celebración de la realización del acto de entrega en la "NIT DEL TURISME 2023". El acuerdo de concesión de distinciones, que debe comunicar el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, o el competente en materia de turismo, se notificará a las personas interesadas o, en su caso, a sus familiares, por cualquier medio admitido en derecho.

9.2. La Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears puede hacer publicidad de las personas, instituciones, corporaciones, asociaciones, empresas, entidades o establecimientos galardonados.

10. El Galardón

Las personas o entidades galardonadas recibirán, en cada una de las categorías a las que hace referencia la base 3 de esta disposición, un galardón.

Además, los ganadores podrán hacer uso en su identidad corporativa y publicidad de la mención galardón “Premio del Turismo de les Illes Balears” unida al año de concesión.

La concesión del premio tendrá carácter permanente.

11. Entrega de los galardones

La entrega de los galardones se realizará en un acto de carácter público institucional, que se celebrará en esta edición en la isla de Ibiza, preferentemente en torno al día 27 de septiembre de 2023, coincidiendo con la celebración del Día Mundial del Turismo.

La organización del acto de entrega y los gastos que se generen se llevarán a cabo de acuerdo con lo que establece el artículo 3.6 del Decreto 22/2017, de 12 de mayo, por el que se regulan los premios de turismo de las Islas Baleares.

12. Protección de datos

De conformidad con lo que establece el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento de protección de datos), los datos de carácter personal que las personas interesadas deben facilitar para concurrir a esta convocatoria se incluyen en el fichero Expedientes administrativos, responsabilidad de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares.

Las personas interesadas pueden ejercer sus derechos mediante escrito dirigido a la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares, C/ Rita Levi, s/n Parc BIT, Palma. Dirección electrónica: lopd@AETIB.caib.es.

Documentos adjuntos